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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de diciembre de 2009 409376 la difusión y publicación en el portal institucional, de la misma. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el portal electrónico de la Municipalidad: www.munijesusmaria.gob. pe. Regístrese, publíquese y cúmplase ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 440305-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 090-2009/MLV DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2009/MLV La Victoria, 29 de diciembre del 2009. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; el memorándum Nº 681-2009-GR-MDLV de fecha 28 de diciembre del 2009 emitido por la Gerencia de Rentas, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 090-2009/MLV publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 20 de noviembre del 2009, se aprobó el benefi cio tributario para la actualización de declaraciones juradas del Impuesto Predial así como descuentos en las multas administrativas de la línea de acción de urbanismo; facultando al Alcalde para prorrogar la vigencia de dicha norma, a través de la Tercera Disposición Final y Transitoria de la misma; Que, en virtud de lo expuesto y atendiendo a que el vencimiento dispuesto en la Ordenanza Nº 090-2009- MLV coincide con las festividades navideñas y de fi n de año, resulta razonable extender la vigencia del benefi cio otorgado a fi n de dar la oportunidad a los contribuyentes del distrito para que continúen acogiéndose a este incentivo tributario; Estando a lo expuesto y de acuerdo a las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y en el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades–; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 090-2009/MLV a partir de la fecha hasta el 22 de enero del 2010. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Tecnología de la Información, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus atribuciones y competencias. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 440780-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Otorgan licencia temporal al Alcalde y encargan sus funciones a la Teniente Alcalde ACUERDO DE CONCEJO N° 66-2009/CDLO Los Olivos, 22 de Diciembre de 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: La Moción de Alcaldía, y; CONSIDERANDO: Que, por motivos particulares el Sr. Alcalde de la Municipalidad de Los Olivos solicita se le conceda licencia temporal al amparo de lo establecido por el Art. 25º numeral 2 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Art. 9° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, dispositivo que en su numeral 27 señala que corresponde al Concejo Municipal: ”Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores”; Que, el Art. 25º numeral 2 del mismo cuerpo normativo señala: “El ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende por acuerdo de concejo en los siguientes casos: (….) 2. Por licencia autorizada por el concejo municipal, por un período máximo de treinta (30) días naturales (…)”; Que, el Art. 24° de la Ley Nº 27972 dice: “En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. (…)”; Estando a lo expuesto por el numeral 27. del Artículo 9º, Art. 24º y numeral 2 del Art. 25º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR LICENCIA TEMPORAL POR MOTIVOS PARTICULARES SIN GOCE DE REMUNERACIONES al Sr. ALCALDE DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS, Dr. FELIPE BALDOMERO CASTILLO ALFARO, por un periodo de 25 días calendario, computados desde el 28 de Diciembre de 2009 al 21 de Enero de 2010; conforme a lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS, ARQ. ROSA MARIA ARANDA GARCIA, a asumir las funciones de ALCALDE (e) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS desde el 28 de Diciembre de 2009 al 21 de Enero de 2010, al amparo de lo establecido por el Art. 24° de la Ley Nº 27972. Artículo Tercero.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en el presente a la GERENCIA MUNICIPAL para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 440176-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprueban Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el Año 2010 ORDENANZA Nº 328-MPL Pueblo Libre, 29 de setiembre de 2009