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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de diciembre de 2009 407757 Público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 27680 (Ley de Reforma Constitucional), concordante con la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades); Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece: “...El Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente Ley mediante Decretos de Alcaldía”; Que, mediante Ordenanza Nº 172 - A/MDC de fecha 22 de junio del 2009, se otorgó una serie de benefi cios para brindar facilidades a los Contribuyentes del Distrito, a fi n de que regularicen su situación Tributaria e incentivar el cumplimiento de sus obligaciones Tributarias; Que, mediante Ordenanza Nº 177 - A/MDC de fecha 31 de julio del 2009, se amplió hasta el 31 de agosto del 2009 los Plazos y Benefi cios para la Regularización Tributaria y Administrativa. Que, la cuarta Disposición Final de la Ordenanza 172 A/MDC y el artículo cuarto de la Ordenanza Nº 177 A/MDC, facultan al Alcalde a que por Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para el correcto cumplimiento de la presente Ordenanza, incluso la prórroga de su vigencia parcial o totalmente. Que con Decreto de Alcaldía Nº 014 - A/MDC se prorrogó los alcances de la Ordenanza 172 - A/MDC y Ordenanza Nº 177 - A/MDC hasta el 30 de septiembre del 2009, de la misma manera con Decreto de Alcaldía Nº 015 - A/MDC se prorrogó los alcances de la Ordenanza 172 - A/MDC y Ordenanza Nº 177 - A/MDC hasta el 31 de octubre. Que, con Informe Nº178-2009-GR/MDC la gerencia de rentas propone prorrogar hasta el 31 de diciembre del presente, la prórroga de los benefi cios tributarios aprobada con las Ordenanzas a que hace referencia el Decreto de Alcaldía Nº 018-2009-A/MDC. Estando a lo Expuesto, y en uso de las facultades conferidas en los artículos 30º y 42º de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades). . SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2009, los benefi cios otorgados mediante la Ordenanza 172-A/MDC y la Ordenanza Nº 177-A/MDC, prorrogados mediante Decretos de Alcaldía Nº 014-A/MDC, Nº 015- A/MDC y 018-A/MDC denominados Benefi cios de Regularización Tributaria. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano conforme lo señala la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades). Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Subgerencia de Informática y a la Subgerencia de Imagen Institucional la difusión correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 434269-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban Reglamento de Organización, Funciones y Responsabilidades de la Procuraduría Pública Municipal ORDENANZA Nº 100-2009-MDC Cieneguilla, 27 de agosto de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, la propuesta de Reglamento de Organización, Funciones y Responsabilidades de la Procuraduría Pública Municipal de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, y el Informe Nº 214-2009-GAJ-MDC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 29 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que la representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera; Que, con el Decreto Legislativo Nº 1068, se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; encontrándose en el ámbito de la legislación señalada el desenvolvimiento de la Procuraduría Pública Municipal; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1068, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2008-JUS, establece que las entidades de la Administración Pública adecuarán su organización, estructura y normatividad a lo dispuesto por la Ley y su Reglamento; Que, de acuerdo a lo expuesto, resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización, Funciones y Responsabilidades de la Procuraduría Pública de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, con las adecuaciones desarrolladas en el marco de la legislación antes citada; En ejercicio de las facultades conferidas al Concejo Municipal por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento de Organización, Funciones y Responsabilidades de la Procuraduría Pública Municipal de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, el cual consta de trece (13) artículos y una Disposición Complementaria; de acuerdo al texto adjunto que debidamente visado forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Deróguese cualquier norma municipal que se opongan al presente Reglamento. Artículo Tercero.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- Publíquese la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe); en estos últimos el íntegro de la ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 433910-1