Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2009 (12/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407729

1240-2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, demas normas complementarias, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE, y; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la acumulacion de las solicitudes de cambio de titular de la autorizacion de incremento de flota, de la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA MS 4" con matricula Nº PL-28538-PM, por ampliacion de bodega via sustitucion de la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA MS 3" con matricula Nº PL-13780-CM, y la modificacion del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA MS 4" con matricula Nº PL-28538-PM, en el extremo de su capacidad de bodega; solicitado por EMPRESA PESQUERA FERDASA S.R.L. Articulo 2º.- Aprobar a favor de EMPRESA PESQUERA FERDASA S.R.L., el cambio de titular de la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA MS 4" con matricula Nº PL-28538-PM, por ampliacion de bodega via sustitucion de la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA MS 3" con matricula Nº PL13780-CM, otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 791-2008-PRODUCE/DGEPP. Articulo 3º.- Modificar la Resolucion Directoral Nº 3892008-PRODUCE/DGEPP, modificada en su titularidad con Resolucion Directoral Nº 640-2009-PRODUCE/DGEPP, con la que se otorgo permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "ROSA MORDAZA MS-4" de matricula Nº PL-28538-PM, en el extremo de su capacidad de bodega, entendiendose que la citada embarcacion cuenta con 88.33 m3 de volumen de bodega. Articulo 4º.- En virtud a que se ha ejecutado el referido incremento de flota, se deja sin efecto dicha autorizacion otorgada con la Resolucion Directoral Nº 791-2008PRODUCE/DGEPP. Articulo 5º.- Incorporar la presente Resolucion y las modificaciones respectivas, al listado de embarcaciones pesqueras de mayor escala de MORDAZA aprobado con Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 6º.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcacion pesquera sustituida "ROSA MORDAZA MS 3" con matricula Nº PL-13780-CM, y excluir la Resolucion Directoral Nº 031-98-CTAR-LL/DIREPE, del listado de embarcaciones pesqueras de mayor escala de MORDAZA, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 433563-7

Visto el Oficio Nº 1201-2009-PRODUCE/OGTIEOe y el Informe Nº 1244-2009-PRODUCE/DGEPPDchi, emitidos por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica y la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1084, se promulgo la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, estableciendose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA destinada al consumo humano indirecto, con la finalidad de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que el articulo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, establece que el calculo del LMCE se realizara para cada Temporada de Pesca, en funcion al PMCE asignado a cada Embarcacion; asimismo el LMCE, expresado en toneladas metricas, resulta de multiplicar el PMCE por el LMTCP para cada Temporada de Pesca, tal como se detalla en el Anexo "A" del referido cuerpo normativo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2008PRODUCE, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobandose a traves de su articulo 2º, la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo Nº 1084. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, con Resolucion Directoral Nº 843-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobo el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, cuyo Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 446-2009PRODUCE del 14 de octubre del 2009, se establecio que el Limite MORDAZA Total de Captura Permisible ­ LMTCP del recurso anchoveta para consumo humano indirecto, correspondiente a la MORDAZA Temporada de Pesca del 2009, es de 2.0 millones de toneladas, para la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16º 00' Latitud Sur; Que, con Resolucion Ministerial Nº 872-2009PRODUCE de fecha 30 de octubre del 2009, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE del recurso anchoveta, correspondiente a la MORDAZA Temporada de Pesca del 2009; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 884-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 05 de noviembre de 2009, se incorporo al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion-PMCE, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP, el MORDAZA PMCE calculado de la embarcacion pesquera de MORDAZA "ALMIRANTE GRAU" de matricula Nº PL10379-CM, ascendente a 0,04601% para la MORDAZA Norte ­Centro; Que, mediante Oficio Nº 1201-2009-PRODUCE/ OGTIE-Oe, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, remite el calculo del Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion ­LMCE correspondiente a la embarcacion "ALMIRANTE GRAU" de matricula Nº PL-10379-CM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 12442009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Oficio Nº 1201-2009PRODUCE/OGTIE-Oe y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y sus normas modificatorias y ampliatorias;

Incorporan a embarcacion pesquera en el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion, MORDAZA temporada de pesca anchoveta 2009 en la MORDAZA Norte - Centro
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 922-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 20 de noviembre del 2009

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