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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de diciembre de 2009 408672 en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza N° 096-MDSL publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 01 de diciembre de 2009 se aprobó el Benefi cio Temporal para el pago de obligaciones tributarias y no tributarias en el distrito de San Luis, por medio del cual se establecieron una serie de disposiciones con la fi nalidad de incentivar el pago de obligaciones vencidas por parte de los contribuyentes y administrados de nuestro distrito; Que, en la Segunda Disposición Final de la mencionada Ordenanza se faculta al Señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y prorrogue los plazos para la adecuada aplicación de la indicada norma legal; Que, mediante Informe Nº 071-2009-MDSL-GR del 18 de diciembre de 2009 la Gerencia de Rentas refi ere que estando por vencer la fecha de vigencia del Benefi cio establecido en la Ordenanza N° 096-MDSL y teniendo en cuenta que muchos de los contribuyentes y administrados de nuestro distrito aún no han tenido la oportunidad de cumplir con cancelar sus obligaciones tributarias y no tributarias, se hace necesario prorrogar dicho plazo hasta 31 de diciembre de 2009; Que, mediante Informe Nº 0531-2009-MDSL/GAL/ EIJV del 18 de diciembre de 2009 la Gerencia de Asesoría Legal señala que estando a lo señalado por la Gerencia de Rentas la Ordenanza Nº 096-MDSL publicada el martes 1º de diciembre de 2009 en el Diario Ofi cial El Peruano entró en vigencia del 2 hasta el 21 de diciembre; y, conforme a lo dispuesto en la Segunda Disposición Final, el Señor Alcalde tiene la facultad de emitir las disposiciones complementarias y la prórroga del benefi cio, que conforme a sus atribuciones corresponde emitir dicha norma; Que, mediante Informe N° 0134-2009-MDSL-GM del 21 de diciembre de 2009 la Gerencia Municipal, opina que el señor Alcalde está facultado para que mediante Decreto de Alcaldía disponga la ampliación a la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 096-MDSL, a fi n de dar mayores facilidades a los contribuyentes y administrados del distrito para que cumplan con el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias, estableciendo su vigencia a partir del día 22 de diciembre de 2009; Que, el Artículo 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”, y el Párrafo Tercero del Artículo 44 de la citada norma establece que “Las normas municipales rigen a partir del día siguiente de su publicación, salvo que la propia norma postergue su vigencia”. Estando a lo antes expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR los alcances de la Ordenanza Nº 096-MDSL hasta el 31 de diciembre de 2009, mediante el cual se regulan los procedimientos referentes al Benefi cio de Temporal para el Pago de Obligaciones Tributarias y No Tributarias, en el Distrito de San Luis. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia el 22 de diciembre de 2009, siendo obligación de la Gerencia de Rentas y de las unidades orgánicas que la conforman dar cumplimento a la presente. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente norma municipal; y a la Gerencia de Administración y Finanzas, su debida publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJIA Alcalde 438882-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Prorrogan plazo de Beneficio de Regularización Tributaria y No Tributaria establecido en la Ordenanza Nº 187-MDSM DECRETO DE ALCALDÍA N° 010-2009-MDSM San Miguel, 18 de diciembre de 2009 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el Informe N° 090-2009-GRAT/MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Memorando N° 495-2009-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza N° 187-MDSM se estableció un Benefi cio de Regularización Tributaria y no Tributaria, para aquellos contribuyentes con deudas tributarias y obligaciones pendientes al 31 de octubre del 2009; Que, el referido benefi cio venció el 22 de diciembre del año en curso, no obstante conforme al informe de vistos, existen solicitudes de los vecinos porque se amplíe la vigencia del benefi cio de regularización tributaria y no tributaria, y de parte de la administración tributaria disposición por corresponder, en coherencia con la política institucional de brindar a los vecinos las mayores facilidades para que puedan regularizar sus obligaciones formales y sustanciales, por lo que resulta necesario prorrogar la vigencia de dicho benefi cio; Estando a lo expuesto y de acuerdo a la facultad establecida en la segunda disposición fi nal de la Ordenanza N° 187-MDSM y en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria, establecido en la Ordenanza N° 187-MDSM hasta el 30 de Diciembre de 2009. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, las Subgerencias de Tesorería e Informática, y a la Secretaría de Imagen Institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 439023-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Declaran procedente solicitud de recepción parcial de obras de habilitación urbana y autorización de libre disponibilidad de terreno ubicado en el ex fundo Oquendo RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 603-2009-MPC/GGDU Callao, 11 de diciembre de 2009