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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (01/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de febrero de 2009 389768 la APN, refi eren que el área acuática ha sido solicitada por XSTRATA PERÚ S.A. para realizar los estudios necesarios para construir una nueva instalación portuaria; Que, asimismo, señalan que el área acuática solicitada, estará delimitada por las siguientes coordenadas: VÉRTICES DEL ÁREA ACUÁTICA COORDENADAS DATUM WGS-84 VÉRTICE UTM Zona 18 Sur GEOGRÁFICAS NORTE ESTE LATITUD SUR LONGITUD OESTE A 8,190,641.128 680,797.026 16º 21’ 31.095” 73º 18’ 26.392” B 8,190,997.117 681,373.487 16º 21’ 19.359” 73º 18’ 7.069” Q` 8,190,788.694 681,502.198 16º 21’ 26.104” 73º 18’ 2.673” P` 8,190,770.280 681,501.062 16º 21’ 26.703” 73º 18’ 2.707” C 8,190,701.133 681,465.157 16º 21’ 28.962” 73º 18’ 3.897” D 8,190,385.877 680,954.655 16º 21’ 39.356” 73º 18’ 21.009” Área total solicitada: 201,414.590 m² Que, el área total solicitada es de 201,414.590 m² (Doscientos Un Mil Cuatrocientos Catorce y 590/1000 metros cuadrados); Que, refi eren además que el Plan Maestro elaborado por XSTRATA PERÚ S.A. cumple con todos los puntos considerados en el Capítulo 9 del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, habiendo sido presentado de acuerdo a lo indicado en los artículos 29°, 30° y 31° del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobada por Decreto Supremo N° 003-2004-MTC y sus modifi catorias, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Portuaria Nacional aprobado por Decreto Supremo N° 016-2005-MTC y sus modifi catorias, concluyendo que resulta viable el otorgamiento de la autorización de uso temporal de área acuática por un período de dos (02) años, de acuerdo a lo solicitado por la peticionaria. Asimismo, se señala que el área acuática a otorgar se encuentra disponible, por lo que no se vulneran derechos de terceros en la zona solicitada; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° del Decreto Supremo N° 041-2007-MTC, de fecha 22 de noviembre de 2007, posteriormente a la aprobación de la autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña, la Autoridad Portuaria Nacional emitirá una liquidación del Derecho de Vigencia Anual, la que deberá ser cancelada por el titular de la autorización en el plazo de ocho (8) días hábiles contados desde su notifi cación; De conformidad con lo establecido en el Ley Nº 29158, Ley Nº 27943, el Decreto Legislativo N° 1022, el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, el Decreto Supremo N° 041-2007-MTC, el Decreto Supremo N° 027-2008-MTC, el Decreto Supremo N° 016-2005-MTC, la Resolución Ministerial N° 061-2008-MTC/01 y la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de la Autorización Temporal de Uso de Área Acuática y Franja Ribereña Otorgar a la empresa XSTRATA PERÚ S.A., una autorización temporal de uso de área acuática, ubicada en la zona de Punta de Pescadores, distrito de Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa, según las siguientes coordenadas DATUM WGS-84: VÉRTICES DEL ÁREA ACUÁTICA COORDENADAS DATUM WGS-84 VÉRTICE UTM Zona 18 Sur GEOGRÁFICAS NORTE ESTE LATITUD SUR LONGITUD OESTE A 8,190,641.128 680,797.026 16º 21’ 31.095” 73º 18’ 26.392” B 8,190,997.117 681,373.487 16º 21’ 19.359” 73º 18’ 7.069” Q` 8,190,788.694 681,502.198 16º 21’ 26.104” 73º 18’ 2.673” P` 8,190,770.280 681,501.062 16º 21’ 26.703” 73º 18’ 2.707” C 8,190,701.133 681,465.157 16º 21’ 28.962” 73º 18’ 3.897” D 8,190,385.877 680,954.655 16º 21’ 39.356” 73º 18’ 21.009” Área total solicitada: 201,414.590 m² Artículo 2º.- Plazo La autorización temporal de uso de área acuática otorgada a la empresa XSTRATA PERÚ S.A. tendrá un plazo de dos (02) años, renovables en aplicación del artículo 30°, literal a), del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2004-MTC, modifi cado por Decreto Supremo N° 041-2007-MTC y Decreto Supremo N° 027-2008-MTC, a solicitud del administrado, la cual deberá presentarse con anterioridad al vencimiento del plazo establecido en la presente Resolución. Artículo 3º.- Obligaciones de la titular La empresa XSTRATA PERÚ S.A. deberá pagar a la Autoridad Portuaria Nacional el derecho de vigencia anual por el uso de área acuática y franja ribereña, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30°, literal a), del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2004- MTC, modifi cado por Decreto Supremo N° 041-2007- MTC y por Decreto Supremo N° 027-2008-MTC, así como cumplir con la legislación nacional vigente, regulaciones internacionales y demás disposiciones que establezca la Autoridad Portuaria Nacional y autoridades competentes para la protección del medio ambiente en el área acuática y/o franja ribereña cuya autorización temporal de uso ha sido aprobada mediante la presente Resolución. Artículo 4º.- Autorizaciones administrativas El derecho de uso de área acuática se aprueba sin perjuicio de las autorizaciones que deba obtener la empresa XSTRATA PERÚ S.A., por parte de otros organismos públicos de acuerdo con las actividades a realizar y de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Artículo 5º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 308103-11 Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 064-2009 MTC/02 Lima, 28 de enero de 2009 VISTOS: El Informe Nº 024-2009-MTC/12 del 19 de enero de 2009, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 011-2009-MTC/12.04 del 14 de enero de 2009 emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de