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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de febrero de 2009 390249 DEFENSA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2009-DE Mediante Ofi cio Nº 076-2009-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 039-2009-DE, publicada en nuestra edición del día 29 de enero de 2009. DICE: Artículo 1º.- Modifi car los cargos (...) CARGO GRADO NOMBRES Y APELLIDOS Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República Argentina Capitán de Navío Manuel Augusto Bianchi Gainza Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina Coronel EP Wilfredo Pedro Chávez Cruz Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República de Bolivia General de Brigada Luis Alberto Sánchez Born Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Bolivia Coronel FAP Walter Víctor Jesús Tassara Las Heras Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América Mayor General Raúl Eduardo Uribe Prkut (...) DEBE DECIR: Artículo 1º.- Modifi car los cargos (...) CARGO GRADO NOMBRES Y APELLIDOS Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República Argentina y concurrente en la República Oriental del Uruguay Capitán de Navío Manuel Augusto Bianchi Gainza Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina Coronel EP Wilfredo Pedro Chávez Cruz Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República de Bolivia y concurrente en la República de Paraguay General de Brigada Luis Alberto Sánchez Born Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Bolivia Coronel FAP Walter Víctor Jesús Tassara Las Heras Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América Mayor General Raúl Eduardo Uribe Prkut (...) 309832-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 040-2009-DE Mediante Ofi cio Nº 077-2009-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 040-2009-DE, publicada en la edición del 29 de enero de 2009. DICE: Artículo 1º.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores (...) CARGO GRADO NOMBRES Y APELLIDOS (...) (...) Adjunto al Agregado Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América Teniente Coronel Alfredo Elías Angulo Palma Adjunto al Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América Comandante Marco Renato Solari Vigo (...) (...) DEBE DECIR: Artículo 1º.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores (...) CARGO GRADO NOMBRES Y APELLIDOS (...) (...) Agregado Militar Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América Teniente Coronel Alfredo Elías Angulo Palma Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América Comandante Marco Renato Solari Vigo (...) (...) (...) 309831-1 ECONOMIA Y FINANZAS Normas Reglamentarias de la Ley N° 29285, Ley que establece la emisión de documentos cancelatorios - Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) que grave los servicios de transporte aéreo de pasajeros desde o hacia la ciudad de Iquitos DECRETO SUPREMO N° 025-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29285, se dispone la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público que realicen las empresas aéreas de pasajeros por el servicio contratado en el país; Que, el artículo 10° de la citada Ley dispone que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se establecerán las normas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la mencionada Ley; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Artículo 118° de la Constitución Política del Perú y del artículo 10° de la Ley N° 29285; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Aprobar las normas reglamentarias de la Ley Nº 29285 - Ley que establece la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) que grave los servicios de transporte aéreo de pasajeros desde o hacia la ciudad de Iquitos. Artículo 2°.- Defi niciones Para efecto del presente Decreto Supremo se entenderá por: