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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2009 (25/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de enero de 2009 389303 Que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Zonal IX, mediante Esquela de Observación de fecha 19 de Noviembre de 2008, respecto a la Resolución de Gerencia Nº901-2008-GDU/MDSM, se señala que adolece de defecto subsanable, siendo objeto de las siguientes observaciones: PLANOS. Revisados los Planos adjuntos al presente Título, se advierte que los mismos no contienen Cuadro de Datos Técnicos, a efectos de la verifi cación de su adecuación a los antecedentes registrales correspondientes a las Partidas Nº11741892, Nº11741901, Nº11741904 materia de inscripción de Planeamiento Integral y Habilitación Urbana Nueva. Deberá por lo tanto nuevos planos que contengan dicho requisito. SERVIDUMBRES DE PASO: Revisada la partida registral Nº11741892 correspondiente a la Parcela 2A, se advierte que se encuentra afecta a dos servidumbres de paso inscritas en los asientos D000007 y D00008, sin embargo revisados los planos presentados, no es posible visualizar la ubicación de dichas servidumbres en tanto que no están grafi cadas, por lo que, una vez se adjunte los planos subsanatorios antes mencionados, se enviará al Area de Catastro a efecto de su determinación de ubicación a efectos de realizar el correcto traslado de esos gravámenes a las (s) partida (s) que se genere (n) como consecuencia de la inscripción solicitada (recuérdese que en la Parcela 2A aludida se ha dispuesto la aprobación de dos Manzanas: A y B que eventualmente generarán partidas provisionales individuales). DISCREPANCIA Del considerando 7 de la Resolución Nº902-GDU/ MDSM de fecha 22 de Octubre de 2008, se advierte la inexistencia de restos arqueológicos sobre un área de 59,798.11 m2 y la existencia de una huaca existente denominada “Huantinamarca” sobre un área de 3,651.49 m2. Sin embargo la suma de ambas áreas dan como resultado un área total de 63,449.60 m2 lo que discrepa del área bruta total correspondiente a la Parcela 2A constituida por 63,456.69 m2. Por lo tanto , deberá aclarar tal discrepancia adjuntando la Resolución Municipal aclaratoria de ser el caso. PROHIBICION DE DISMINUCION O REDENCION EN DINERO DE AREA DE RECREACION PÚBLICA: En el artículo 3 de la Ley Nº29090 se indica expresamente que no podrá disminuirse ni redimirse en dinero los aportes para Recreación Pública. Sin embargo, en la Resolución y planos sobre Planeamiento Integral y en la Resolución y Planos sobre habilitación de la Parcela 2D se establece la redención en dinero por la disminución del área de aporte para RECREACION PUBLICA. Aclarar al respecto mediante Resolución aclaratoria expedida por el Funcionario Municipal responsable por la mencionada disposición. Que con Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica Nº432-2008-GAJ/MDSM de fecha 28 de Noviembre de 2008, opina que las Resoluciones de la Gerencia de Desarrollo Urbano que importen a la Parcela 2A, deberán ser modifi cadas en el extremo a las servidumbres de paso. Que con Informe de la Subgerencia de Fiscalización Urbana y Catastro Nº363-2008-SGFUC-GDU/MDSM, de fecha 01 de Diciembre de 2008, concluye que a fi n de levantar las observaciones de los Registros Públicos – Zonal IX, deberá notifi carse al Administrado para que presente los siguientes documentos: a. Partidas Registrales completas de las Parcelas 2A, 2C y 2D b. Plano de Lotización y vías del Planeamiento Integral de las 3 Parcelas.