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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de febrero de 2009 391112 Artículo 5º.- Declarar IMPROCEDENTE el extremo de la solicitud de cambio de titular de permiso de pesca de la embarcación pesquera WAIKIKI de matrícula CE-2822- PM y SIMY 6 de matrícula CE-1742-PM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 6º.- Declarar IMPROCEDENTE el extremo de la solicitud de incremento de fl ota para la construcción de una embarcación vía sustitución de la embarcación WAIKIKI, HUALLAGA 5 y SIMY 6 y aplicar el saldo de 53.63 m3 de capacidad de bodega. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 313783-7 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Japón relativo al Proyecto “Mejoramiento de Equipos Audiovisuales de la Biblioteca Nacional del Perú” DECRETO SUPREMO Nº 017-2009-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Japón relativo al Proyecto “Mejoramiento de Equipos Audiovisuales de la Biblioteca Nacional del Perú”, formalizado mediante Intercambio de Notas, Nota Nº O-1A/44/08, de la Embajada del Japón y Nota Nº GAB 6-18, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ambas de fecha 15 de febrero de 2008, y su Enmienda que lo prorroga, formalizada por Intercambio de Notas, Nota Nº O- 1A/99/08, de la Embajada del Japón y Nota Nº GAB 6- 18/19, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ambas de fecha 28 de marzo de 2008; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Japón relativo al Proyecto “Mejoramiento de Equipos Audiovisuales de la Biblioteca Nacional del Perú”, formalizado mediante Intercambio de Notas, Nota Nº O- 1A/44/08, de la Embajada de Japón y Nota Nº GAB 6-18, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ambas de fecha 15 de febrero de 2008, y su Enmienda que lo prorroga, formalizada por Intercambio de Notas, Nota Nº O-1A/99/08, de la Embajada del Japón y Nota Nº GAB 6-18/19, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, ambas de fecha 28 de marzo de 2008. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 314277-1 Nombran Cónsul Honoraria del Perú en Managua, República de Nicaragua RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 075-2009-RE Lima, 17 de febrero de 2009 Vista la Resolución Suprema Nº 055-2009-RE, de 5 de febrero de 2009, a través de la cual se cancela el nombramiento del señor César Augusto Lacayo como Cónsul Honorario del Perú en Managua, República de Nicaragua; Vista la opinión favorable de la Embajada del Perú en Managua, República de Nicaragua, en el sentido que la señora Sandra Stoessel Flórez reúne las condiciones apropiadas para ocupar el cargo de Cónsul Honoraria del Perú en Managua; Vista la no objeción u observación alguna al nombramiento de la señora Sandra Stoessel Flórez como Cónsul Honoraria del Perú en Managua por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Nicaragua; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, de la Dirección General de Política Consular y de la Embajada del Perú en la República de Nicaragua; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 105º al 109º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar a la señora Sandra Stoessel Flórez como Cónsul Honoraria del Perú en Managua, República de Nicaragua, con circunscripción geográfi ca en todo el país. Artículo 2º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 314277-6 Autorizan al INC y al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 076-2009-RE Lima, 17 de febrero de 2009