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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (24/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de diciembre de 2009 408661 conocimiento al Pleno del Consejo Regional, y habiendo transcurrido en demasía el tiempo para su aprobación, más aún teniendo en cuenta que es un documento de gestión, el Pleno del Consejo Regional, acuerda aprobar el TUPA, amparada en el Decreto Supremo Nº 079-2009-2007- PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y disposiciones para el cumplimiento del Silencio Administrativo para dar cumplimiento a la Ley Nº 27444, así como la Ley Nº 29060 Ley de Silencio Administrativo Positivo publicada el 07 de julio del 2007, cuya entrada en vigencia es el 08 de enero del 2008. Que, de acuerdo a lo expuesto es necesario aprobar la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, dejando sin efecto la Ordenanza Regional Nº 037-2008-CR-GRH, de fecha 30 de junio del 2008; con la fi nalidad de establecer de manera clara todos los procedimientos administrativos y los servicios que presta de manera exclusiva y que el usuario conozca los servicios que presta la entidad en la atención pública; Que, es necesario precisar que de acuerdo a las facultades conferidas en la Ley Nº 24444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29060 del Silencio Administrativo, en mérito a lo dispuesto en el artículo 15º y 16º del Decreto Supremo Nº 079-2007- PCM, se realice la Publicación en cumplimiento de la Resolución Ministerial Nº 293-2006-PCM. Que, por los considerandos expuestos y estando a lo dispuesto en los artículos 15º y 16º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cados por las Leyes Nº 28968 y 29053; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR, la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2009 de Sede Central del Gobierno Regional Huánuco - año 2009, el mismo que consta de noventa (90) procedimientos, cuyo texto forma parte de la presente norma y, por los considerandos expuesto en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR, sin efecto las normas que se opongan a la presente Ordenanza, en el ámbito regional. Artículo Tercero.- DISPONER, a la parte ejecutiva del Gobierno Regional realizar las acciones administrativas pertinentes conforme a sus atribuciones. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional conforme a lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JORGE ESPINOZA EGOAVIL Presidente 438931-5 Aprueban el “Plan Estratégico Regional Agrario 2008-2021” de la Región Huánuco” ORDENANZA REGIONAL Nº 071-2009-CR-GRH APROBACIÓN DEL “PLAN ESTRATÉGICO REGIONAL AGRARIO 2008-2021” DE LA REGIÓN HUÁNUCO” Huánuco, 30 de setiembre del 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. VISTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, en su Sesión Ordinaria de fecha veinticuatro de setiembre del año dos mil nueve; visto y debatido el Dictamen Nº 002- 2009-CPI-CR/GRH, presentado por la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, referente a la Aprobación del “Plan Estratégico Regional Agrario 2008-2021” de la Región huánuco, con el voto unánime del Pleno, y; CONSIDERANDO: Que el artículo 192º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, indicando que es competente, entre otras cosas, para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, viabilidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, el inciso a) del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo, el inciso a), del artículo 51º, señalan que son funciones específi cas de los Gobiernos Regionales, y planes sectoriales en materia agraria, las de “Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la región en materia agraria, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural de parte de las municipalidades rurales”. Que, la elaboración del Plan Estratégico Regional Agrario 2008-2021 (PERA), es producto de una concentración democrática , donde se ha tenido en consideración las sugerencias de las organizaciones agrarias, del sector público y privado; además conforme al Ofi cio Nº 0887-2009-GR-DRA-HCO/OPA, manifi esta que el Plan Estratégico Regional agrario, fue sustentado en una reunión de trabajo ante el Ministerio de Agricultura, en la cual se concluyó que cumple con la normatividad vigente en materia de planeamiento estratégico y se encuentra articulado al Plan Regional Concertado 2009-2021; Que, el “Plan Estratégico Regional Agrario 2008 – 2021” del Gobierno Regional Huánuco, es de suma importancia por ser un documento que se construye en instrumento de gestión multisectorial para orientar la política de desarrollo agrario regional promoviendo la sustentabilidad económica, social y ecológico. Se ejecución permitirá contribuir en forma efi caz acelerar el mejoramiento de infraestructura de riego, tecnifi cación capacitación e identidad, y con estas condiciones buscar la inclusión en el mercado; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco; el Consejo Regional en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Setiembre del 2008; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR, el “Plan Estratégico Regional Agrario 2008-2021” de la Región Huánuco, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DECLARAR, la prioridad regional el “Plan Estratégico Regional Agrario 2008-2021” de la Región Huánuco, constituyendo instrumento de gestión multisectorial para orientar la política de desarrollo agrario regional promoviendo la sustentabilidad económica, social y ecológica. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional conforme a los dispuesto en el artículo 42º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JORGE ESPINOZA EGOÁVIL Presidente 438931-6