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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de febrero de 2009 389771 RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: C) CENTROAMÉRICA Y SUDAMÉRICA: … 3. BRASIL, de conformidad con el “Acta de la XIV Reunión de Consulta entre las Autoridades Aeronáuticas de la República Federativa de Brasil y de la República del Perú”, suscrita con fecha 15 de agosto del 2008, ratifi cada mediante Resolución Ministerial Nº 795-2008-MTC/02, se concede: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - LIMA - SAO PAULO Y/O RIO DE JANEIRO Y VV., con catorce (14) frecuencias semanales. - LIMA - RIO DE JANEIRO Y VV., con hasta siete (07) frecuencias semanales. 4. ARGENTINA, de conformidad con el “Acta de la Reunión de consulta entre Autoridades Aeronáuticas de la República Argentina y de la República del Perú” ratifi cada mediante Resolución Ministerial Nº 816-2005-MTC/02 del 11 de noviembre del 2005, se concede: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - LIMA - BUENOS AIRES Y VV., con catorce (14) frecuencias semanales. … (ADICIONAL A LO AUTORIZADO): 7. PARAGUAY, de conformidad con el “Acuerdo de Transporte Aéreo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Paraguay” suscrito el 06 de julio del 2001, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 065-2001-RE, se concede: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - LIMA - ASUNCION Y VV., con hasta siete (07) frecuencias semanales. Artículo 2º.- Declarar INFUNDADA, la oposición presentada por la compañía LAN PERU S.A. por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 192-2007-MTC/12 del 18 de setiembre del 2007, modifi cada mediante Resolución Directoral Nº 074-2008-MTC/12 del 14 de mayo del 2008, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO LOPEZ MAREOVICH Director General de Aeronáutica Civil 300586-1 Otorgan renovación de permiso de operación de aviación comercial a AIRMAX S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2009-MTC/12 Lima, 8 de enero del 2009 Vista la solicitud de AIRMAX S.A. sobre Renovación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 201-2004- MTC/12 del 15 de diciembre del 2004, se otorgó a AIRMAX S.A. Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga, por el plazo de cuatro (04) años; Que, con Documento de Registro Nº 119784 del 24 de octubre del 2008, AIRMAX S.A. requiere la Renovación de su Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga; Que, según los términos del Memorando N° 1176- 2008-MTC/12, Memorando Nº 1350-2008-MTC/12, Informe Nº 131-2008-MTC/12.PIO, Memorando Nº 4673- 2008-MTC/12.04 e Informe Nº 060-2008-MTC/12.07. LIC, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo“, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, asimismo, según lo establecido en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede otorgar la Renovación del permiso de operación cuando la empresa acredite que mantiene las capacidades necesarias para la realización de sus operaciones y que fueron sustento para el otorgamiento del permiso que solicita renovar; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a AIRMAX S.A., de conformidad a los instrumentos internacionales vigentes y/o el principio de reciprocidad, la Renovación de Permiso de Operación por el plazo de cuatro (04) años contado a partir del 10 de enero del 2009, fecha siguiente al vencimiento de la Resolución Directoral N° 201-2004-MTC/12 del 15 de diciembre del 2004, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo No Regular de carga. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. ZONAS y/o PUNTOS DE OPERACIÓN: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA, CUARTA Y QUINTA LIBERTAD DEL AIRE: PUNTOS EN: CANADA, USA, MÉXICO, PANAMA, COLOMBIA, ECUADOR, VENEZUELA, BRAZIL, GUATEMALA, COSTA RICA, EL SALVADOR, HONDURAS, NICARAGUA, CHILE, ARGENTINA, BOLIVIA, URUGUAY, PARAGUAY, GUYANA, SURINAM, BELICE, BAHAMAS, SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS, ANTILLAS HOLANDESAS, ANTILLAS FRANCESAS, ISLAS CAIMAN, REPUBLICA DOMINICANA, JAMAICA, HAITI