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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2009 (25/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de enero de 2009 389298 en proporción 1:2 C/A frotachado fi no, de 0.015 m. de espesor, bruñas cada 1.00 metro, con juntas de 3/4” cada 5.00 metros lineales, compuesta de sello mástico asfáltico arena con asfalto. PISTAS (Calzadas).- Se contempla el siguiente detalle: Subrasantes.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.10 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la densidad proctor modifi cado de laboratorio para un índice C.B.R., mínimo de 20°, las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior deberá colocarse una capa de base afi rmada de 0.15 m. de espesor compactado que contenga proporciones adecuadas de material grueso (con diámetros máximos de 1 1/2”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la densidad proctor modifi cado de laboratorio para un índice de C.B.R., mínimo, de 80°. Carpeta asfáltica.- Posterior a la capa anterior se colocará una carpeta asfáltica de mezcla en caliente de 0.05 m. Sardineles.- En ambos lados de la calzada, confi nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad fc = 175 Kg/cm2, y de dimensiones de 0.15 x 0.30 m. Rampas peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE-U 190 “ADECUACIÓN URBANÍSTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD”, aprobada por Resolución Ministerial N° 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de febrero de 2001. OBRAS SANITARIAS: Para la instalación de redes de instalación sanitaria, deberá elaborarse un proyecto de instalación de redes complementarias, coordinando los aspectos técnicos con el Equipo de Proyectos de SEDAPAL (Folios 31 y 32). ELECTRICIDAD: Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al Proyecto que apruebe la empresa concesionaria EDELNOR debiendo poner en conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas, teniendo en cuenta lo siguiente: - Si fuese necesario otorgar terrenos requeridos para la construcción de subestaciones y los derechos de servidumbre que correspondan. - Considerar los lineamientos en la Ley de Concesiones Eléctricas Nº 25844 y su Reglamento, Código Nacional de Eléctricas y demás normas vigentes. INSTALACIONES TELEFÓNICAS: Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Planta Externa de Telefónica del Perú S.A.A. de dicha Compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la compañía San José Perú S.A.C., la construcción de las viviendas de un conjunto residencial de conformidad con la Habilitación Urbana Tipo 5 con construcción simultánea, previa obtención de la licencia de obra expedida por la Municipalidad Distrital de San Miguel. Artículo Cuarto.- ACEPTAR la redención en dinero y disponer la cancelación de défi cit de aporte para el Ministerio de Educación correspondiente a un área de 300.01 m2, de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 836-MML, hasta antes de la expedición de la Resolución que aprueba la Recepción de Obras de Habilitación Urbana. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a San José Perú S.A.C., para su conocimiento y fi nes. Artículo Séxto.- OFICIAR a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP para su inscripción en la Partida N° 11741901 del Registro de Predios , Zonal-IX de Lima, al Ministerio de Educación y a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento. Artículo Sétimo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo del interesado del predio materia de la Habilitación Urbana Nueva, en un plazo no mayor a (30) días calendario contados a partir de la notifi cación de la presente. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Obras Privadas y Fiscalización Urbana y Catastro, para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANA C. VARGAS SCHMITT Gerente (e) Gerencia de Desarrollo Urbano 304369-3 RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 904-GDU/MDSM San Miguel, 22 de octubre de 2008 LA GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTO: El Expediente Nº 05085-2008, seguido por la Compañía San José Perú S.A.C. y como representante legal don Fernando Hurtado de Mendoza Pomar, identifi cado con D.N.I. Nº 10805909, por el que solicita la aprobación de la Habilitación Urbana Nueva tipo 5, con construcción simultánea, para uso Residencial de Densidad Alta del terreno con un área de 22,733.06 m2, califi cado como Residencial de Densidad Alta (RDA), constituido por la Parcela 2D, colindante a las Parcelas 2A y 2C, jurisdicción del distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de julio de 2008, San José Perú S.A.C. y como representante legal don Fernando Hurtado de Mendoza Pomar, identifi cado con D.N.I. Nº 10805909, por el que solicita la aprobación de la Habilitación Urbana Nueva tipo 5 con construcción simultánea, para uso Residencial de Densidad Alta (RDA), seguido mediante Expediente N°05085-2008, correspondiente al terreno de 22,733.06 m2, constituido por la Parcela 2D, califi cada como Residencial de Densidad Alta (RDA), ubicada colindante a la Parcelas 2A y 2C, jurisdicción del distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, Que, mediante Informe N° 341-2008/GAJ/MDSM de fecha 24 de setiembre de 2008, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que San José Perú S.A.C. tiene debidamente acreditada su personería, poderes en la Partida Registral N° 11683190 y el título de dominio del terreno de 22,733.06 m2, constituido por la Parcela 2D, inscrito en la Partida Registral N°11741904, del Registro de Predios de Lima, Zonal IX – Lima (Folios 04 al 08, 14, 103 y 104). Que, con Informe N° 281-2008/SGFUC/GDU/MDSM de fecha 24 de setiembre de 2008, e Informe Técnico Nº05-2008-HU-SGFUC-GDU/MDSM, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Urbana y Catastro, se ha evaluado técnica y administrativamente el Expediente N°05085-2008, opinando por solicitar el pronunciamiento de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas, para su revisión y evaluación respectiva (Folios 105 al 110). Que con Informe Nº 293-2008-SGFUC-GDU/MDSM de fecha 29 de setiembre de 2008 (Folios 113 y 114), emitido por la Subgerencia de Fiscalización Urbana y Catastro, refi ere que la Compañía San José Perú SAC. presenta nuevo plano de Planeamiento Integral y Habilitación Urbana de las Parcelas 2A, 2C y 2D, Memoria Descriptiva, Plano de Ubicación, Plano de Lotización y Vías de la Parcela 2A, Estudio de Diagnóstico de la Zona de Infl uencia y Estudio de medición de impactos a la circulación vial, toda vez que