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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (30/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de diciembre de 2009 409377 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión Ordinaria Nº 20 de la fecha; de conformidad con el Dictamen Nº 044-2009-MPL/CPL-CPAFP; y, EL ALCALDE DE PUEBLO LIBRE, CONSIDERANDO: Que, los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú establecen que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica, administrativa y potestad tributaria en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 69º-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que las Municipalidades podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasas cobradas al 1º de Enero del ejercicio fi scal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor – IPC - en la capital del departamento; Que, para la cobranza de las tasas de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2008, el Concejo Municipal de Pueblo Libre aprobó las Ordenanzas Nºs 264-MPL y 269-2007-MPL, las mismas que fueron ratifi cadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 486-MML; Que, asimismo, para la cobranza de las tasas de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2009, el Concejo Municipal de Pueblo Libre aprobó la Ordenanza Nº 304-MPL, la misma que fue ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 550-MML; Que, con la fi nalidad de brindar los servicios públicos de limpieza pública, parques y jardines y Serenazgo para el año 2010, resulta necesario aprobar el monto de las tasas que se aplicarán; Que, de acuerdo a la segunda Disposición Final de la Ordenanza Metropolitana Nº 607, las Ordenanzas Marco podrán tener vigencia por más de un ejercicio tributario; Que, habiendo la Gerencia de Desarrollo Distrital y la Gerencia de Seguridad Ciudadana visado los costos por los servicios públicos que ofrecerán durante el próximo ejercicio fi scal, determinados con el IPC de acuerdo a lo establecido por el artículo 69º-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal; De conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal; por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL AÑO 2010 Artículo Primero.- MARCO LEGAL APLICABLE: DISPONER la aplicación para el ejercicio 2010, de lo dispuesto en las Ordenanzas Nºs 264-MPL y 269-2007- MPL ratifi cadas por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 486; y en la Ordenanza Nº 304-MPL, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 550-MML, en el extremo de reajustar los costos mediante la aplicación del Índice de Precios al Consumidor - IPC. Artículo Segundo.- DETERMINACIÓN DEL COSTO Y LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES: DISPONER para el ejercicio 2010 la aplicación de los costos y tasas por los servicios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo establecidos en la Ordenanza Nº 304- MPL, reajustados con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor al mes de agosto de 2009, ascendente a 0.01% establecido en la Resolución Jefatural Nº 238-2009 INEI publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 1 de setiembre del 2009. Artículo Tercero.- APROBACIÓN DEL INFORME TÉCNICO: APROBAR el Informe Técnico que da cuenta del sustento para el mantenimiento de los costos y las tasas por los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y Serenazgo, así como la estimación de ingresos por la prestación de los servicios mencionados. Artículo Cuarto.- DE LA VIGENCIA DE LA NORMA: DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2010, siempre que previamente se haya cumplido con su publicación y la del Acuerdo de Concejo ratificatorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- DERÓGUENSE todas las normas que se opongan a la presente ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde ORDENANZA Nº 328-MPL - ANEXO I INFORME TECNICO SUSTENTATORIO 1- Aspectos Generales En aplicación a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, relacionado con la aprobación anual de los arbitrios municipales; al mes de Agosto se efectuó el análisis de los gastos ejecutados correspondientes al presente ejercicio fiscal 2009, observándose un gasto responsable con respecto a la proyección efectuada para el cálculo de arbitrios del presente ejercicio, aprobado mediante Ordenanza Nº 304-MPL, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante el Acuerdo de Concejo Nº 550, y publicado el 21 de diciembre de 2008. Por otro lado, se analizó el Memorando Nº 178- 2009-MPL-GSV-SAT, emitida por la Subgerencia de Administración Tributaria, donde se expone el avance de la recaudación, como rendimiento de la ejecución de los arbitrios emitidos para el ejercicio fiscal 2009, observándose índices de morosidad que van del 38.06% al 54.88%, considerándose el esfuerzo y las políticas de recaudación que asumen las oficinas involucradas en el tema. 2- Costos aprobados 2009 y su nivel de cumplimiento En la información proporcionada por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto a través del Memorando Nº 377-2009-MPL-OPP, validada por la Unidad de Logística según el Memorando Nº 119-2009-MPL-OA/ UL (ejecución de costos correspondiente a los bienes y servicios) y la Unidad de Recursos Humanos según el Memorando Nº 346-2009-MPL-OA/URH (ejecución de costos correspondiente a la Mano de Obra); se observa que, los costos aprobados en su oportunidad por la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre para el presente ejercicio fi scal, han sido empleados por la actual gestión con responsabilidad y efi ciencia, situación que permitirá que a fi nes del ejercicio fi scal 2009 se cumpla con alcanzar y, eventualmente superar los niveles de prestación de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, tal y como se desprende del Cuadro Nº 01 que se muestra a continuación.