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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (24/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de diciembre de 2009 408665 aprueba el Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos del INVERMET. Artículo Sexto- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima a los 14.DIC.2009 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 438421-1 Ratifican la Ordenanza Nº 293-C-MC de la Municipalidad Distrital de Comas, que regula el régimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines correspondientes al ejercicio 2010 ACUERDO DE CONCEJO Nº 476 Lima, 9 de diciembre de 2009 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 03 de diciembre del 2009, el Ofi cio Nº 001-090-005539, de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº 293-C-MC, que regula el régimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos sólidos, barrido de calles y parques y jardines, correspondiente al ejercicio 2010 en el Distrito de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas Nºs. 607 y 727 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 24 de marzo y el 11 de noviembre del año 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de Comas aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con carácter de Declaración Jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el Servicio de Administración Tributaria en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Técnico Legal Nº 004-181-00000044, opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas, las Directivas Nºs. 001-006-0000001 y 001- 006-0000006 del Servicio de Administración Tributaria y además con las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional recaídas en los Expedientes Nºs. 0041- 2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, publicadas el 14 de marzo y el 17 de agosto del 2005, respectivamente. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión de Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen Nº 304-2009-MML/CMAEO. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 293- C-MC, de la Municipalidad Distrital de Comas, que regula el régimen tributario de los arbitrios de recojo de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines, correspondiente al ejercicio 2010 en esa jurisdicción, sin variación respecto a las tasas aprobadas para el 2009, dado que cumple con los criterios establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2009, así como del texto íntegro de la Ordenanza Nº 293-C-MC, y de los Anexos contenidos en el Informe Técnico, los cuadros de estructura de costos y tasas. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde señalar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad, la cual tiene carácter de declaración jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de su página web www.munlima.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Artículo Cuarto.- Sin perjuicio de lo antes ratifi cado, se exhorta a la Municipalidad Distrital de Comas para que, con motivo de la elaboración y aprobación de la Ordenanza que regule los arbitrios municipales correspondientes al año 2011, efectúe con la debida anticipación una revisión exhaustiva de las estructuras de costos de los servicios, teniendo en cuenta las variaciones experimentadas con respecto a la cantidad de contribuyentes, predios, metros lineales, áreas construidas, entre otros, que se aprecia en los Distritos como consecuencia de la expansión urbana, para guardar la debida coherencia entre tasas y servicios brindados. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 438246-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban Reglamento de la Procuraduría Pública Municipal ORDENANZA N° 228-MDA Ate, 9 de diciembre de 2009 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 9 de diciembre de 2009, visto el Dictamen N° 002-2009-MDA/CAJ de la Comisión de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos, conforme lo dispone el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con el artículo 29º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera; Que, asimismo establece que los Procuradores Públicos Municipales, son funcionarios designados por el Alcalde y dependen administrativamente de la Municipalidad y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado; Que, asimismo el Concejo Municipal, a propuesta del Alcalde, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y Responsabilidades de la Procuraduría Pública Municipal; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar,