Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2009 (05/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2009

10.2 Las Entidades Publicas que cuentan con personal sujeto al regimen laboral de la actividad privada, otorgaran la Bonificacion por Escolaridad conforme lo establecido en el Articulo 6° numeral 6.2 de la Ley N° 29289. 10.3 Las disposiciones del presente Decreto Supremo no son de alcance a las personas que son contratados bajo la modalidad de contratos administrativos de servicios - CAS o que prestan servicios bajo la modalidad de Locacion de Servicios. Articulo 11°.- Disposiciones Complementarias El Ministerio de Economia y Finanzas queda autorizado a dictar las medidas que MORDAZA necesarias para la correcta aplicacion de la presente MORDAZA legal. Articulo 12°.- De la suspension de normas Dejese en suspenso las disposiciones legales que se opongan a lo establecido en la presente norma. Articulo 13°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de febrero del ano dos mil nueve MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 309830-4

la suma de S/. 146 260 000,00 con cargo a los recursos del Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de Agosto de 2007, los que se incorporaron en la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economia y Finanzas, con el objeto de que dichos recursos se transfieran directamente a las Unidades Ejecutoras de los proyectos detallados en el Anexo senalado en el articulo 2° del citado Decreto de Urgencia, previa solicitud de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros mediante el Oficio N° 253-2009-PCM/DM, ha solicitado la suma de S/. 8 618 018,00, con cargo a los recursos del FORSUR previstos en la Reserva de Contingencia, considerando los Acuerdos de Directorio N°s 080-10-2008-D-FORSUR, 135-2008/Sesion N° 013-FORSUR y N° 090-2008/Sesion N° 011-FORSUR; sin embargo, de la compatibilizacion de los proyectos comprendidos en los citados Acuerdos y la lista de proyectos enviada por la Presidencia del Consejo de Ministros se determina que existe una diferencia respecto a la denominacion de los proyectos de inversion; por lo que, siendo necesario impulsar la ejecucion de los citados proyectos para dar cumplimiento parcial de los objetivos establecidos en el Plan de Reconstruccion del Sur, se ha determinado la autorizacion de los recursos por la suma de S/. 7 939 750,00, con cargo a los recursos del Fondo FORSUR senalados en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido por el articulo 45º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29078 y modificatorias; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, hasta por la suma de SIETE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 939 750,00), conforme a la relacion establecida en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUBPROGRAMA FUNCIONAL ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO : GOBIERNO CENTRAL 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General 03 : Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia 008 : Reserva de Contingencia 0014 : Reserva de Contingencia 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles)

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversas entidades destinadas a las acciones del FORSUR
DECRETO SUPREMO Nº 027-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29078 se crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 y modificatorias, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomia economica, financiera y tecnica, constituyendose para dicho efecto en Unidad Ejecutora, con el objeto de lograr la rehabilitacion y reconstruccion de las zonas declaradas en estado de emergencia a traves del Decreto Supremo Nº 068-2007PCM y sus ampliaciones; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 29136 establece que son funciones del Directorio del FORSUR, entre otras, realizar la evaluacion general de los efectos del sismo del 15 de agosto de 2007 sobre las zonas declaradas en estado de emergencia; aprobar los planes y proyectos de rehabilitacion, construccion y reconstruccion necesarios para el cumplimiento de los fines del FORSUR; priorizar las obras e inversiones a ser ejecutadas con recursos del FORSUR por la Gerencia General, los ministerios, empresas publicas, los gobiernos regionales, los gobiernos locales o terceros, en el MORDAZA de los planes y proyectos de rehabilitacion, construccion y reconstruccion integral de las zonas declaradas en estado de emergencia; Que FORSUR ha elaborado el "Plan de Reconstruccion del Sur" con el objetivo de lograr la reconstruccion economica, social y ambiental de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto del 2007, el cual servira de guia y herramienta articuladora de las acciones que se han propuesto ejecutar las distintas instancias de los Gobiernos Nacional, Regional y Local, las organizaciones privadas y las asociaciones de pobladores, con el proposito de restituir la infraestructura publica danada por los sismos del 15 de agosto del 2007; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 005-2009 se dictan disposiciones extraordinarias para viabilizar y facilitar la ejecucion inmediata de proyectos prioritarios que forman parte del Plan de Reconstruccion del Sur, para cuyo efecto se autorizo un Credito Suplementario en el Sector Publico para el ano fiscal 2009, hasta por

CATEGORIA DEL GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia 7 939 750,00 ----------------TOTAL 7 939 750,00 ========== A LA: SECCION MORDAZA PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO :I N S T A N C I A S DESCENTRALIZADAS : Municipalidad Provincial de Yauyos 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 6. Adquisicion de Activos no financieros 4 316 377,00 ----------------SUBTOTAL 4 316 377,00 ===========

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