Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2009 (16/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de enero de 2009

Primera Disposicion Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 1090; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento Apruebase el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1090 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, modificada por Ley Nº 29317, el mismo que consta de catorce (14) Titulos, cuarenta y siete (47) Capitulos, cuatrocientos treinta y cuatro (434) articulos, trece (13) Disposiciones Complementarias y ocho (8) Disposiciones Transitorias, y que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Transferencia de funciones Atendiendo a lo senalado en el Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM, el ejercicio de las funciones a cargo de la Autoridad Regional Forestal y de Fauna MORDAZA consideradas en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1090 que se aprueba, estara sujeta a la culminacion del MORDAZA de transferencia de funciones en materia forestal y de fauna MORDAZA a los Gobiernos Regionales. En tanto se culmine el MORDAZA de transferencia, dichas funciones seran ejecutadas por la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de enero del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1090 QUE APRUEBA LA LEY FORESTAL Y DE FAUNA MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Capitulo I Principios Generales Articulo 1.- Principios Son principios orientadores de la actividad forestal y de fauna MORDAZA, los siguientes: a. El aprovechamiento integral del bosque y el uso sostenible de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, los servicios ambientales que estos proveen, asi como su valorizacion progresiva. b. El manejo de los recursos teniendo en cuenta criterios ambientales, economicos y sociales. c. La promocion de la inversion para alcanzar la eficiencia y competitividad en la cadena productiva del aprovechamiento de los recursos forestales y de fauna MORDAZA y el desarrollo industrial. d. La reposicion de los recursos de MORDAZA y fauna MORDAZA, que por diferentes motivos sufran alteraciones importantes con relacion a su estado natural. e. La conservacion de la diversidad biologica, MORDAZA de agua y stocks de carbono. f. El mantenimiento del equilibrio ecologico y ambiental de las formaciones vegetales naturales y de las poblaciones de fauna silvestre. g. La prevencion de los impactos ambientales a fin de evitar la degradacion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, asi como la adopcion de medidas de mitigacion, recuperacion, restauracion o eventual compensacion, cuando corresponda.

h. El respeto de los derechos de los pueblos indigenas y de los sistemas tradicionales de manejo sostenible de los recursos de MORDAZA y fauna silvestre. i. El bienestar y desarrollo socioeconomico de los trabajadores forestales y de las poblaciones vinculadas con los recursos de MORDAZA y fauna silvestre. j. La gestion, administracion, y supervision de los recursos forestales y de fauna MORDAZA de manera desconcentrada y descentralizada, de tal manera de mejorar su eficiencia y eficacia en el campo. k. La participacion de los Gobiernos Regionales y locales, del sector empresarial privado y de la ciudadania en general, en la toma de decisiones, el financiamiento, la fiscalizacion y en los beneficios de la actividad, de manera descentralizada. l. El acceso a la informacion y la responsabilidad funcional de los servidores publicos. m. El diseno y aplicacion de las politicas publicas forestales y de fauna MORDAZA en MORDAZA con las politicas nacionales, normas, procedimientos, herramientas e informacion, sobre la base de responsabilidades claramente definidas, seguridad juridica y transparencia. n. La simplificacion y celeridad administrativa. o. La gobernanza, la prevencion y la precaucion ambiental. Articulo 2.- Objetivos de la Gestion Sostenible Son objetivos de la gestion sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre: a. Promover el adecuado conocimiento de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, y la puesta en valor de estos para su mejor aprovechamiento y conservacion. b. Promover la adecuada planificacion y gestion para el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, asegurando su conservacion, tomando en cuenta los criterios e indicadores de sostenibilidad y fomentando la reposicion de los recursos de MORDAZA y fauna MORDAZA, entre otras medidas. c. Fomentar, a traves de un modelo participativo, las actividades forestales y de fauna MORDAZA que contribuyan al desarrollo y bienestar integral de las poblaciones a nivel local y regional. d. Permitir a traves de las distintas modalidades de manejo y aprovechamiento el acceso a los recursos forestales y de fauna MORDAZA para generar beneficios economicos, sociales y ambientales. e. Aumentar la oferta diversificada y el desarrollo de mercados de los recursos y productos forestales y de fauna silvestre. f. Incentivar las iniciativas que promuevan la conservacion de los ecosistemas, sujetos al aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre. g. Promover la investigacion forestal, agroforestal, agrosilvopastoril y de fauna MORDAZA, la formacion de recursos humanos y la transferencia de conocimientos. h. Contribuir a la proteccion, conservacion, rehabilitacion y a la gestion integrada de las cuencas hidrograficas. i. Promover el desarrollo de la conciencia ciudadana respecto a la gestion sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre. j. Fortalecer la institucionalidad descentralizada y participativa para la gestion forestal y de la fauna silvestre. k. Fortalecer el derecho de acceso a la informacion forestal y de fauna MORDAZA de forma adecuada y oportuna mediante normas y actividades. l. Contribuir al manejo, aprovechamiento sostenible, la transformacion generando valor agregado, de los recursos forestales y de fauna MORDAZA y su comercializacion en el MORDAZA nacional e internacional. Capitulo II Definiciones y Abreviaturas Articulo 3.- Definiciones Para los efectos del presente Reglamento, se define como:

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