(*) c. Plano de Lotización y vías de la Parcela 2A (*) d. Plano de Lotización y vías de las Parcelas 2C y 2D. Asimismo deberá solicitar pronunciamiento del INC, respecto de discrepancia de área de inexistencia arqueológica en la Parcela 2A. . Que con fecha 10 de Diciembre de 2008, la Compañía San José Perú S.A.C., en atención a la Carta Nº384-2008-SGFUC- GDU/MDSM, ha cumplido con presentar los documentos solicitados, de los cuales se desprende lo siguiente: - Se ha incorporado a la documentación técnica (Plano y Memoria Descriptiva), el cuadro de datos técnicos de la Parcela 2A, que forma parte del Planeamiento Integral . - Se ha grafi cado en la documentación técnica (Plano) los Pasos de Servidumbre inscritas en los asientos D00007 y D00008 de la Partida Electrónica Nº11741892. - Ha cumplido con presentar Resolución Directoral Nacional Nº1750/INC, de fecha 02 de Diciembre de 2008, en el que se aclara que el área de inexistencia de restos arqueológicos que debe indicarse es de 59,805.10 m2, en lugar de 59,798.11 m2, que indicaba el Certifi cado de Inexistencia de restos arqueológicos Nº2008-285 , de fecha 24 de Julio de 2008. - Para las Habilitaciones Urbanas Tipo 5, le corresponde un 8% para Recreación Pública y un 2% para el Ministerio de Educación. Ha cumplido con presentar en la documentación técnica (Plano y Memoria Descriptiva), de los aportes que le corresponden a la Parcela 2A, de acuerdo a la Ordenanza Nº836-MML. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR lo ajustes y precisiones al Plano Nº6A-2008-HU-SGFUC-GDU/ MDSM, que forma parte de la presente Resolución, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº29090 y su reglamento, así como las aclaraciones solicitadas por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos mediante Esquela de Observación Nº2008-285 , de fecha 24 de Julio de 2008. Articulo Segundo.- MODIFIQUESE el contenido del artículo Segundo de la Resolución Nº902-GDU-MDSM de fecha 22 de Octubre de 2008, de acuerdo a los siguientes Cuadros: CUADRO DE AREAS DE LA PARCELA 2A: Área Bruta Total : 63,456.69 m2 Área de Otros Usos (zona arqueológica) : 3,651.59 m2 Área Habilitable sujeta a Aportes : 59,805.10 m2 CUADRO DE AREA UTIL Área de Vivienda : 41,095.90 m2 Area para Vías : 10,906.11 m2 Area de aporte a Recreación Pública : 7,803.09 m2 * Area de aporte al Ministerio de Educación : 0.00 m2 * Total : 59,805.10 m2 CUADRO DE MANZANAS URBANAS: MZ-A, Lt-1 : 29,835.48 m2 Mz-B, Lt-2 : 11,260.42 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS Aportes Ord. 836-MML % Proyecto Défi cit Superávit Recreación Pública 4,784.41 m2 (8%) 7,803.09 m2 0.00 m2 3,018.68 m2 (*) Ministerio de Educación 1,196.10 m2 (2%) 0.00 m2 1,196.10 m2 (**) (**) Para las Habilitaciones Urbanas tipo 5, corresponde un 2% de aporte para el Ministerio de Educación (1,196.10 m2), existiendo un défi cit de 1,196.10 m2.. El défi cit de aporte será redimido en dinero previo a la Recepción de las Obras de Habilitación Urbana. (*) El aporte para Recreación Pública de 7,803.09 m2 correspondiente a las 3 Parcelas, se ubicará físicamente en la Parcela 2A (Ficha Registral Nº11741892), alrededor del área de Usos Especiales (Zona Arqueológica). El superávit de Recreación Pública de 3,018.68 m2, que presenta la Parcela 2A, se distribuirá de la siguiente manera: 1,200.04 m2 para la Parcela 2C y 1,818.54 m2 para la Parcela 2D. Artículo Tercero.- RATIFICAR los demás extremos de la Resolución de Gerencia Nº902-GDU-MDSM de fecha 22 de Octubre de 2008. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANA VICTORIA DIAZ BOZA Gerente Gerencia de Desarrollo Urbano 304369-5