Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2009 (12/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407731

aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, y siempre que se mantenga la vigencia de los requisitos presentados para la obtencion del permiso de pesca. Articulo 3º.- Las operaciones que se autorizan a traves de la presente resolucion estan sujetas a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003PRODUCE, asi como a las normas sobre sanidad y medio ambiente y demas que le MORDAZA aplicables. Articulo 4º.- El inicio de las operaciones de pesca de la embarcacion pesquera a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion Directoral, esta condicionado a llevar a bordo a un observador del Programa de Observadores a Bordo de la Comision Interamericana del Atun Tropical (CIAT), conforme a lo establecido en el numeral 9.1 del Articulo 9º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003PRODUCE. Asimismo, debera condicionarse su inicio de operaciones de la citada embarcacion a la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital ­ SISESAT a bordo de la referida embarcacion, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2006-PRODUCE. Articulo 5º.- El armador propietario de la embarcacion materia del presente procedimiento, debera contratar como parte de la tripulacion de la embarcacion pesquera una cifra no menor al 30% de personal de nacionalidad peruana, sujetandose al cumplimiento de las disposiciones que les fueran aplicables, conforme a la legislacion nacional, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 9.4 del Articulo 9º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE. Articulo 6º.- Terminada la vigencia del permiso de pesca otorgado mediante la presente Resolucion, la empresa pesquera a traves de su representante legal en el MORDAZA, debera entregar mediante declaracion jurada expresa a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, la captura realizada por la embarcacion pesquera por especies y expresadas en toneladas, para fines estadisticos del Ministerio de la Produccion. Articulo 7º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Directoral, sera causal de caducidad del permiso de pesca o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25977.- Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE. Articulo 8º.- La Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, efectuara las acciones correspondientes a efecto de vigilar el cumplimiento del derecho administrativo otorgado a traves de la presente Resolucion Directoral, debiendo informar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, para las acciones a que MORDAZA lugar. Articulo 9º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, impedira que la embarcacion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion Directoral abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vigencia de su permiso de pesca, registrara alguna obligacion pendiente frente al Ministerio de la Produccion, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente Resolucion Directoral. Articulo 10º.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion no exime al recurrente de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponda al Ministerio de Defensa y demas dependencias de la Administracion Publica. Articulo 11º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 433563-9

Declaran caducidad de permiso de pesca otorgada mediante R.D. Nº 05899-PRE/P
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 931-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 20 de noviembre del 2009 Visto la Resolucion de Capitania Nº 031-99 expedido por la Capitania de Puerto MORDAZA de fecha 29 de diciembre de 1999. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, a traves del numeral 18.2 del articulo 18º, establece que vencido el plazo con el que cuenta el armador afectado para solicitar la autorizacion de incremento de flota via sustitucion de embarcacion siniestrada con perdida total, el permiso de pesca caducara de pleno derecho sin que sea necesaria notificacion de parte del Ministerio de Pesqueria actualmente Ministerio de la Produccion; Que, asimismo el articulo 34º del citado Reglamento, senala claramente que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 05899-PRE/P de fecha 14 de junio de 1999, modificada por Resolucion Directoral Nº 065-99-PRE/P de fecha 7 de octubre de 1999, se otorgo permiso de pesca a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL19021-CM, en la extraccion de anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; Que, mediante Resolucion de Capitania Nº 031-99 expedido por la Capitania de Puerto MORDAZA, de fecha 29 de diciembre de 1999, se declaro el siniestro ocurrido a la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-19021-CM, al hundirse cuando se encontraba frente al Puerto de MORDAZA el dia 20 de diciembre de 1999, perdiendose totalmente; Que, por Resolucion Directoral Nº 247-2004PRODUCE/DNEPP del 13 de septiembre del 2004, se declaro en abandono el procedimiento de solicitud de autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de la embarcacion siniestrada MORDAZA MORDAZA de matricula PL-19021-CM iniciado por el senor MORDAZA MORDAZA BERNAL; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 315-2005PRODUCE/DNEPP del 02 de noviembre del 2005, se declaro fundado el recurso de reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 247-2004-PRODUCE/ DNEPP; asimismo, se declaro improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de la embarcacion siniestrada MORDAZA MORDAZA de matricula PL-19021-CM, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA BERNAL; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 1282006-PRODUCE/DVP del 14 de septiembre del 2006, se declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 315-2005-PRODUCE/DNEPP; dandose por agotada la via administrativa; Que, de la documentacion obrante en el expediente de la embarcacion, se desprende que la Resolucion Viceministerial Nº 128-2006-PRODUCE/DVP, fue materia de revision por el Poder Judicial, el mismo que a traves del Noveno Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo, declaro fundado las excepciones propuestas por el Ministerio de la Produccion, declarando nulo todo lo actuado, concluido el MORDAZA y consentido lo actuado, ordenando su archivo definitivo; Que, a traves del Oficio Nº 6733-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dchi del 19 de octubre del 2009, en atencion al escrito de registro Nº 00069008-2009 del 02 de septiembre del 2009, se comunico al Administrado que la peticion de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de la embarcacion siniestrada MORDAZA MORDAZA, no es posible de atencion, toda vez que sobre dicha solicitud, se agoto la via administrativa, con la expedicion de la Resolucion Viceministerial Nº 128-2006-PRODUCE/DVP;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.