Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2009 (16/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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Articulo 15º.- Autoridades Competentes a. La Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, esta a cargo del SNIC, en su calidad de ente rector del mismo, siendo responsable de su diseno, implementacion, manejo, conduccion, supervision y operacion a nivel nacional. b. La Autoridad Regional Forestal y de Fauna MORDAZA, sera la encargada de operar, registrar y disponer de la informacion de caracter regional. c. El OSINFOR sera el encargado de registrar y disponer de la informacion del ambito de su competencia. Articulo 16.- Acceso a la Informacion La informacion contenida en el SNIC, estara a disposicion de las entidades publicas privadas y publico en general en el MORDAZA de las normas de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica- Ley Nº 27306 Articulo 17º.- Componentes del SNIC El SNIC esta conformado por tres componentes: a. Sistema de Informacion Forestal y de Fauna MORDAZA, b. Sistema Nacional de Control Forestal, y c. Sistema Nacional de Control de Fauna Silvestre. Articulo 18º.- Implementacion del SNIC La Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA aprueba las directivas para su operacion e implementacion a nivel nacional. El Ministerio de Economia y Finanzas facilitara a la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA los recursos economicos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente articulo. Articulo 19º.- Cumplimiento de normas y directivas Los Gobiernos Regionales, OSINFOR, el Ministerio del Ambiente, los titulares de derechos de aprovechamiento, y demas usuarios del SNIC, deben cumplir obligatoriamente con las normas legales vigentes y las directivas que emita la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA respecto al uso del sistema. Capitulo V De los Procedimientos Administrativos en Materia Forestal y de Fauna MORDAZA Articulo 20º.- Normatividad aplicable Los procedimientos administrativos que se siguen ante las entidades publicas competentes en materia forestal y de fauna MORDAZA se rigen por las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1090- Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, asi como por la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 21º.- Obligaciones adicionales de la administracion publica forestal y de fauna MORDAZA Ademas de las obligaciones que sus normas internas le senalan, los organismos administradores de recursos forestales y de fauna MORDAZA, en todos sus niveles, incluyendo el nivel nacional, deben: a. Rendir cuentas publicas de su gestion a traves de procesos de consulta y publicacion de memoria anual. b. Brindar de forma adecuada y oportuna informacion permanente, actualizada y confiable que permita la toma de decisiones por los usuarios. c. Adoptar medidas de simplificacion administrativa, tales como la ventanilla unica y el diseno de formatos sencillos y facilmente manejables, que contribuyan al eficiente cumplimiento de las normas vigentes. d. Adoptar las medidas administrativas de adecuacion organizacional y asignacion presupuestal, que permitan la construccion permanente de capacidades publicas y privadas para la conservacion y manejo sostenible de todos los tipos de bosque que constituyen el Patrimonio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.

TITULO III DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO FORESTAL Y DE FAUNA MORDAZA Capitulo I Disposiciones Generales Articulo 22º.- Elaboracion y aprobacion El Plan Nacional de Desarrollo Forestal y de Fauna MORDAZA establece las prioridades, programas operativos y proyectos a ser implementados, es elaborado por la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, con la activa participacion de representantes del sector publico y privado. El plan es aprobado mediante Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y refrendado por el Ministro de Agricultura. El Plan Nacional de Desarrollo Forestal y de Fauna MORDAZA, constituye la herramienta de gestion del sector forestal y de fauna silvestre. Orienta el desarrollo de politicas, programas y proyectos tendientes a impulsar el desarrollo sostenible forestal y de fauna MORDAZA, teniendo como base la Estrategia Nacional de Desarrollo Forestal vigente y en el MORDAZA de una vision compartida de los actores involucrados. El Plan Nacional de Desarrollo Forestal, tiene vigencia de veinte (20) anos, es evaluado y revisado cada cinco (5) anos, para efectuar los ajustes que resulten necesarios. Los Planes Regionales de Desarrollo Forestal y de Fauna MORDAZA aprobados por la Autoridad Regional Forestal y de Fauna MORDAZA deberan elaborarse en el MORDAZA del Plan Nacional de Desarrollo Forestal y de Fauna Silvestre. Articulo 23º.- Contenido El Plan incluye, entre otros, los siguientes aspectos: a. Diagnostico de la situacion del sector forestal y de fauna MORDAZA a nivel nacional y regional; b. Ordenamiento de uso de la tierra referido al ordenamiento forestal; c. Programa Nacional de Prevencion y Control de la Deforestacion; d. Programa Nacional de Reforestacion; e. Programa Nacional de Prevencion y Control de Incendios Forestales y Plagas Forestales; f. Programa Nacional de Fauna Silvestre; g. Programa Nacional de lucha contra la MORDAZA y comercio ilegal. h. Programas de educacion, extension, capacitacion y asistencia tecnica, forestal y de fauna silvestre; i. Programa de investigacion forestal y de fauna silvestre; j. Programa de MORDAZA y tendencias de productos maderables, no maderables y de fauna silvestre; k. Actividades de coordinacion interinstitucional e intersectorial; l. Mecanismos de monitoreo y evaluacion; y, m. Propuesta para lograr competitividad en los mercados interno y externo, en el corto, mediano y largo plazo. Articulo 24º.- Estrategia de implementacion La Estrategia para la implementacion del Plan Nacional de Desarrollo Forestal y de Fauna MORDAZA, entre otros, considera: a. Asignacion de recursos humanos, fisicos y economicos; b. Mecanismos de participacion y coordinacion; c. Actividades especificas programadas para cada componente del Plan Nacional de Desarrollo Forestal y de Fauna Silvestre; d. Mecanismos de monitoreo para el cumplimiento de las metas y evaluacion de resultados; e. Gestion descentralizada; f. Fomento a la organizacion y formalizacion de los actores involucrados, coordinando con la autoridad competente la erradicacion del trabajo forzoso. g. Fomento al desarrollo de capacidades; y

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