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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de enero de 2009 389296 Base.- Posterior a la capa anterior deberá colocarse una capa de base afi rmada de 0.15 m. de espesor compactado que contenga proporciones adecuadas de material grueso (con diámetros máximos de 1 1/2 “), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la densidad proctor modifi cado de laboratorio para un índice de C.B.R., mínimo, de 80°. Carpeta asfáltica.- Posterior a la capa anterior se colocará una carpeta asfáltica de mezcla en caliente de 0.05 m. Sardineles.- En ambos lados de la calzada, confi nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad fc= 175 Kg/ cm2, y de dimensiones de 0.15 x 0.30 m. Rampas peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE-U 190 “ADECUACION URBANÍSTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD”, aprobada por Resolución Ministerial N° 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001. OBRAS SANITARIAS: Para la instalación de redes de instalación sanitaria, deberá elaborarse un proyecto de instalación de redes complementarias, coordinando los aspectos técnicos con el Equipo de Proyectos de SEDAPAL. (Folios 31 y 32). ELECTRICIDAD: Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al Proyecto que apruebe la empresa concesionaria EDELNOR debiendo poner en conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas, teniendo en cuenta lo siguiente: - Si fuese necesario otorgar terrenos requeridos para la construcción de subestaciones y los derechos de servidumbre que correspondan. - Considerar los lineamientos en la Ley de Concesiones Eléctricas Nº25844 y su Reglamento, Código Nacional de Eléctricas y demás normas vigentes. INSTALACIONES TELEFONICAS: Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Planta Externa de Telefónica del Perú S.A.A. de dicha Compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Compañía San José Peru S.A.C., la construcción de las viviendas de un Conjunto Residencial de conformidad con la Habilitación Urbana Tipo 5 con construcción simultánea, previa obtención de la Licencia de Obra expedida por la Municipalidad Distrital de San Miguel. Artículo Cuarto.- ACEPTAR la redención en dinero y disponer la cancelación de défi cit de aporte para el Ministerio de Educación correspondiente a un área de 1,196.10 m2, de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza 836-MML., hasta antes de la expedición de la Resolución que aprueba la Recepción de Obras de Habilitación Urbana. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a San José Perú S.A.C., para su conocimiento y fi nes. Artículo Sexto.- OFICIAR a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP para su inscripción en la Partida N° 11741892 del Registro de Predios, Zonal IX de Lima, al Ministerio de Educación y a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento . Artículo Sétimo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano “, a cargo del interesado del predio materia de la Habilitación Urbana Nueva, en un plazo no mayor a (30) días calendario contados a partir de la notificación de la presente. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Fiscalización Urbana y Catastro, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase ANA C. VARGAS SCHMITT Gerente (e) Gerencia de Desarrollo Urbano 304369-2 RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 903-GDU/MDSM San Miguel, 22 de octubre de 2008 LA GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTO: El Expediente Nº 05085-2008, seguido por la Compañía San José Perú S.A.C. y como representante legal don Fernando Hurtado de Mendoza Pomar, identifi cado con D.N.I. Nº 10805909, por el que solicita la aprobación de la Habilitación Urbana Nueva, tipo 5 con construcción simultánea, para uso Residencial de Densidad Alta del terreno con un área de 15,000.53 m2, califi cado como Zona Residencial de Densidad Alta (RDA), constituido por la Parcela 2C, colindante a la Parcela 2A y 2D, jurisdicción del distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de julio de 2008, San José Perú S.A.C. y como representante legal don Fernando Hurtado de Mendoza Pomar, identifi cado con D.N.I. Nº 10805909, por el que solicita la aprobación de la Habilitación Urbana Nueva , para uso Residencial de Densidad Alta, seguido mediante Expediente N° 05085-2008, correspondiente al terreno de 15,000.53 m2, constituido por la Parcela 2C, califi cada como Residencial de Densidad Alta (RDA), ubicada colindante a la Parcela 2A y 2D, jurisdicción del distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Que, mediante Informe N° 341-2008/GAJ/MDSM de fecha 24 de setiembre de 2008, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que San José Perú S.A.C. tiene debidamente acreditada su personería, poderes en la Partida Registral N° 11683190 y el título de dominio del terreno de 15,000.53 m2, constituido por la Parcela 2C, inscrito en la Partida Registral N° 11741901, del Registro de Predios de Lima (Folios 04 al 08, 12, 103 y 104). Que, con Informe N° 281-2008/SGFUC/GDU/MDSM de fecha 24 de setiembre de 2008, e Informe Técnico Nº 05-2008-HU-SGFUC-GDU/MDSM, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Urbana y Catastro, se ha evaluado técnica y administrativamente el Expediente N° 05085-2008, opinando por solicitar el pronunciamiento de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas, para su revisión y evaluación respectiva (Folios 105 al 110). Que con Informe Nº 293-2008-SGFUC-GDU/MDSM de fecha 29 de setiembre de 2008 (Folios 113 y 114), emitido por la Subgerencia de Fiscalización Urbana y Catastro, refi ere que la Compañía San José Perú SAC. presenta nuevo plano de Planeamiento Integral y Habilitación Urbana de las Parcelas 2A, 2C y 2D, Memoria Descriptiva, Plano de Ubicación, Plano de Lotización y Vías de la Parcela 2A, Estudio de Diagnóstico de la Zona de Infl uencia y Estudio de medición de impactos a la circulación vial, toda vez que la Compañía San José Perú SAC, tiene previsto efectuar la construcción de un Programa de vivienda multifamiliar, con un total de 3,072 Unidades de vivienda, adjuntándose el Informe Técnico Nº 06-HU-SGFUC-GDU/MDSM de fecha 29 de setiembre de 2008 (Folio 115), solicitando se eleve el Expediente Nº 05085-2008 a la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San Miguel para su revisión y evaluación respectiva. Que con Resolución de Gerencia Nº 901-GDU/MDSM, de fecha 21 de octubre de 2008, se resolvió aprobar el Planeamiento Integral del terreno de 101,190.28 m2, constituido por la Parcela 2A ubicada frente a la Avenida Brígida Silva de Ochoa Nº 199 y las Parcelas 2C y 2D colindantes a la Parcela 2A, jurisdicción del distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Que asimismo, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San Miguel, mediante Acuerdo N° 06-2008 de fecha 01 de octubre de 2008, dictaminó favorable la Habilitación Urbana Nueva