Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2009 (18/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

408063

(...) En todos los casos, los Precios Firmes corresponderan a las Ofertas de los que resulten Adjudicatarios de la Buena Pro, aun en los casos de Ofertas referidas a proyectos hidroelectricos que estaban por encima del precio MORDAZA MORDAZA de la aplicacion del factor de descuento." Articulo 3°.- Calculo de los costos marginales El Comite de Operacion Economica del Sistema efectuara los calculos para determinar los costos marginales de corto plazo y la diferencia entre los costos variables de operacion en que incurran las centrales y tales costos marginales, conforme lo dispuesto en los numerales 1.1, 1.2 y 1.3 del Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 049-2008, asi como, para determinar los costos variables adicionales con respecto a los Precios de Energia en MORDAZA en que incurran las centrales para atender los retiros sin contrato conforme lo dispuesto en el Articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 049-2008. El resultado de estos calculos seran remitidos a OSINERGMIN quien los empleara para efectos del cumplimiento del Decreto de Urgencia Nº 049-2008. Articulo 4°.- Arbitraje sobre monto indemnizatorio En los contratos de concesion definitiva suscritos al MORDAZA de la Ley de Concesiones Electricas, la controversia que pueda surgir respecto al monto de la indemnizacion que deba ser pagada por el Estado al ex concesionario como consecuencia de la aplicacion del articulo 105º de la Ley de Concesiones Electricas, puede ser sometida a arbitraje, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1071, Decreto Legislativo que MORDAZA el Arbitraje. Articulo 5°.- Refrendo y vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Procesos de licitacion que se encuentren en curso Las Licitaciones convocadas por los Distribuidores al MORDAZA de la Ley Nº 28832 que se encuentren en curso a la fecha de publicacion del presente Decreto Supremo, se adecuaran a lo dispuesto en los articulos 1º y 2º de la presente norma. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 437057-7

fecha 25 de setiembre de 2009, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Cota 2011, para una potencia instalada estimada de 200 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Quechualla, MORDAZA, Chichas, Yanaquihua y Tauria, provincias de La Union y Condesuyos, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el titular de la concesion temporal asume la obligacion de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 315-2009-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion temporal a favor de COTAHUASI HYDRO S.A., que se identificara con el codigo N° 21179309, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Cota 2011, con una potencia instalada estimada de 200 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Quechualla, MORDAZA, Chichas, Yanaquihua y Tauria, provincias de La Union y Condesuyos, departamento de MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 ESTE 703 071,7603 704 245,3340 704 665,2743 705 874,0198 707 619,2631 708771,9710 705 538,4933 707 843,8422 707208,5253 711 359,3239 712 415,1032 713 635,9303 713 243,0257 712 060,7667 711 029,7283 706 489,3938 706 820,0191 704 803,2711 705 724,8820 707 779,3693 707 344,6618 705 520,2280 704 218,5013 702 590,0145 NORTE 8 277 232,3624 8 277 840,9770 8 278 412,6990 8 281 477,4872 8 282 603,9183 8 285 581,6932 8 294 500,0549 8 296 565,6413 8 299 483,1419 8 308 975,8985 8 310 172,2728 8 312 035,9464 8 312 254,7827 8 310 285,9140 8 309 099,6913 8 299 762,9169 8 296 621,2937 8 294 522,0737 8 290 597,1893 8 286 188,3262 8 282 937,8386 8 281 777,1910 8 278 501,5877 8 277 846,9802

Otorgan concesion temporal a favor de Cotahuasi Hydro S.A. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia eletrica en la futura Central Hidroelectrica Cota 2011
RESOLUCION MINISTERIAL N° 512-2009-MEM/DM MORDAZA, 3 de diciembre de 2009 VISTO: El Expediente N° 21179309, sobre otorgamiento de concesion temporal de generacion para desarrollar estudios de la futura Central Hidroelectrica Cota 2011, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por COTAHUASI HYDRO S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 12246740 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, COTAHUASI HYDRO S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1925114 de

Articulo 3°.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.