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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de diciembre de 2009 408381 de Villa María del Triunfo, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los 17 DIC de 2009. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 437632-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban cambio de zonificación de diversos predios de Usos Especiales a Industria Elemental y Liviana ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000064 Callao, 16 de diciembre de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión fecha 16 de diciembre de 2009; Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 5 faculta al Concejo Municipal aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamiento Humano y demás planes específi cos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; asimismo, en el artículo 73 apartado 1 señala que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específi cas señaladas en el Capítulo II del presente Título, con carácter exclusivo o compartido, en la organización del espacio físico-Uso del suelo: Zonifi cación, y en el artículo 79 inciso 1 apartado 2 señala que las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen la función de aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2003- VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 012- 2004-VIVIENDA publicado el 18 de junio de 2004, se aprobó el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, cuyo artículo 38 señala que la municipalidad provincial remitirá el expediente de cambio de zonifi cación a la municipalidad distrital, en cuya jurisdicción se encuentre ubicado el inmueble, la que en un plazo de treinta 30 días calendario emitirá opinión técnica fundamentada; dentro del plazo antes indicado la municipalidad distrital hará de conocimiento, la solicitud de cambio de zonifi cación, entre los propietarios de los inmuebles vecinos, quienes podrán opinar dando su conformidad o formulando observaciones técnicamente sustentadas por escrito; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000018 del 05 de octubre de 1995, se aprueba el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao para el período 1995-2010, en el cual contemplan la zonifi cación y defi ne la clasifi cación de las vías y secciones viales; Que, mediante el expediente Nº 10915852 la Corporación José R. Lindley S.A, debidamente representada por su Apoderado señor Lucio Agustín Collazos Olazo, solicita cambio de zonifi cación respecto del predio ubicado en la Calle Abelardo Quiñones 186 – Urb. Industrial Fundo Bocanegra Alto, Distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, de Usos Especiales (OU) a Industria Elemental y Liviana (IEL); Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000299, el mismo que aprobó el cambio de zonifi cación de los predios ubicados en la Av. Elmer Faucett, Calle Abelardo Quiñones, Calle Córpac y Calle S/N, Distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, de Usos Especiales (OU) a Industria Elemental y Liviana (IEL), de acuerdo al Plano PZ – 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual tiene como antecedentes el Dictamen Nº 035-2009- MPC/SR-CP, de la Comisión de Población, el Informe Nº 180-2009-MPC-GGDU-GPUC-CVA de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, asimismo, el Memorando Nº 1785-2009-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación que hace suyo el Informe Legal Nº 510-2009-MPC/GGAJC/ SGAA, de la Sub Gerencia de Asuntos Administrativos, opinando todos ellos que el cambio de zonifi cación solicitado es procedente al encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DE LOS PREDIOS UBICADOS EN LA AV. ELMER FAUCETT, CALLE ABELARDO QUIÑONES, CALLE CÓRPAC Y CALLE S/ N, DISTRITO DEL CALLAO, PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo 1. Apruébase el cambio de zonifi cación de los predios ubicados en la Av. Elmer Faucett, Calle Abelardo Quiñones, Calle Córpac y Calle S/N, Distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, de Usos Especiales (OU) a Industria Elemental y Liviana (IEL), de acuerdo al Plano PZ – 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2. Modifícase en lo pertinente el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010 aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 de fecha 5 de octubre de 1995. Artículo 3. Encárgase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao