Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2009 (05/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390245

VISTO: El Informe Nº 007-2009-PCM/SD-WST; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobo el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007, el cual dispuso que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo social inicie la transferencia de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social y de los Hogares a cargo del INABIF, a los Gobiernos Locales Provinciales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM y Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 0012009-PCM/SD, se dispone que los Sectores del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales, involucrados en el MORDAZA de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos programados en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ano 2007, realicen, hasta el 31 de diciembre de 2009, las acciones para culminar dichas transferencias; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 053-2007-PCM/SD, se aprobo la Directiva Nº 009-2007-PCM/SD "Normas especificas para la Transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES incluidas en el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM"; Que, mediante Oficio Nº 292-2008-MIMDES/DVMDS, se comunica que la Comision Sectorial de Transferencia de Programas Sociales del MIMDES, como resultado de las coordinaciones y analisis de los equipos tecnicos respectivos, ha llegado a la conclusion que es posible continuar con el MORDAZA de transferencia de algunas Sociedades de Beneficencias seleccionadas; en tal sentido ha cursado la solicitud de modificacion de la mencionada Directiva; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 048-2008-PCM/SD, se aprobo la Directiva Nº 004-2008-PCM/SD, "Normas especificas para la Transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES incluidas en el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM". Que, la naturaleza juridica de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social, son personas juridicas de derecho publico interno, que por encargo de la Ley, realizan funciones de bienestar y promocion social complementarias de los fines sociales y tutelares del Estado. Que, en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su Titulo V, Capitulos I y II, Articulos 73º, incisos 6.2, 6.3 y 6.4; Articulo 84º, incisos 1.1, 1.2 y 1.5; como parte de las Competencias y Funciones Especificas de los Gobiernos Locales, se senalan funciones en materia de servicios sociales locales, en materia de programas sociales, de defensa y promocion de derechos; algunas de las cuales son ejercidas por las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social. De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27783, 27867, 27972, 28273, de los Decretos Supremos Nºs. 068-2006-PCM, 076-2006-PCM, 036-2007-PCM, 029-2008-PCM, 049-2008-PCM, 083-2008-PCM y en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declaracion de Gobiernos Locales aptos para acceder a la transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social a cargo del INABIF del MIMDES. Declarar a los Gobiernos Locales Provinciales que se detallan en el Anexo Nº 01, el cual forma parte de la presente resolucion, como aptos para acceder a la transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social a cargo del INABIF, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.

Articulo 2º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion Secretarial en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob. pe/sd Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario de Descentralizacion
Anexo 1 Relacion de Gobiernos Locales Provinciales aptos para acceder a la Transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social para el Bienestar Familiar - INABIF - MIMDES
Nº DEPARTAMENTO SOCIEDADES DE BENEFICENCIA PUBLICA O JUNTA DE PARTICIPACION SOCIAL MORDAZA DE MORDAZA AIJA CASMA CHIQUIAN MORDAZA POMABAMBA RECUAY YUNGAY ANDAHUAYLAS APLAO CARAVELI HUANCARQUI MOLLENDO CORACORA BAMBAMARCA CELENDIN TAYACAJA HUANCAVELICA PALPA MORDAZA HUAMACHUCO OTUZCO MORDAZA DE MORDAZA JPS MOCHE MOTUPE HUANCANE TARATA AIJA CASMA CHIQUIAN MORDAZA POMABAMBA RECUAY YUNGAY ANDAHUAYLAS MORDAZA CARAVELI MORDAZA ISLAY PARINACOCHAS HUALGALLOC CELENDIN TAYACAJA HUANCAVELICA PALPA MORDAZA MORDAZA MORDAZA OTUZCO MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUANCANE TARATA MUNICIPALIDADES PROVINCIALES MORDAZA DE MORDAZA

1 2 3 4 5 6 7 8 9

AMAZONAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

10 MORDAZA 11 MORDAZA 12 MORDAZA 13 MORDAZA 14 MORDAZA 15 MORDAZA 16 MORDAZA 17 HUANCAVELICA 18 HUANCAVELICA 19 ICA 20 MORDAZA 21 LA MORDAZA 22 LA MORDAZA 23 LA MORDAZA 24 LA MORDAZA 25 MORDAZA 26 MORDAZA 27 TACNA

309470-2

AGRICULTURA
Establecen requisitos fitosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de plantulas in Vitro de MORDAZA, paulownia y banano, procedentes de Espana
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 08-2009-AG-SENASA-DSV La MORDAZA, 3 de febrero de 2009 VISTO: El Informe Nº 37-2008-AG-SENASA-DSV/SARVF de fecha 6 de octubre de 2008, el cual, al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al MORDAZA, propone el establecimiento de requisitos fitosanitarios para la importacion de plantulas in Vitro de MORDAZA (Ananas comosus) procedentes de Espana; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al

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