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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (12/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de diciembre de 2009 407752 a partir de la fecha: Comisión Técnica Regional de Zonifi cación Ecológica Económica y Ordenamiento Territorial - Lambayeque. Artículo Tercero.- MODIFÍQUESE el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional Nº 027-2006-2006- GR.LAMB./CR incorporando como integrantes de la Comisión Técnica Regional de Zonifi cación Ecológica Económica y Ordenamiento Territorial a representantes de las siguientes entidades públicas y privadas: • Un Representante de la Sede del Gobierno Regional Lambayeque: • Un representante de las Direcciones Regionales Sectoriales del Gobierno Regional Lambayeque: Dirección Regional de Turismo, Comercio y Artesanía Dirección Regional de Educación Dirección Regional de Salud • Un representante de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo • Un representante del Colegio de Sociólogos Lambayeque • Un representante de Colegio de Periodistas de Lambayeque • Un representante de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Chancay – Lambayeque • Un representante de la Junta de Usuarios del distrito de Riego La Leche • Un representante de la Junta de Usuarios del distrito de Riego – Motupe • Un representante de la Junta de Usuarios del distrito de Riego Olmos • Un representante de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego de Zaña • Un representante del Colegio de Ingenieros del Perú – Filial Lambayeque • Un representante del Colegio de Arquitectos del Perú – Filial Lambayeque • Un Representante de la Autoridad Local de Aguas del Distrito de Riego Chancay-Lambayeque. • Un Representante de la Autoridad Local de Aguas del Distrito de Riego Zaña. • Un Representante de la Autoridad Local de Aguas del Distrito de Riego La Leche-Motupe-Olmos. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Lambayeque, formular el Reglamento Interno de la Comisión Técnica Regional de ZEE-OT e implementar la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. LUIS BECERRA ARRIBASPLATA Presidente Regional (e) 433907-1 Disponen la publicación de relaciones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de junio, julio, agosto, setiembre, octubre y noviembre de 2009 RESOLUCIÓN DIRECTORAL SECTORIAL REGIONAL Nº 277-2009-GR.LAMB/DREMH Lambayeque, 26 de noviembre del 2009 VISTOS: La relación de Títulos Mineros otorgados por la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de Lambayeque, en los meses de Junio, Julio, Agosto, Setiembre, Octubre y Noviembre del 2009. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobierno Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que específi camente resulta: Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; conforme lo señala el inciso f) del artículo 59º de la referida Ley; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008 MEM/DM, publicada con fecha el 16 de Enero del 2008, en el Diario Ofi cial El Peruano, se declaró que el Gobierno Regional de LAMBAYEQUE, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de la misma; Mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 293- 2008-GR-LAMB/PR, de fecha 19 de Agosto del 2008, se resuelve delegar con efi cacia anticipada a partir del 17 de enero del 2008, a la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de Lambayeque, las competencias establecidas en el inciso f) del artículo 59º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 278667, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, y con su complementaria Resolución Nº 363- 2008.GR.LAMB/PR, de fecha 09 de Octubre del 2008, en la que se resuelve delegar con efi cacia anticipada a partir del 17 de enero del 2008, a la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de Lambayeque, las competencias establecidas en los incisos a), c), d), f), g) y h) del artículo 59º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 278667, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, y; De conformidad con el Artículo 124º del D.S Nº 014- 92-EM–TUO de la Ley General de Minería, el Artículo 24º del D.S. Nº 018-92-EM – Reglamento de Procedimientos Mineros y el inciso n) del Artículo 10º del D.S. Nº 084- 2007-EM; Con la Visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lambayeque; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las Concesiones Mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de Junio, Julio, Agosto, Setiembre, Octubre y Noviembre del 2009, A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN JEFATURAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS y G) COORDENADAS UTM DE AREAS A RESPETAR; siendo éstos lo siguientes: 1.- A) ZOC DOS; B) 64-00037-08; C) ZOC CORPORATION SAC; D) RDRS Nº 155-2009-GR.LAMB/ DREMH 08/06/2009; E) 17; F) V1: N9244 E649 V2: N9243 E649 V3: N9243 E648 V4: N9244 E648. 2.- A) ZOC TRES; B) 64-00038-08; C) ZOC CORPORATION SAC; D) RDRS Nº 156-2009-GR.LAMB/DREMH 08/06/2009; E) 17; F) V1: N9248 E684 V2: N9247 E684 V3: N9247 E683 V4: N9248 E683. 3.- A) RONIE 19; B) 64-00044-08; C) EMPRESA MINERA KRIPTON SRL; D) RDRS Nº 190-2009- GR.LAMB/DREMH 24/07/2009; E) 17; F) V1: N9240 E667 V2: N9240 E668 V3: N9238 E668 V4: N9238 E667. 4.- A) ANA I; B) 64-00046-08; C) MINERA NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE SAC; D) RDRS Nº 195-2009-GR.LAMB/ DREMH 04/08/2009; E) 17; F) V1: N9242 E651 V2: N9240 E651 V3: N9240 E650 V4: N9242 E650. 5.- A) RONIE 25; B) 64-00041-08; C) EMPRESA MINERA KRIPTON SRL; D) RDRS Nº 206-2009-GR.LAMB/DREMH 25/08/2009; E) 17; F) V1: N9242 E689 V2: N9242 E690 V3: N9240 E690 V4: N9240 E689. 6.- A) MANUEL IX; B) 64-00048- 08; C) BLANCA ELISA VERTIZ SIMAL; D) RDRS Nº 218- 2009-GR.LAMB/DREMH 03/09/2009; E) 17; F) V1: N9236 E680 V2: N9234 E680 V3: N9234 E678 V4: N9236 E678. 7.- A) MINERA SIERRA DORADA IV; B) 64-00008-09; C) FRUCTUOSO SIERRA AYSA; D) RDRS Nº 217-2009- GR.LAMB/DREMH 03/09/2009; E) 17; F) V1: N9228 E659 V2: N9227 E659 V3: N9227 E658 V4: N9228 E658. 8.- A) DON ALBERTO V; B) 64-00006-08; C) HECTOR MANUEL VERTIZ CABREJOS; D) RDRS Nº 231-2009- GR.LAMB/DREMH 11/09/2009; E) 17; F) V1: N9234 E662 V2: N9234 E663 V3: N9233 E663 V4: N9233 E664 V5: N9230 E664 V6: N9230 E662. 9.- A) KELLY Y JORGE IV; B) 64-00018-09; C) JUAN CARLOS VILLEGAS PUSE; D) RDRS Nº 237-2009-GR.LAMB/DREMH 22/09/2009;