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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (04/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de febrero de 2009 390232 ACORDÓ: Primero: DECLARAR EN SITUACION DE EMERGENCIA POR 60 DIAS CALENDARIOS, a la Ciudad y Provincia de Jaén, con todo sus distritos, teniendo en cuenta las predicciones del “SENAMHI”, en el cual nos manifi esta que el periodo de lluvias será superior a lo normal para este primer trimestre del año 2009 y por encontrarse sufriendo permanentes y constantes precipitaciones pluviales extraordinarias, las mismas que han causado daños materiales de consideración, tal como se encuentran sustentado en los informes técnico y legal, que forman parte del presente acuerdo. Segundo: DISPONER que las Ofi cinas Administrativas de la Municipalidad Provincial de Jaén, den cumplimiento al presente Acuerdo de Concejo y procedan a ejecutar los actos administrativos que sean necesarios para solucionar la SITUACION DE EMERGENCIA. Tercero: HACER DE CONOCIMIENTO el presente acuerdo a las Unidades Orgánicas respectivas de la Municipalidad Provincial de Jaén, entes gubernamentales e instituciones privadas correspondientes, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME VILCHEZ OBLITAS Alcalde 308161-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Establecen monto por derecho de emisión y distribución de avisos de pago del Impuesto Predial para el Ejercicio 2009 ORDENANZA Nº 003-2009-MDCH Chancay, 21 de enero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión del Concejo de la fecha, como punto de la agenda el Informe Nº 003-2009-MDCH/GATR, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, mediante el cual pone a consideración del Concejo Municipal la Ordenanza que establece el monto por derecho a emisión y distribución de los avisos de pago del impuesto predial para la ejecución del año 2009; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, corresponde al Concejo Municipal la función normativa mediante ordenanza; Que, de conformidad con la Cuarta Disposición Final del D. Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, concordante con el D.S. Nº 156-2004- EF, en el sentido que se indica “Las Municipalidades que brindan el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondiente al año 2009, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos medios no más de 0.4 % de la UIT vigente al 1ro. de enero de cada ejercicio”, la cual ha quedado establecida en S/. 3,550.00 (tres mil quinientos cincuenta nuevos soles) para el año 2009 de acuerdo al D.S. Nº 169-2008-EF; Estando a los fundamentos antes expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación y lectura del acta, se aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: O R D E N A N Z A Artículo Primero.- Establecer el monto por derecho de emisión y distribución de los avisos de pago del Impuesto Predial para el Ejercicio del año 2009, en S/. 14.20 (catorce con veinte nuevos soles) de conformidad con la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 776 y con la parte considerativa de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza, y a la Sub Gerencia de Secretaría General para su publicación. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN ALVAREZ ANDRADE Alcalde 308173-1 Establecen monto mínimo del Impuesto Predial 2009 y aprueban Cronograma de pago de impuestos ORDENANZA Nº 004-2009-MDCH Chancay, 21 de Enero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión del Concejo de la fecha, como punto de la agenda el Informe Nº 004-2009-MDCH/GAT, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, mediante el cual pone a consideración del Concejo Municipal la Ordenanza que establece el monto mínimo anual del impuesto predial 2009 y aprueba el Cronograma de Pago de Impuesto; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia acorde con el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, correspondiendo al Concejo Municipal la función normativa mediante ordenanza; Que, de conformidad con el segundo párrafo del Artículo 13 del D. Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, concordante con el D.S. Nº 156-2004-EF, señala que las Municipalidades están facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial, equivalente al 0.6 % de la U.I.T vigente al Primero de Enero del año al que corresponde el impuesto; Que, en la jurisdicción del Distrito de Chancay, existen predios cuyo valor de la base imponible no asciende a S/. 10,500.00 (Diez mil quinientos con 00/100 nuevos soles) encontrándose por debajo de la Base Imponible para la aplicación del Impuesto, por lo que se hace necesario establecer un monto mínimo para estos casos; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento de pago de Impuestos Municipales para el ejercicio 2009, así mismo los pagos que se efectúen con posterioridad a la fecha señalada estarán sujetos al interés moratorio, de conformidad a lo establecido en Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135- 99-EF. Que, estando a lo expuesto y en virtud a lo establecido en el Art. 13º del D. Leg. 776, Ley de Tributación Municipal Art. 9º numeral 8 del Sub – Capítulo I y Art. 20º numeral 5 del Sub Capítulo I y el Art. 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación y lectura del acta, se aprobó por UNANIMIDAD la siguiente ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL 2009 Y APRUEBA EL CRONOGRAMA DE PAGO DE IMPUESTOS Artículo Primero.- ESTABLECER conforme a lo prescrito en el Art. 13º del Decreto Legislativo Nº 776 para el ejercicio del año 2009, el monto mínimo anual del Impuesto Predial por dicho concepto (0.6 % UIT) la suma de S/. 21.30 (Veintiún nuevos soles con 30/100) estando comprendido