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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de febrero de 2009 389782 Artículo 3°.- AUTORIZAR, a la Ofi cina Regional Lima del INPE para que a través de la Dependencia de Adquisiciones y Contrataciones de su jurisdicción realice la contratación del suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Cañete, de acuerdo al siguiente detalle: Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DÍAS TOTAL S/. 1 CAÑETE 77 374 682,00 TOTAL 374 682,00 Dicha autorización es por el período de setenta y siete (77) días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la situación de desabastecimiento inminente prevista en el artículo precedente, debiéndose efectuar las adquisiciones de alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4°.- DISPONER, que la Ofi cina General de Administración del INPE comunique a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5°.- REMITIR, copias al Órgano de Control Institucional a fi n de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de la situación de desabastecimiento que se aprueba. Artículo 6°.- REMITIR, copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONARDO CAPARROS GAMARRA Presidente Consejo Nacional Penitenciario 307499-1 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 057-2009-INPE/P Lima, 29 de enero de 2009 VISTO, el Ofi cio Nº 066-2009-INPE/18.04 del Subdirector de la Unidad de Administración de la Ofi cina Regional Lima, recibido por Secretaría General del INPE el 27 de enero de 2009, por el cual adjunta el Informe Técnico Nº 005-2009-INPE/18.04-EL de fecha 26 de enero de 2009, emitido por la Unidad de Administración y el Jefe del Equipo de Logística, Informe Legal Nº 007- 2009-INPE/18.03 de fecha 27 de enero de 2009, emitido por la Subdirección de Asesoría Jurídica, relacionado a la declaración de situación de desabastecimiento inminente del suministro de raciones de alimentos preparados para internos, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, e Informe Nº 015-2009- INPE/08 de fecha 28 de enero de 2009 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Técnico Nº 005-2009- INPE/18.04-EL de fecha 26 de enero de 2009, emitido por la Unidad de Administración y el Jefe del Equipo de Logística, Informe Legal Nº 007-2009-INPE/18.03 de fecha 27 de enero de 2009, emitido por la Subdirección de Asesoría Jurídica, la Unidad de Administración, el Jefe del Equipo de Logística y la Subdirección de Asesoría Jurídica de la Ofi cina Regional Lima, respectivamente, refi eren que mediante Resolución Directoral N° 066-2008- INPE/18 de fecha 24 de enero de 2008, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 002: INPE – OFICINA REGIONAL LIMA para el ejercicio fi scal 2008, encontrándose previsto realizar la Licitación Pública Nº 003-2008-INPE/18 “Suministro de Raciones de Alimentos Preparados para el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho”; Que, asimismo indican que se tenía previsto otorgar la buena pro del citado proceso de selección el 23 de diciembre de 2008, pero debido a que las Bases Administrativas fueron observadas, éstas se elevaron al CONSUCODE para su revisión y posterior pronunciamiento, el mismo que lo hizo el 30 de diciembre de 2008 a través del Pronunciamiento Nº 525-2008/DOP, por el cual se acogieron las observaciones, estableciéndose como nueva fecha para el otorgamiento de la buena pro el 21 de enero de 2009; Que, de otro lado informan que a través del Memorando Múltiple N° 002-2009-INPE/07, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del INPE comunica la previsión presupuestal para cubrir los mayores costos de la ración alimenticia, pues de acuerdo con la Sexagésima Sétima Disposición Final de la Ley N° 29289 “Ley de Presupuesto del Sector Público del Ejercicio Fiscal del 2009”, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar una transferencia de la Reserva de Contingencia para cubrir los mayores costos de la ración alimenticia de los internos de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional. Indican además que para realizar sus procesos de adquisición de alimentos preparados, deberán considerar como valor referencial por ración alimenticia la suma de S/. 4.50 nuevos soles por interno y S/. 5.00 nuevos soles por persona que labora 24 X 48 horas; Que, al respecto, refi eren que los procesos de selección de alimentos convocados el 2008 y que se adjudicarán en el año 2009, consideran un monto inferior por ración al indicado en el documento antes citado, por lo que sostienen, que ha sido preciso que la Ofi cina Regional Lima adopté acciones que permitan cubrir la totalidad de la previsión presupuestal para cubrir los mayores costos de la ración alimenticia; Que, bajo ese contexto, mediante Resolución Directoral N° 038-2009-INPE/18 de fecha 13 de enero de 2009, la Ofi cina Regional Lima resuelve cancelar por motivo de fuerza mayor la Licitación Pública N° 003- 2008-INPE/18, convocada en el año fi scal 2008 para el “Suministro de Raciones de Alimentos Preparados para el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho”; Que, mediante Informe Nº 001-2009-INPE/18.04. EL.ADQ.ALIM de fecha 07 de enero de 2009 el responsable de Alimentos de la Ofi cina Regional Lima comunica que el 29 de enero de 2009 vence el Contrato Nº 024-2008-INPE/16 suscrito con la empresa COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A., para el suministro de alimentos preparados del Establecimiento Penitenciario de Lurigancho, motivo por el cual la Ofi cina Regional Lima solicita que se declare el desabastecimiento inminente a partir del 30 de enero de 2009, a fi n de garantizar la continuidad del suministro de alimentos preparados para el citado centro penitenciario; Que, de otro lado, la Ofi cina Regional Lima refi ere que mediante Resolución Directoral Nº 071-2009-INPE/18 de 11fecha 16 de enero de 2009, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de su jurisdicción para el año fi scal 2009, dentro del cual se encuentra incluido el proceso de selección para el suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho; Que, teniendo en cuenta que la Licitación Pública N° 003-2008-INPE/18, convocada en el año fi scal 2008, por los motivos antes expuestos ha sido cancelada por la Ofi cina Regional Lima, además el Contrato Nº 024- 2008-INPE/16, culmina el 29 de enero de 2009, y que la convocatoria para el nuevo proceso de selección de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho aún no se inicia, señalan que se avizora el desabastecimiento inminente de las raciones alimenticias de dicho centro penitenciario, por lo