Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2009 (27/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de enero de 2009

Las unidades administrativas realizan la certificacion del credito presupuestario en gasto de bienes, servicios, capital y personal. Para tal efecto, la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en la entidad, dicta los procedimientos y lineamientos que considere necesarios, referidos a la informacion, documentos y plazos que debera cumplir la unidad administrativa para llevar a cabo la certificacion". Modificacion del articulo 14º numeral 14.1 "Articulo 14º.- Registro y MORDAZA de la Informacion de Ejecucion Trimestral (...) 14.1 Las ETEs deben efectuar el registro de la Ejecucion presupuestaria en el "Sistema de Informacion Financiera Presupuestal-ETEs", disponible en la siguiente pagina web: http://apps2.mef.gob.pe/mppetes/index.jsp". Modificacion del articulo 23º numeral 23.3 literales c) primer parrafo y e): "Articulo 23º.- Lineamientos especificos para las Modificaciones Presupuestarias (...) 23.3 (...) c) En el caso de las OPDs pertenecientes a los Gobiernos Regionales y a los Gobiernos Locales diferentes a la administracion tributaria, la Partida del Gasto 2.1.1. "Retribuciones y complementos de efectivo" no puede habilitar otras partidas del Gasto, ni ser habilitada salvo en el caso de las habilitaciones que se realicen dentro de la indicada partida entre actividades y/o proyectos. (...) e) La partida del gasto 2.1.1 "Pensiones " no podra ser habilitador". Modificacion del articulo 24º: Articulo 24º.- Aprobacion de las Modificaciones Presupuestarias "24.1 La aprobacion de las modificaciones presupuestarias en el nivel Institucional que impliquen transferencias de partidas, son aprobadas mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, segun sea el caso. 24.2 La aprobacion de creditos suplementarios se realiza mediante Resolucion del Titular de la Entidad (ver Modelo Nº 02/ETES) y se formalizan a traves de Decreto Supremo, conforme a lo dispuesto en el articulo 42º, numeral 42.3 de la Ley General. 24.3 Las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, se aprueban mediante Resolucion del Titular de la Entidad o Acuerdo de Directorio, segun corresponda (ver Modelo Nº 03/ETES), a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. 24.4 En aquellos casos que la modificacion sea aprobada por Acuerdo de Directorio, este debe contener el desagregado que senala el articulo 1º de los modelos en referencia." Modificacion del articulo 38º: "Articulo 38º.- Documentos de Gestion : CAP y PAP En concordancia con lo senalado en los articulos 14º y 15º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el Cuadro de Asignacion de Personal - CAP es aprobado mediante Resolucion del Titular de la Entidad previo informe de la Oficina de Presupuesto y Planificacion o la que haga sus veces en la Entidad". Modificacion del articulo 44º : "Articulo 44º.- Coordinaciones y Consultas Cualquier informacion o consulta, comunicarse a los siguientes telefonos o direcciones electronicas:

Direccion de Presupuesto de ETEs Central Telefonica: 311-5930, Anexo 2263 Linea Directa: 626-9932 Direcciones electronicas: mcuellar@mef.gob.pe gmelendez@mef.gob.pe icaro@mef.gob.pe jespinoza@mef.gob.pe manselmi@mef.gob.pe jchavez@mef.gob.pe mtejada@mef.gob.pe". Articulo 2º.- Incorporar en el articulo 23º numeral 23.1 como literales e) y f) el siguiente texto: Incorporacion de los literales e) y f) en el articulo 23º numeral 23.1: (...) e) En las modificaciones presupuestarias que aprueben las entidades para el financiamiento de proyectos de inversion publica, se debe tener en cuenta que dichos proyectos hayan sido declarados viables conforme a la normatividad del Sistema Nacional de Inversion Publica. f) La incorporacion de mayores fondos publicos en los casos establecidos en el articulo 42º de la Ley Nº 28411 son incorporados previamente a la ejecucion del gasto y para el cumplimiento de las metas presupuestarias que MORDAZA aprobado la entidad en su presupuesto inicial o MORDAZA creado en el ano. Articulo 3º.- Adecuar la numeracion de los articulos referidos a: "De las denominaciones genericas de los proyectos de inversion", "Coordinaciones y Consultas" y "Disposiciones Reglamentarias" como 43º, 44º y 45º, respectivamente. APENDICE "LINEAMIENTOS PARA LA EJECUCION PRESUPUESTARIA 2009 - ETES" Articulo 1º.- Plazo de MORDAZA de la informacion trimestral La MORDAZA a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico de la informacion trimestral a que hace referencia el articulo 14º de la Directiva Nº 004-2007-EF/76.01, se efectua dentro de los veinte (20) dias de vencido el trimestre, de acuerdo al siguiente cronograma:
Trimestre Primer MORDAZA Tercer MORDAZA Fecha de MORDAZA Hasta el 20 de MORDAZA de 2009 Hasta el 20 de MORDAZA de 2009 Hasta el 20 de octubre de 2009 Hasta el 20 de enero de 2010

Articulo 2º.- Informe de financiamiento para la excepcion de contrato o nombramiento Para efecto de la contratacion o nombramiento de los casos de excepcion establecidos en el articulo 8º de la Ley Nº 29289, la entidad, segun sea el caso, debe contar con la Certificacion del Credito Presupuestario a que hace referencia el articulo 77º numeral 77.2 de la Ley Nº 28411, a efectos de acreditar su capacidad de financiamiento. Articulo 3º.- Gasto total para la Contratacion Administrativa de Servicios - CAS En la identificacion del monto ejecutado durante el ano fiscal 2008 en la contratacion de personas naturales en las Especificas del gasto 27. "Servicios No Personales", 33. "Servicios de Consultoria" y 39. "Otros Servicios de

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