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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (30/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de diciembre de 2009 409368 210, y de los Anexos contenidos en el Informe Técnico, los cuadros de estructura de costos y tasas. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde señalar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la citada Municipalidad, la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de su página web www munlima.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 440657-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Prorrogan suspensión establecida mediante la Ordenanza Nº 148-A/MDC DECRETO DE ALCALDIA N° 021-2009/MDC Carabayllo 28 de diciembre del 2009 VISTO: El informe N° 027-2009-ANAA-GT/MDC de la Gerencia de Transporte y el informe N° 285-2009-GAJ/ MDC de la Gerencia de Asesorìa de Jurídica, y: CONSIDERANDO: Que las Municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica de Derecho Público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo establecido por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cada por el artículo único de la Ley N° 27680 (Ley de Reforma Constitucional), concordante con lo señalado por la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades); Que el artículo 42° de la Ley 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades), señala que “Los decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas. Sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo Municipal”; Que, es menester invocar el principio de informalismo al que alude el artículo 4° del Título Preliminar de la Ley N° 27444 (Ley de Procedimiento Administrativo General), que señala que: “Las normas deben ser interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión fi nal de las pretensiones de los administrados, de modo que sus derechos e intereses no sean afectados …….”; Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 148-A/ MDC de fecha 12 febrero del 2008 y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 21 de febrero de dicho año, se suspendió: la Inscripción de Personas Jurídicas del Servicio de Transporte Público Especial de Vehículos Menores; el Otorgamiento de Nuevos Permisos de Operación; el Otorgamiento de Nuevas Zonas de Estacionamiento, así como la Inscripción de Unidades en Zonas Saturadas hasta el 31 de diciembre del 2009; Que, la norma municipal antes glosada faculta en su artículo segundo al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía emita las disposiciones que resulten necesarias para el mejor cumplimiento de lo establecido en la Ordenanza N° 148-A/MDC; Que, mediante informe N° 027-2009-ANAA-GT/MDC La Gerencia de Transporte, recomienda se Prorrogue por Tiempo indeterminado y/o hasta la daciòn del instrumento de Gestión que determine el mejor Procedimiento de Regulación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y no Motorizados. Que, mediante informe N° 285-2009-GAJ/MDC emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica, éste opina por que la prórroga solicitada por la Gerencia de Transporte debe aprobarse conforme a lo solicitado por ella; Estando a lo expuesto, a lo señalado por los artículos 20 y 42° de la ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades); SE DECRETA: Artículo Primero: PRORROGAR por tiempo indeterminado y/o hasta la dacion del instrumento de gestión que determine el mejor procedimiento de Regulación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados dentro de la Jurisdicción del distrito de Carabayllo, la suspensión establecida mediante la Ordenanza Nº 148-A/MDC. Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Transporte; a la Subgerencia de Informática, a la Subgerencia de Imagen Institucional y a la Secretaria General el cumplimiento del presente Decreto, el mismo que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 440776-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban Arbitrios de Barrido de Calles, Recojo de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2010 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 202 Chaclacayo, 19 de diciembre del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHACLACAYO CONSIDERANDO: Que, mediante los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú se establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica, administrativa y potestad tributaria en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que las Municipalidades podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasas cobradas al 1 de enero del año fi scal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del índice de precios al consumidor en la capital del departamento; Que, para la cobranza de las tasas de los Arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo del año 2009, el Concejo de la Municipalidad de Chaclacayo aprobó la Ordenanza Nº 185-MDCH-2008 la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 554-MML-2008 normas que fueron publicadas íntegramente en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de diciembre de 2008; Que, con la fi nalidad de brindar los servicios públicos de recojo de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo, para el año 2010 resulta necesario aprobar el monto de las tasas que se aplicarán;