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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (04/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de febrero de 2009 390224 Aprueban “El Proyecto Educativo Regional de Ucayali 2008 - 2021” ORDENANZA REGIONAL Nº 026-2008-GRU/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL UCAYALI, POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607, la Ley de Bases de la Descentralización – Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, su modificatoria – Ley Nº 27902; Ley Nº 28044 -Ley General de Educación y los artículos 54º al 65º del D.S. Nº 009-2005-ED, Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo y demás normas complementarias, en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de diciembre del 2008, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modifi catoria, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa; y según el inciso 5 del artículo 192° tienen como competencia promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, en su Capítulo IV referido a la participación ciudadana, en el numeral 17.2 del artículo 17°, establece que la participación de los ciudadanos se canaliza a través de los espacios de consulta, coordinación, concertación y vigilancia existentes, y los que los gobiernos regionales y locales establezcan de acuerdo a Ley; Que, el Ministerio de Educación, en mérito al Artículo 80º, literal “b)” de la Ley Nº 28044 – Ley General de Educación, formula, aprueba, ejecuta y evalúa, de manera concertada, el Proyecto Educativo Nacional y conduce el proceso de planifi cación de la educación; Que, el Gobierno Regional de Ucayali, en mérito a la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Artículo 47º, literales a) y b), formula, aprueba, ejecuta, evalúa y administra las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región; asimismo, diseña, ejecuta y evalúa el Proyecto Educativo Regional, los programas de desarrollo del deporte y recreación de la región, en concordancia con la política educativa nacional; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1023-2005-GRU-P, de fecha 06 de septiembre del 2005, el Gobierno Regional de Ucayali, aprobó el Proyecto Educativo Regional Ucayali (PER), documento rector de los lineamientos de política educativa regional. Que, posterior a la expedición de dicha Resolución Ejecutiva Regional, se dieron acontecimientos como el Proyecto Educativo Nacional, Políticas y Metas Prioritarias 2006-2011 por el Consejo Nacional de Educación y el Plan de Municipalización de la Gestión Educativa, los cuales demandaron actualizar la propuesta del PER para dar oportunidad de incorporar esos avances a esta importante iniciativa de descentralización y democratización de la educación. Que, el Gobierno Regional de Ucayali, a través de la Vice-Presidencia y la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con el Consejo Participativo Regional de Educación de Ucayali / COPARE-U impulsaron la revisión y actualización del Proyecto Educativo Regional 2005-2012, a través de un equipo técnico especializado, que luego de consultas en los espacios distritales y provinciales, con todos los actores educativos y la sociedad civil, dio como resultado la actual versión 2008-2021. Que, con Informe Nº 143-2008-GRUCAYALI-P-GGR- GRDS, de fecha 06 de octubre del 2008, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, alcanza el Proyecto Educativo Regional de Ucayali ¡por una Educación Intercultural que fortalece la democracia!, recomendando su aprobación mediante Ordenanza Regional; tras haberse dejado sin efecto Resolución Ejecutiva Nº 1023-2005- GRU-P de fecha 06 de septiembre del 2005, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 2422-2008-GRU-P. Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Ordinaria, de fecha 30 de diciembre del presente año desarrollada en la sala de Consejeros, y estando a las atribuciones conferidas por el Artículo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; aprobó por unanimidad, la siguiente: ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR, “El Proyecto Educativo Regional de Ucayali 2008 – 2021” ¡por una educación intercultural que fortalece la democracia!, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, para que en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, se efectúe la debida implementación del Proyecto Educativo Regional de Ucayali 2008 – 2021” ¡por una educación intercultural que fortalece la democracia!. Artículo Tercero.- La Dirección Regional de Educación de Ucayali, las Unidades de Gestión Educativa Local, las Instituciones Educativas de todos los niveles y modalidades, ejecutan sus acciones en el marco del Proyecto Educativo Regional de Ucayali 2008 – 2021 ¡por una educación intercultural que fortalece la democracia!. Artículo Cuarto.- Los Gobiernos locales, dentro de las competencias que les corresponden consideraran en sus planes institucionales y de gobierno las políticas establecidas en el Proyecto Educativo Regional de Ucayali 2008 – 2021. Las organizaciones e instituciones de la Sociedad Civil contribuyen en la ejecución del Proyecto Educativo Regional de Ucayali 2008 – 2021 ¡por una educación intercultural que fortalece la democracia!. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en un diario de circulación regional y en el portal web del Gobierno regional de Ucayali (www.regionucayali.gob. pe). Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de Comisiones, lectura y aprobación del Acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil ocho. WILDER JOSÉ ALGUAYO ARGANDOÑA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los treintiún días del mes de diciembre del año dos mil ocho. LUTGARDO GUTIÉRREZ VALVERDE Presidente Regional (e) 308202-6 Aprueban Presupuesto Institucional de Apertura - PIA Año Fiscal 2009 del Gobierno Regional ACUERDO Nº 157-2008-GRU/CR Pucallpa, 30 de diciembre del 2008