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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (18/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de febrero de 2009 391100 b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1.- ALFEREZ DE MARINA KAREN ARKIN c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 18 al 28 DE FEBRERO DE 2009 314258-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 126-2009/DE/SG Lima, 16 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1389, de fecha 20 de diciembre de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Corea, sin armas de guerra; Que, el Ejército del Perú viene desarrollando un Programa de Intercambio Académico con el Ejército de Corea, habiéndose coordinado que un Ofi cial Coreano participe en Curso de Empleo de Grandes Unidades de Combate de la Escuela Superior de Guerra del Ejército del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de un (1) Ofi cial del Ejército de la República de Corea, cuyo nombre se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 20 de febrero al 31 de diciembre de 2009, para participar en el Curso de Empleo de Grandes Unidades de Combate de la Escuela Superior de Guerra del Ejército del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 126-2009/DE/SG 16 FEB 2009 a. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de un (1) Ofi cial del Ejército de la República de Corea para participar en el Curso de Empleo de Grandes Unidades de Combate de la Escuela Superior de Guerra del Ejército del Perú. b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE COREA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. MAYOR YOUNG GIL KIM c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 20 de febrero al 31 de diciembre de 2009. 314258-4 ENERGIA Y MINAS Otorgan a Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C. la concesión definitiva de generación con recursos energéticos renovables para desarrollar la generación de energía eléctrica RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 092-2009-MEM/DM Lima, 12 de febrero de 2009 VISTO: El Expediente N° 18167608, organizado por Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11966962 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables; CONSIDERANDO: Que, Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1820269, de fecha 10 de setiembre de 2008, ha solicitado concesión defi nitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Hidroeléctrica Santa Cruz II, con una potencia instalada de 6 000 kW, ubicada en el distrito de Santa Cruz, provincia de Huaylas, departamento de Ancash, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente, utilizando los recursos hídricos del río Blanco; Que, la peticionaria ha presentado una Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38° de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en los artículos 3° y 38º del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, concordado con el artículo 66° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 010-2009-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 66° de su Reglamento, y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1002; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., que se identifi cará