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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (12/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de diciembre de 2009 407736 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 434534-1 Habilitan plazas en el Presupuesto Analítico de Personal - PAP correspondiente al año 2009 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1674/RE-2009 Lima, 9 de diciembre de 2009. VISTOS: La Hoja de Trámite (SGG) Nº 311 del 08 de setiembre de 2009 de la Secretaría General y el Memorándum (DRH) Nº DRH3151/2009 de fecha 13 de octubre de 2009 de la Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, en el literal h) del numeral 8.1 del artículo 8º ha autorizado el nombramiento del personal que a la fecha de su entrada en vigencia, se encontraba en la condición de contratado por servicios personales y ocupaba plaza presupuestal vacante y cumplía los requisitos establecidos en las leyes de carrera correspondientes; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, la Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos procedió a efectuar la evaluación correspondiente teniendo en cuenta los documentos de gestión vigentes y empleando los siguientes criterios: desempeño laboral, méritos individuales, y formación laboral; Que, mediante Memorándum (DRH) Nº DRH3151/2009 de fecha 13 de Octubre de 2009, la Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos informó que nueve de los once servidores que se encontraban en situación de contratados, han califi cado para ser nombrados, toda vez que han obtenido una evaluación favorable; Que, el numeral 2 de la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que “La cobertura de plazas, bajo cualquier forma o modalidad contractual laboral, prevista en el Presupuesto Analítico de Personal – PAP, se autoriza previa opinión favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces y, en su caso de la unidad ejecutora respectiva, que garantice la existencia de los fondos públicos en el Grupo Genérico de gasto vinculado al concepto de personal y obligaciones sociales, para el período que dure el contrato y la relación laboral. (...)” Que, en ese sentido la Dirección General de Administración mediante Memorándum (DGA) Nº DGA2708/2009 del 14 de octubre de 2009, ha informado que existen recursos presupuestales sufi cientes que permiten cubrir el gasto en que se incurriría al nombrar a quienes se encuentran en la condición de contratados por servicios personales bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276; por lo que se cuenta con la respectiva opinión favorable; Que, en consecuencia resulta procedente nombrar a los nueve servidores administrativos que se indican en la presente resolución, bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 276, previa inclusión de las plazas que vienen ocupando en el Presupuesto Analítico de Personal vigente, como plazas de personal permanente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29289, Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y contando con la opinión favorable de la Dirección General de Asuntos Legales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Habilitar en el Presupuesto Analítico de Personal – PAP correspondiente al presente año, las nueve (09) plazas que viene ocupando el personal contratado que se señala en el artículo siguiente de la presente resolución, como plazas de personal permanente. Artículo 2º.- Nombrar en las plazas presupuestadas de personal permanente bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, al personal del Ministerio de Relaciones Exteriores que se detalla a continuación: Nombre del Servidor Administrativo Nivel Remunerativo Cargo ANA YAQUELIN CASTILLO LEIVA Servidor Técnico A Técnico Administrativo I PILAR HAYDEE GARCIA SALAZAR Servidor Técnico D Secretaria I LUISA MILAGROS HUANQUI PIZARRO Servidor Técnico F Técnico Administrativo I MARIBEL DEL ROSARIO LUYO JAVIER Servidor Técnico F Técnico Administrativo I EMILIO MIGUEL CAHUAS FLORES Servidor Técnico F Técnico Administrativo I ROSA MARIA RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ Servidor Técnico F Técnico Administrativo I ISMAEL MARIO MONTES QUISPE Servidor Auxiliar E Trabajador de Servicios I FREDDY ULISES VALDIVIA GAMBOA Servidor Auxiliar E Trabajador de Servicios I ELSA SARAVIA GUZMÁN Servidor Auxiliar E Ofi cinista I Artículo 3º.- Disponer que se notifíquese la presente resolución a los interesados y a las instancias pertinentes para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 434534-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Dan a conocer Agencias Marítimas, Fluviales, Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba a las que se les ha prorrogado u otorgado licencias para ejercer sus actividades RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 432-2009-APN/GG Callao, 04 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 016-2005- MTC de fecha 29 de junio de 2005, establece que conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27943 – Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2004-MTC, que los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 010-99-MTC, con excepción de aquellos relativos a las Agencias Generales, son de competencia de la Autoridad Portuaria Nacional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 010-99-MTC (09/04/1999), se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 707, en el cual se establecen los requisitos y procedimientos que deben cumplir las Agencias, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, para poder obtener sus licencias y/o prórrogas, para ejercer sus actividades en los puertos autorizados; Que, mediante Resolución de Gerencia General publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, se dará a conocer semestralmente, la relación de Agencias y Empresas de Estiba autorizadas a ejercer sus actividades en el periodo 2009, en cada puerto autorizado; Que, en cumplimiento al dispositivo legal antes mencionado, es necesario emitir la Resolución de Gerencia General correspondiente para dar a conocer la relación de las Agencias Marítimas, Agencias Fluviales,