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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (24/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de diciembre de 2009 408659 TUPA del Hospital Regional Hermilio Valdizán Medrano de Huánuco – Año 2005. Que, mediante Informe Nº 091-2009-GRH/GRPPAT/ SGDISE de fecha 06 de marzo del presente año, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Sistemas y Estadística, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el proyecto de Texto Único de Procedimientos Administrativos con sus respectivos formatos de sustentación legal y técnica, para ser considerados en el consolidado en la modifi cación del TUPA del Hospital Regional Hermilio Valdizán Medrano de Huánuco; Que, el Proyecto de TUPA del Hospital Regional Hermilio Valdizán Medrano de Huánuco correspondiente al año 2009, comprende catorce (14) procedimientos, detallándose en cada uno de ellos los requisitos correspondiente para su tramitación, que a la vez responden a las exigencias fácticas y normativas que orientan los ideales de un Estado moderno, ágil y efi ciente, así mismo están elaborados sobre la base de criterios de simplicidad y fl exibilidad en un contexto de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención del administrado, como fi n superior del servicio público; Que, estando a lo prescrito por el Artículo 38º, numeral 38.1, de la Ley Nº 27444, tratándose de los Gobiernos Regionales el TUPA es aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, es decir mediante una Ordenanza Regional; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º,10º,11º,15º, y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modifi catoria en parte por la Ley Nº 27902 y su Reglamento Interno; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de la referencia, con dispensa de lectura y aprobación del acta. ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR, la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2009 del Hospital Regional Hermilio Valdizán Medrano de Huánuco, el mismo que consta de catorce (14) procedimientos administrativos, cuyo expediente administrativo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, los costos de los procedimientos consignados en el expediente administrativo que forma parte de la presente norma. Artículo Tercero.- DEJAR, sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 580-E-2005-GRH, de fecha 25 de octubre del 2005. Artículo Cuarto.- DISPONER, a la parte ejecutiva del Gobierno Regional realizar las acciones administrativas pertinentes conforme a sus atribuciones. Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional conforme a los dispuesto en el artículo 42º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ESPINOZA EGOÁVIL Presidente 438931-3 Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos ORDENANZA REGIONAL Nº 069-2009-CR-GRH Huánuco, 30 de setiembre del 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. VISTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, en su Sesión Ordinaria de fecha veinticuatro de setiembre del año dos mil nueve; visto y debatido el Dictamen Nº S/N-2009-CPPPATAL- CR/GRH, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, referente a la solicitud de aprobación de Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Huánuco, con el voto unánime del Pleno, y; CONSIDERANDO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27687, sus modifi catorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias; Que, el artículo 38º, numeral 38.1 de la Ley Nº 27444, ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, es aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales. De otro lado en el numeral 38.5 determina que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que implique la creación de nuevos procedimientos se aprobará conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, constituye un documento de gestión institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades públicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se Aprueban los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo y determina que los Gobiernos Regionales aprueben su TUPA con Ordenanza Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 038-2009-CR- GRH, de fecha 30 de junio del 2008, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos; Que, mediante Ofi cio Nº 086-2009-GR-HUANUCO/ DREMH de fecha 18 de febrero del 2009, el Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos, solicita la aprobación del documentos de Gestión TUPA; con Informe Nº 072-2009-GRH-GRPPAT/SGDISE/KGCD de fecha 13 de marzo del 2009, el responsable de Desarrollo Institucional, emite la Opinión Técnica opinando que el TUPA, de la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos, se encuentra de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM - Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del TUPA - 2009. Mediante el Informe Nº 072-2009-GRH- GRPPAT/SGDISE, de fecha 17 de marzo del 2009, el Sub Gerente de Desarrollo Institucional, Sistemas y Estadística revisa y da su conformidad. Mediante Informe Nº 118-2009-GRH/GRPPAT, de fecha 30 de marzo del 2009, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamientos Territorial revisa y solicita su aprobación correspondiente, la misma que es presentado al Consejo Regional mediante documento de visto para su aprobación. Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, no ha emitido la Opinión Legal respectiva el mismo que se ha puesto de conocimiento al Pleno del Consejo Regional, y habiendo transcurrido en demasía el tiempo para su aprobación, más aún teniendo en cuenta que es un documento de gestión, el Pleno del Consejo Regional, acuerda aprobar el TUPA, amparada en el Decreto Supremo Nº 079-2009-2007- PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y disposiciones para el cumplimiento del Silencio Administrativo para dar cumplimiento a la Ley Nº 27444, así como la Ley Nº 29060 Ley de Silencio Administrativo Positivo publicada el 07 de julio del 2007, cuya entrada en vigencia es el 08 de enero del 2008.