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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de diciembre de 2009 407737 Agencias Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, a las que se les ha autorizado la prórroga de sus licencias; así como aquéllas a las que se les ha otorgado nuevas licencias en el transcurso del presente año; Que, la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente mediante el Informe Nº 375-2009-APN/DOMA de fecha 26 de noviembre de 2009, emitió opinión favorable para la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, de acuerdo a la evaluación legal recaída en el Informe Legal Nº 677-2009-APN/UAJ de fecha 04 de diciembre de 2009, se concluye que es procedente la publicación de la relación de las Agencias Marítimas, Agencias Fluviales, Agencias Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad con la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2004- MTC; Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la APN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016- 2005-MTC; Decreto Supremo Nº 010-99-MTC; y demás normas modifi catorias y complementarias. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar a conocer la relación de las Agencias Marítimas, Agencias Fluviales, Agencias Lacustres señaladas en el Anexo 1, que forma parte íntegramente de la presente resolución, y las Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba señaladas en el Anexo 3, que forma parte íntegramente de la presente resolución, a las que se les ha otorgado la prórroga de sus respectivas licencias, para que continúen ejerciendo legalmente sus actividades, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2009, en los puertos que se especifi ca en cada caso. Artículo 2°.- Dar a conocer la relación de las Agencias Marítimas, Agencias Fluviales, Agencias Lacustres señaladas en el Anexo 2, que forma parte íntegramente de la presente resolución, y las Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba señaladas en el Anexo 4, que forma parte íntegramente de la presente resolución, a las que se les ha otorgado nuevas licencias, para ejercer sus actividades hasta el 31 de diciembre de 2009. Artículo 3°.- Los Anexos 1, 2, 3 y 4 que forman parte de la presente Resolución serán publicados en el Portal Electrónico de la Autoridad Portuaria Nacional, en la misma fecha de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, Empresa Nacional de Puertos S.A., Terminal Internacional del Sur S.A., Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas y a la Asociación Peruana de Agentes Marítimos, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO PÉREZ DELGADO Gerente General Autoridad Portuaria Nacional 434236-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 041-2009-MTC Mediante Ofi cio Nº 846-2009-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 041-2009-MTC, publicado en nuestra edición del día 8 de diciembre de 2009. En el segundo párrafo de la parte considerativa DICE: “... y la empresa PanAmsat Internacional Systems, ....” DEBE DECIR: “... y la empresa PanAmsat International Systems, ....” En el tercer párrafo de la parte considerativa DICE: “... y la empresa PanAmsat Internacional Systems, ....” DEBE DECIR: “... y la empresa PanAmsat International Systems, ....” En el Artículo 1º: DICE: “... y la empresa PanAmsat Internacional Systems, ....” DEBE DECIR: “... y la empresa PanAmsat International Systems, ....” 434741-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Director Ejecutivo de Medicina Tradicional del Centro Nacional de Salud Intercultural del INS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 456-2009-J-OPE/INS Lima, 10 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 138-2009- J-OPE/INS de fecha 21 de abril de 2009, se designó al Médico Neptali Cueva Maza como Director Ejecutivo de Medicina Tradicional del Centro Nacional de Salud Intercultural, Nivel F-3 del Instituto Nacional de Salud; Que, por convenir al servicio resulta necesario dar por concluida la designación precitada, siendo necesario emitir la resolución pertinente; Con el visto bueno del Sub Jefe y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud; De conformidad con lo establecido en el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 90-PCM y en los artículos 3° y 7° de la Ley N° 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, En uso de las atribuciones establecidas en el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación del Médico Neptali Cueva Maza como Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Medicina Tradicional del Centro Nacional de Salud Intercultural, Nivel F-3 del Instituto Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, al Médico Miguel Angel Salcedo Luna, en el cargo de Director Ejecutivo de Medicina Tradicional del Centro Nacional de Salud Intercultural, Nivel F-3 del Instituto Nacional de Salud. Artículo 3º.- Encargar a la Oficina General de Información y Sistemas la actualización inmediata del