Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2009 (18/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

391117

Conservacion y Explotacion del Tramo Vial Nº 2 Urcos - Inambari del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Addenda cuyo texto ha sido aprobado en el articulo precedente, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 314257-1

y Explotacion del Tramo Vial N° 4: Inambari-Azangaro del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru-Brasil, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Addenda aprobada en el articulo anterior, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 313776-1

Aprueban texto de Addenda Nº 4 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo Vial Nº 4: Inambari - Azangaro del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 129-2009 MTC/01 MORDAZA, 13 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 de agosto de 2005, el Estado de la Republica del Peru en calidad de Concedente, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, e INTERSUR CONCESIONES S.A., en calidad de Concesionario, suscribieron el Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo Vial N° 4: Inambari-Azangaro del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru-Brasil; Que, con fecha 1 de marzo, 16 de MORDAZA y 26 de MORDAZA de 2006, se suscribieron las Adendas Nº 1, 2 y 3 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo Vial N° 4: Inambari-Azangaro del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru-Brasil, respectivamente; Que, las partes han acordado suscribir la Addenda Nº 4 al citado Contrato de Concesion, para cuyo efecto, de conformidad con lo previsto en la Seccion XVII del mencionado Contrato de Concesion, se solicito opinion a OSITRAN; Que, con Oficio Circular Nº 119-08-SCD-OSITRAN, de fecha 18 de diciembre de 2008, el organismo regulador remite el Acuerdo Nº 1127-296-08-CD-OSITRAN de fecha 11 de diciembre de 2008, mediante el cual el Consejo Directivo de OSITRAN acordo aprobar la opinion tecnica contenida en el Informe Nº 038-08-GRE-GAL-OSITRAN del 5 de diciembre de 2008, que estima conveniente modificar el MORDAZA parrafo del Acapite ii) del Literal b) de la Clausula 16.11 de la Seccion XVI del Contrato de Concesion; Que, atendiendo a las recomendaciones realizadas por el organismo regulador en el Informe Nº 038-08GRE-GAL-OSITRAN de fecha 05 de diciembre de 2008, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en calidad de Concedente, y la empresa INTERSUR CONCESIONES S.A., en su calidad de Concesionario, han convenido en celebrar la Addenda Nº 4 al referido Contrato de Concesion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el Decreto Supremo Nº 06096-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto de la Addenda Nº 4 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion

VIVIENDA
Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA para financiar ejecucion de proyecto de rehabilitacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 070-2009-VIVIENDA MORDAZA, 16 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de los sismos registrados en el MORDAZA el pasado 15 de agosto de 2007, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y sus normas modificatorias, se declaro en Estado de Emergencia el departamento de Ica, las provincias de Castrovirreyna y Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y las provincias de Canete y Yauyos del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, periodo MORDAZA sucesivamente por los Decretos Supremos Nº 084 y 0972007-PCM, 011-026, 040 y 084-2008-PCM, ; Que, mediante la Ley Nº 29078 se crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007, denominado "FORSUR", adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomia economica, financiera y tecnica, constituyendose para dicho efecto en unidad ejecutora, con la finalidad de lograr la rehabilitacion y reconstruccion de las zonas declaradas en estado de emergencia a traves del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM sus normas modificatorias y ampliatorias; asimismo, se declara de prioridad y de interes nacional la ejecucion de los planes y proyectos de rehabilitacion, construccion y reconstruccion de la infraestructura de comunicaciones y vial, riego, de energia electrica, saneamiento, habilitaciones urbanas y otros servicios publicos en zonas declaradas en emergencia; Que, por Resolucion Ministerial Nº 067-2009VIVIENDA de fecha 13 de febrero de 2009 se autoriza la incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento hasta por el monto de S/. 27 896 313,00 (Veintisiete Millones Ochocientos Noventa y Seis Mil Trescientos Trece y 00/100 Nuevos Soles) provenientes del saldo de balance del ejercicio fiscal 2008 para ser destinados a la ejecucion de los proyectos de Saneamiento de Rehabilitacion y Reconstruccion de la infraestructura de saneamiento de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, priorizados por FORSUR en el MORDAZA de La Ley Nº 29078 y modificatorias. Que, con fecha 13 de marzo de 2008 se suscribio el Convenio Especifico entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la Municipalidad Provincial de MORDAZA y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA S.A. ­ EMAPISCO S.A., con el objeto de establecer los lineamientos administrativos, financieros y de operatividad para el financiamiento del

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