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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (05/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de febrero de 2009 390256 Aprueban Ampliación de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada - PPTM del Primer Trimestre del año fiscal 2009 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 007-2009-EF / 76.01 Lima, 3 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, la aprobación de los Calendarios de Compromisos y sus ampliaciones se sujetan a la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada –PPTM que establezca la Dirección Nacional del Presupuesto Público, según lo dispuesto en la Cuadragésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29142; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2009-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas a favor de los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, para el pago del reajuste de las pensiones percibidas por los benefi ciarios del Régimen del Decreto Ley Nº 20530, que hayan cumplido sesenta y cinco años (65) o más de edad al 31 de diciembre de 2008; Que, de otro lado, mediante el Decreto de Urgencia Nº 013-2009 se autoriza una Transferencia de Partidas a favor de los pliegos del Gobierno Regional para el fi nanciamiento y pago de la Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial - AETA y Productividad del personal médico cirujano, médico residente, personal asistencial y personal administrativo del Sector Salud de los Gobiernos Regionales, en el marco de la Trigésima Quinta y Trigésima Sexta Disposición Final de la Ley N° 29289 –Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; Que, en este sentido, es necesario modifi car a nivel de Categoría del Gasto, la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada –PPTM del Primer Trimestre del año fi scal 2009, para el pago del reajuste de las pensiones del Régimen del Decreto Ley Nº 20530 de los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, así como, para el fi nanciamiento y pago de la Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial - AETA y Productividad al Sector Salud de los Gobiernos Regionales; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Ampliación de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada –PPTM del Primer Trimestre del año fi scal 2009, ascendente a la suma de VEINTE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS VEINTE Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 880 929,00 ), por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, que considera los montos asignados a los pensionistas de los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales del Régimen del Decreto Ley Nº 20530 y para la Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial - AETA y Productividad al Sector Salud de los Gobiernos Regionales detallados en el Anexo de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- La Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) no convalida las acciones que no se ciñan a las disposiciones legales vigentes; y no constituye sustento legal ni técnico para autorizar gastos que no cuenten con la base legal respectiva. Regístrese, comuníquese y publíquese JUAN MUÑOZ ROMERO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público 001. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS 7 050 3 525 10 575 002. INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA 6 270 3 135 9 405 006. INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL 450 225 675 004. PODER JUDICIAL 33 525 33 525 67 050 112. INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU 2 040 1 020 3 060 333. SERVICIO NACIONAL METEOROLOGIA E HIDROLOGIA 3 330 1 665 4 995 006. M. DE JUSTICIA 3000 3 000 6 000 060. ARCHIVO GENERAL DE LA NACION 375 375 750 061. INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO 9 675 9 675 19 350 007. M. DEL INTERIOR 41 970 20 985 62 955 008. M. DE RELACIONES EXTERIORES 7 140 3 540 10 680 009. M. DE ECONOMIA Y FINANZAS 70 440 35 220 105 660 095. OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL-ONP 42 300 21 150 63 450 010. MINISTERIO DE EDUCACION 906 930 453 465 1 360 395 110. INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA 10 080 5 040 15 120 113. BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU 4 680 2 340 7 020 114. CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA 60 30 90 342. INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE 1 068 534 1 602 540. ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES 4 860 2 430 7 290 510. U.N. MAYOR DE SAN MARCOS 65 040 32 520 97 560 511. U.N. SAN ANTONIO ABAD 11 220 5 610 16 830 512. U.N. TRUJILLO 16 830 8 415 25 245 513. U.N. SAN AGUSTIN 18 540 9 270 27 810 514. U.N. DE INGENIERIA 23 250 11 625 34 875 515. U.N. SAN LUIS GONZAGA 9 150 4 575 13 725 516. U.N. SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA 4 980 2 490 7 470 517. U.N. DEL CENTRO DEL PERU 6 420 3 210 9 630 518. U.N. AGRARIA DE LA MOLINA 18 210 9 105 27 315 519. U.N. DE LA AMAZONIA PERUANA 3 630 1 815 5 445 520. U.N. DEL ALTIPLANO 5 250 2 625 7 875 GOBIERNO NACIONAL D.S. 014-2009-EF TOTAL ( * ) FEBRERO MARZO ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 007-2009-EF/76.01 AMPLIACION DE LA PREVISION PRESUPUESTARIA TRIMESTRAL MENSUALIZADA PPTM - PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2009 FUENTE DE FINACIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS (En nuevos soles )