Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (11/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de febrero de 2009 390603 Comunícase al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diez días del mes de febrero de dos mil nueve. JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN Presidente del Congreso de la República ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de febrero del año dos mil nueve ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 311817-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Convocan al Congreso de la República a Legislatura Extraordinaria para el día 12 de febrero de 2009 DECRETO SUPREMO N° 008-2009-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 6) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, corresponde al Presidente de la República convocar al Congreso a Legislatura Extraordinaria; y fi rmar, en ese caso, el decreto de convocatoria; Que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 50° del Reglamento del Congreso de la República, los períodos de sesiones extraordinarias se convocan conforme al inciso 6) del artículo 118° y al artículo 130° de la Constitución Política del Perú, además de la convocatoria por el Presidente de la República y en forma obligatoria en la hipótesis señalada en el segundo párrafo del artículo 130° de la Constitución. Publicado el decreto, el Presidente del Congreso de la República ordena que, de inmediato, se proceda a citar a los Congresistas; Que, el mismo artículo 50° del Reglamento del Congreso de la República señala que durante los períodos de sesiones extraordinarias sólo se podrán tratar los temas materia de la convocatoria; Que, el Congreso de la República se encuentra en receso parlamentario desde el 16 de enero de 2009; Que, en mérito a las normas anteriormente glosadas, el Presidente de la República considera necesario convocar a una Legislatura Extraordinaria de un día hábil de duración, con el exclusivo propósito de que se trate la Moción de Orden del Día Nº 6726, mediante la cual se propone constituir una Comisión Investigadora sobre la transferencia de la empresa Petro Tech, a fi n de verifi car su legalidad y las responsabilidades que se desprenden de la misma, así como las posibles vinculaciones con la red dedicada al espionaje de las comunicaciones en nuestro país; y además, se trate el Proyecto de Ley Nº 03000/2008-PE, presentado por el Poder Ejecutivo con fecha 30 de enero de 2009, mediante el cual se propone establecer medidas en materia presupuestaria para mejorar el avance de la inversión pública; De conformidad con el inciso 6) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el artículo 50° del Reglamento del Congreso; DECRETA: Artículo 1°.- Convocatoria a Legislatura Extraordinaria Convócase al Congreso de la República a Legislatura Extraordinaria para el día 12 de febrero de 2009, a fi n de que se traten los siguientes asuntos: 1. Moción de Orden del Día Nº 6726, mediante la cual se constituye una Comisión Investigadora sobre la transferencia de la empresa Petro Tech, a fi n de verifi car su legalidad y las responsabilidades que se desprenden de la misma, así como las posibles vinculaciones con la red dedicada al espionaje de las comunicaciones en nuestro país. 2. Proyecto de Ley Nº 03000/2008-PE, presentado por el Poder Ejecutivo con fecha 30 de enero de 2009, mediante el cual se propone establecer medidas en materia presupuestaria para mejorar el avance de la inversión pública. Artículo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de febrero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 311817-2 Constituyen Grupo de Trabajo Multisectorial que evaluará alternativas para formalizar posesiones informales ubicadas en el sector Lomo de Corvina, en la provincia de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 064-2009-PCM Lima, 6 de febrero de 2009 Visto el Ofi cio Núm. 076-2009-VIVIENDA/DM de la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento; CONSIDERANDO: Que la Ley Núm. 28687 - Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos- declara de preferente interés nacional la formalización de la propiedad informal, con su respectiva inscripción registral, respecto de los terrenos ocupados por posesiones informales, centros urbanos informales, urbanizaciones populares y toda otra forma de posesión, ocupación o titularidad informal de predios que estén constituidos sobre inmuebles de propiedad estatal, con fi nes de vivienda;