Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2009 (13/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 13 de enero de 2009

Articulo Vigesimo Segundo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administracion Distrital y de la Oficina de Personal de esta Corte Superior. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 299659-2

OCMA, Fiscalia Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, MORDAZA Civiles, Sala Civil con subespecialidad Comercial, ODICMA, Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Protocolo y Oficina de Prensa, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

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Regulan los casos de impedimento, recusacion, inhibicion o discordia de uno o mas Vocales de la Sala Civil de la subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 25-2009-P-CSJLI-PJ MORDAZA, 12 de enero del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucion Administrativa N° 0232008-P-CSJLI/PJ., de fecha 17 de enero del ano 2008, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dicto las disposiciones pertinentes en caso de presentarse algun impedimento, discordia, recusacion y/o inhibicion, de uno o mas Vocales de la Sala Civil de la subespecialidad Comercial, en la tramitacion y resolucion de procesos. Que en tal sentido, habiendose iniciado el Ano Judicial 2009, resulta pertinente emitir las medidas administrativas correspondientes sobre el particular en la citada Sala Superior y en tanto no se implemente otro Colegiado; estableciendo un rol mensual de las MORDAZA Civiles, en concordancia con el MORDAZA parrafo del articulo 145 de la Ley Organica del Poder Judicial1, con el fin de cautelar el debido MORDAZA que redunde en una pronta y eficiente administracion de justicia; debiendo finalmente, tener en cuenta para su elaboracion, que a la 2° Sala Civil le correspondio ser el llamado por ley en diciembre del 2008. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del Art. 90 de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que en caso de impedimento, recusacion, inhibicion o discordia de uno o mas Vocales de la Sala Civil de la subespecialidad Comercial, el Presidente de la indicada Sala Superior, procedera a llamar al Vocal menos antiguo de la Sala Civil que corresponda, segun la relacion que a continuacion se detalla: Enero : 3º Sala Civil Febrero : 4º Sala Civil Marzo : 5º Sala Civil MORDAZA : 6º Sala Civil MORDAZA : 7º Sala Civil Junio : 8º Sala Civil MORDAZA : 1º Sala Civil Agosto : 2º Sala Civil Setiembre : 3º Sala Civil Octubre : 4º Sala Civil Noviembre : 5º Sala Civil Diciembre : 6º Sala Civil Articulo Segundo.- En caso que el Vocal a que se refiere el articulo primero no pudiera intervenir por abstencion, excusa o recusacion debidamente comprobada y aceptada, se procedera a llamar al magistrado de la Sala competente que precede en antiguedad al llamado por ley. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto toda disposicion administrativa que contravenga la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,

" En defecto de lo anterior, llama a los Vocales de la misma especialidad de otras MORDAZA, si lo hubiera y luego de las MORDAZA de otra especialidad, siempre empezando por el menos antiguo, en el orden de prelacion que establece el Consejo Ejecutivo correspondiente".

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ORGANOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncias de fiscales de los Distritos Judiciales de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 002-2009-MP-FN-JFS MORDAZA, 9 de enero de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: La renuncia presentada por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular del Distrito Judicial de Lambayeque; Que, por Acuerdo Nº 1377 adoptado en Sesion Extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 30.12.2008, se acepto por unanimidad la renuncia presentada por la mencionada Fiscal, al MORDAZA de lo establecido en el articulo 23º de la Constitucion Politica del Estado. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico y estando a lo establecido en el Acuerdo MORDAZA mencionado. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Fiscal Superior Titular del Distrito Judicial de Lambayeque. Articulo Segundo.- Remitir la presente resolucion a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura para la cancelacion del titulo respectivo. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a la Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, a la Gerencia Central de Recursos Humanos, a la Gerencia de Registro de Fiscales y a la interesada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 299786-1 RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 003-2009-MP-FN-JFS MORDAZA, 9 de enero de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: La renuncia presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular, actualmente

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