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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de febrero de 2009 390227 1½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un Índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de la tapas de buzones para aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que3 se aplicara previa imprimación de la superfi cie de base de asfalto líquido RC-250. Aceras. Serán de concreto de calidad de fc=175 kg/ cm2, de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuara sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Los radios de los abanicos en las esquinas serán de 6.00 m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo los bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad fc = 175 kg/cm2 y de dimensiones 015 x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de calidad y acabado igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE-U.190 “ADECUACIÓN URBANÍSTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07.02.2001. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados ejecutaran las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesionaria Luz del Sur debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, los interesados deberán coordinar con la gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A. de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales de conformidad con el Art. 14 del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de Mazo de 1985. Artículo Tercero.- DISPONER que los interesados para la aprobación de los proyectos de edifi cación y otorgamiento de Licencia de Obra correspondiente deberán recurrir a la Municipalidad Distrital de Chorrillos. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a los administrados. Artículo Quinto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en copia certifi cada a la Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación de acuerdo a ley. Artículo Sexto.- DISPONER, que quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral – Sede Lima la obligación del propietario de cancelar los défi cits de aportes que serán redimidos en dinero antes de la Recepción de las Obras. Artículo Sétimo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano a cargo de los interesados, dentro de los 30 días siguientes de la fecha de recepción de la misma. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO VALDIVIA ZUÑIGA Gerente de Obras y Desarrollo Urbano 308134-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Disponen adecuar Texto Único de Procedimientos Administrativos al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2009-MDSMP San Martín de Porres, 27 de enero del 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES: VISTO: El Informe Nº 008-2009-GPP/MDSMP de fecha 21 de enero del 2009, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 215-MDSMP (17. ABRIL.2007) publicada el 4 de mayo del 2007, fue aprobado el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, siendo modifi cada con Ordenanza Nº 256-MDSMP (15.OCTUBRE.2008) publicada el 24 de octubre del 2008; Que, el TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres fue aprobado mediante Ordenanza Nº 114-MDSMP (29.OCTUBRE.2004) publicado el 20 de marzo del 2005 y adecuado a la Ley Nº 29060 – del Silencio Administrativo, con Decreto de Alcaldía Nº 021- 2007/MDSMP (31.DICIEMBRE.2007) publicado el 3 de enero del 2008; Que, mediante Informe de Visto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Entidad eleva la propuesta de TUPA adecuado a las normas señaladas en el primer párrafo, propuesta que a su vez incorpora lo especifi cado en los Decretos de Alcaldía Nº 012-2008 – MDSMP publicado el 7 de junio del 2009, Nº 021-2008/ MDSMP publicado el 15 de octubre del 2008 y Nº 028- 2008/MDSMP publicado el 25 de diciembre del 2008; Que, mediante Decreto Supremo Nº 169-2008-EF publicado el 25-12-08, se estableció que el valor de la Unidad Impositiva Tributaria durante el año 2009 será de Tres Mil Quinientos Cincuenta Nuevos Soles (S/. 3,550.00) la misma que está siendo considerada en la adecuación del TUPA para expresar los montos de los derechos que contiene; Que, con Informe Nº 033-2009-GAJ/MDSMP de fecha 16 de enero del 2009, la Gerencia de Asesoría Jurídica da su conformidad al documento de adecuación del TUPA vigente a las normas señaladas en el primer, tercer y cuarto párrafo; De conformidad con los artículos 20º, inciso 6) y 42º de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como artículo 38.5 de la Ley Nº 27444 – del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Artículo Primero.- ADECUAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres, por los motivos expuestos en la parte considerativa; documento que en anexo forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR el estricto cumplimiento del presente Decreto a las áreas administrativas de la Entidad que correspondan. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 308810-1