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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de enero de 2009 388239 TÍTULO III DE LAS RELACIONES COMERCIALES, CONTINUIDAD DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO Y DESTINO DE LOS INGRESOS Artículo 7º.- Las relaciones comerciales que surjan entre la empresa aseguradora y los asegurados como consecuencia de la suscripción de los contratos de microseguros, se sujetarán a las normas de la SBS como ente regulador y supervisor competente. Artículo 8º.- Las EPS se abstendrán de interrumpir y/o condicionar la prestación y/o restablecimiento de los servicios de saneamiento en caso de incumplimiento en el pago de los conceptos correspondientes por microseguros. De igual manera las EPS no podrán condicionar el refi nanciamiento y/o reprogramación de las deudas generadas por el suministro de los servicios de saneamiento al pago, refi nanciamiento y/o reprogramación de las deudas generadas por los servicios de microseguros. Artículo 9º.- Los ingresos que perciba la EPS como consecuencia de la autorización a que se refi ere el artículo 3º del presente procedimiento operativo, serán utilizados exclusivamente para cubrir los costos de explotación, inversiones y gastos asociados a la prestación del servicio de saneamiento, no pudiendo utilizarlos para gastos corrientes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Si luego de transcurrido el plazo de treinta (30) días de presentada la solicitud por parte de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento el Consejo Directivo de SUNASS no emitiera pronunciamiento, dichas entidades considerarán que su solicitud ha sido denegada. Segunda.- Para todos los efectos, la solicitud de autorización deberá considerarse como una petición de gracia, no cabiendo la interposición de recurso impugnatorio alguno de conformidad con lo normado en el artículo 112º de la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. Tercera.- El trámite de las solicitudes de autorización que se encuentren en curso a la fecha de publicación de esta resolución deberá adecuarse a los alcances de la misma, concediéndose un plazo de treinta (30) días hábiles bajo apercibimiento de declararse su improcedencia. Cuarta.- Los ingresos que perciban las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento por los conceptos aprobados por SUNASS en mérito al presente procedimiento operativo, serán considerados para fi nes del cálculo del aporte por regulación normado en el artículo 10º de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos - Ley Nº 27332. Regístrese y publíquese. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente del Consejo Directivo 299544-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nombran Martilleros Públicos a Nivel Nacional ZONA REGISTRAL N° IX - SEDE LIMA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 009-2009-SUNARP-Z.R.N° IX/JEF Lima, 8 de enero de 2009 VISTOS, la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Nº 206-2005-SUNARP/ SN de fecha 10 de agosto de 2005, la Resolución Jefatural N° 1042-2008-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF del 10 de octubre de 2008, modifi cada por Resolución Jefatural N° 1175-2008-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF del 19 de diciembre de 2008, la Convocatoria para el Proceso de Evaluación de Postulantes a Martilleros Públicos a Nivel Nacional de fecha 15 de octubre de 2008 y el Ofi cio N° 15-2008- SUNARP-Z.R.N°IX/COM.MART del 23 de diciembre de 2008; CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Nº 206-2005- SUNARP/SN publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 10 de agosto de 2005, se designó a la Zona Registral Nº IX, como el Órgano Desconcentrado a cargo del Registro de Martilleros Públicos. Segundo: Que, mediante Resolución de Vistos, modifi cada por Resolución Jefatural N° 1175-2008- SUNARP-Z.R.N°IX/JEF del 19 de diciembre de 2008, se designó la Comisión a cargo de conducir el segundo procedimiento de Evaluación de los Postulantes a Martilleros Públicos, la misma que fue conformada por el Gerente de Propiedad Inmueble, abogado Edgar Alberto Pérez Eyzaguirre, quien en representación de Jefatura actuó como Presidente, el Gerente de Bienes Muebles, abogado Víctor Hugo Rodríguez Mendoza, el Gerente Registral (e), abogado Remigio Aparicio Rojas Espinoza y el Asistente Registral de la Gerencia de Bienes Muebles, Emilio Eleazar Daniel-Leyva Tovar en calidad de Secretario Técnico. Tercero: Que, mediante publicación en el Boletín del Diario Ofi cial El Peruano de fecha 15 de octubre de 2008, se convocó a todos los interesados a participar en el Proceso de Evaluación de Postulantes a Martilleros Públicos a Nivel Nacional. Cuarto: Que, mediante aviso publicado en el Boletín del Diario Ofi cial El Peruano de fecha 04 de diciembre de 2008, se dio a conocer la relación de los postulantes actos y la convocatoria para el Examen el 13 de diciembre de 2007. Quinto: Que, mediante Ofi cio de Vistos, cuyo texto forma parte de la presente resolución, según lo previsto por el artículo 6.2 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Presidente de la acotada Comisión eleva a esta Jefatura los resultados del proceso de evaluación de postulantes a Martilleros Públicos, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21° del Reglamento para la Evaluación de Postulantes a Martilleros Públicos, aprobado por Resolución N° 1364- 2006-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF del 29 de diciembre de 2006. Sexto: Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 86º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2002-JUS, el artículo 32º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema Nº 135- 2002-JUS, el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos del Sistema Nacional de los Registros Públicos, la Resolución de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 083-2007-SUNARP-SN del 07 de marzo de 2007, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 10 de marzo de 2007 y la Resolución Jefatural N°1042-2008-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF del 10 de octubre de 2008. SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR a partir de la fecha, Martilleros Públicos a Nivel Nacional, a los postulantes aptos que aprobaron el procedimiento de evaluación, que a continuación se detalla: N° POSTULANTE 1 ALARCON GONZALES, BRIGTHE DEL ROCIO EDELMIRA 2 ARIAS GALLEGOS, ANGEL RUBEN 3 CAMACHO FERNANDEZ, SUJEILY ENITH 4 CANALES GALLEGOS, JOSE ANGELO 5 CORNEJO BARRAGAN, OSCAR RONALD 6 DIAZ COAQUIRA, RENEE SALOMON