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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de diciembre de 2009 407745 Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en la página web institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUÍS ALFARO LOZANO Jefe 434401-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Autorizan la creación, apertura y funcionamiento de las Oficinas Receptoras ubicadas en las provincias de San Miguel y Santa Cruz, departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 416 -2009-SUNARP/SN Lima, 10 de diciembre de 2009 VISTO, el Acuerdo de la Sesión de Directorio N°250 del 10 de noviembre de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 26366 se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar las políticas y normas técnico – administrativas de los Registros Públicos; Que, la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo, Organo Desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, tiene ámbito geográfi co y competencia registral en los Departamentos de Lambayeque, Cajamarca y Amazonas; Que, de acuerdo al Ofi cio Nº543 y 552-2008-Z.R.NºII/ JEF, la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo, solicita se autorice la apertura de dos Ofi cinas Receptoras en las Provincias San Miguel y Santa Cruz, ubicadas en el Departamento de Cajamarca; Que, las Ofi cinas Receptoras contarán con las condiciones materiales y personales necesarias para que los usuarios de las provincias en las que se ubicarán las Ofi cinas Receptoras puedan solicitar los servicios registrales que correspondan y recibirlos en forma oportuna y adecuada; Que, conforme al Acuerdo adoptado en Sesión del Directorio N° 250 del 10 de noviembre de 2009, en uso de la facultad conferida por el literal c) del artículo 12° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS, y del v) del artículo 7° del mismo texto normativo; SE RESUELVE: Artículo Único.- AUTORIZAR, la creación, apertura y funcionamiento de las Ofi cinas Receptoras ubicadas en la Provincia de San Miguel y la Provincia de Santa Cruz, Departamento de Cajamarca, bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° II – Sede Chiclayo. Las Ofi cinas Receptoras, como unidades de ejecución de la Zona Registral, se encargarán de prestar los servicios de recepción y traslado para su atención de títulos y de solicitudes de servicios de publicidad registral, además de los servicios que la Zona Registral considere oportuno implementar. El detalle de los servicios a prestar serán determinados por Resolución emitida por el Jefe Zonal. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Públicos 434246-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen que el funcionamiento de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia será hasta el 31 de diciembre de 2009 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 390-2009-CE-PJ Lima, 10 de diciembre de 2009 VISTO: El Ofi cio N° 298-2009-P-2da.SPT-CS, cursado por el Presidente de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y; CONSIDERANDO: Primero: Que, este Órgano de Gobierno por Resolución Administrativa N° 112-2007-CE-PJ, su fecha 11 de junio de 2007, constituyó a partir de esa fecha la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República por el término de tres (03) meses, a fi n de que coadyuve decididamente con la célere impartición de justicia, encargándose desde esa perspectiva de la tramitación de los expedientes que constituían sobrecarga procesal en dicha materia; Segundo: Al respecto, estando a los informes estadísticos remitidos desde entonces por la Presidencia de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, se dispuso en su oportunidad mediante las respectivas resoluciones administrativas la prórroga del funcionamiento del citado órgano jurisdiccional transitorio por el término de ley; siendo el caso que por Resolución Administrativa N° 273-2009-CE-PJ, de fecha 01 de setiembre de 2009, se dispuso una nueva prórroga por igual periodo de tres (3) meses, a partir del 11 de setiembre del presente año; Tercero: Del informe estadístico contenido en el Ofi cio N° 298-2009-P-2da.SPT-CS, cursado por el Presidente de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, fl uye que su producción jurisdiccional contada desde el 11 de junio de 2007 al 24 de noviembre de 2009 es 6,793 expedientes resueltos, quedando sólo 936 expedientes pendientes de resolver; situación que permite determinar su funcionamiento hasta fi nes del presente año judicial; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 82°, incisos 18 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Darío Palacios Dextre por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que el funcionamiento de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, será hasta el 31 de diciembre de 2009. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia, Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA HUGO SALAS ORTIZ 434410-1