TEXTO PAGINA: 48
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de febrero de 2009 389770 de abril de 2008, designando a los representantes, titular y alterno, ante la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, resulta necesario dejar sin efecto Resolución Ministerial Nº 301-2008-MTC/03, a fi n de designar a los nuevos representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la referida Comisión Multisectorial; De conformidad con la Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 301-2008-MTC/03 del 02 de abril de 2008. Artículo 2º.- Designar al Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO y al Secretario Técnico del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales. Artículo 3º.- Los funcionarios designados por el artículo precedente deberán llevar a cabo el encargo encomendado de conformidad con la Directiva Nº 001- 2007-MTC/09, aprobada por Resolución Ministerial Nº 001-2007-MTC/09. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, así como a los representantes designados por el artículo 2º. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 307808-1 Modifican la R.D. Nº 192-2007-MTC/12, que otorgó a TACA PERÚ la renovación y modificación de permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 253-2008-MTC/12 Lima, 23 de diciembre de 2008 Vista la solicitud de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU sobre Modifi cación de Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 192-2007- MTC/12 del 18 de setiembre del 2007, modifi cada mediante Resolución Directoral Nº 074-2008-MTC/12 del 14 de mayo del 2008, se otorgó a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, la Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (04) años, contados desde el 24 de mayo del 2007 hasta el 24 de mayo del 2011; Que, con Documentos de Registro Nº 2008-033194 del 15 de agosto del 2008, Nº 2008-033194-A del 21 de agosto del 2008 y Nº 128985 del 13 de noviembre del 2008, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU solicitó la Modifi cación de Permiso de Operación, en el sentido de ampliar las rutas y frecuencias otorgadas; Que, con Memorando Nº 929-2008-MTC/12, Memorando Nº 974-2008-MTC/12, Memorando Nº 1178- 2008-MTC/12 y Memorando Nº 1354-2008-MTC/12, Informe Nº 093-2008-MTC/12.PIO, Informe Nº 101- 2008-MTC/12.PIO, Informe Nº 155-2008-MTC/12.PIO, Memorando Nº 3908-2008-MTC/12.04 e Informe Nº 061- 2008-MTC/12.07.LIC, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil, se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU cuenta con el Certifi cado de Explotador de Servicios Aéreos Nº 009 y sus Especifi caciones de Operación - OPSPECS respectivas; Que, la empresa LAN PERU S.A. mediante documento de Registro Nº 119941 del 24 de octubre del 2008, ha formulado oposición a algunas rutas contenidas en la solicitud de Modificación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo presentada por la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, la misma que fue admitida a trámite en lo que respecta a la ruta LIMA - BUENOS AIRES Y VV., con catorce (14) frecuencias semanales, conforme a lo señalado en el Memorando Nº 1178-2008-MTC/12, sosteniendo como argumentos de su oposición que TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU debía aclarar su pedido indicando si las rutas solicitadas son adicionales o no a las ya otorgadas y; adicionalmente que podría ser procedente la aplicación del numeral 99.1 del artículo 99º de la Ley de Aeronáutica Civil - Ley Nº 27261, que establece que en el caso que los derechos aerocomerciales, rutas y frecuencias existentes sean menores a los que solicitan dos o más empresas aéreas, éstos se asignarán por concurso público; Que, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU mediante documento de Registro Nº 128985 del 13 de noviembre del 2008, ha precisado los términos de su solicitud señalando que la misma está referida a catorce (14) frecuencias semanales en la ruta LIMA - BUENOS AIRES Y VV., en total; Que, conforme se desprende del Acta de Audiencia Pública correspondiente, Informe Nº 101-2008-MTC/12. PIO y Memorando Nº 1354-2008-MTC/12, de acuerdo al marco bilateral existente resultan sufi cientes las frecuencias actualmente disponibles, por lo que no sería de aplicación el numeral 99.1 del artículo 99º de la Ley de Aeronáutica Civil - Ley Nº 27261; por lo que debe declararse infundada la oposición formulada por LAN PERU S.A.; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo“, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car - en el extremo pertinente - el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 192- 2007-MTC/12 del 18 de setiembre del 2007, modifi cada mediante Resolución Directoral Nº 074-2008-MTC/12 del 14 de mayo del 2008, que otorgó a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU la Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación de Servicio Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en los siguientes términos: