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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de febrero de 2009 391114 Ambiente, Dr. Antonio Brack Egg, solicita la incorporación de su Sector a la referida Secretaría de Coordinación; Que, dentro de los objetivos específi cos del Ministerio del Ambiente está el asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de la Amazonía; Vista la opinión favorable de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Defensa, con respecto a la referida solicitud, atendiendo a los objetivos, competencias y funciones del Ministerio del Ambiente; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, y sus modifi catorias; la Ley Nº 29075, Ley del Ministerio de Defensa; y el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación del Ministerio del Ambiente; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 113-2004-RE, de fecha 31 de marzo de 2004, en los siguientes términos: “Artículo 1º.- Conformar una Secretaría de Coordinación que estará integrada por representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Defensa y del Ambiente, debidamente designados por sus respectivos sectores.” Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Relaciones Exteriores, de Defensa y del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA Ministro de Defensa ANTONIO BRACK EGG Ministro del Ambiente 314277-9 Oficializan el evento “PERUMIN-29 CONVENCION MINERA”, a realizarse en la ciudad de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0208/RE Lima, 13 de febrero de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 027-2009-MEM/DM, mediante el cual el Ministro de Energía y Minas, remite a esta Cancillería, la solicitud de ofi cialización del “PERUMIN-29 CONVENCIÓN MINERA”, que se realizará en la ciudad de Arequipa, del 14 al 18 de setiembre de 2009; CONSIDERANDO: Que, la ciudad de Arequipa es sede del evento “PERUMIN-29 CONVENCIÓN MINERA”, que se llevará a cabo del 14 al 18 de setiembre de 2009, y que viene siendo organizado por el Instituto de Ingenieros de Minas del Perú - IIMP; Que, el mencionado evento tiene como objetivos, entre otros, promover entre los profesionales del país la investigación técnica y su actualización, así como atraer a dicho encuentro al mayor número de profesionales e inversionistas mineros tanto nacionales como extranjeros; Que, es uno de los eventos más importantes de Latinoamérica, toda vez que promueve el intercambio tecnológico entre los profesionales asistentes generando oportunidades de negocios; De conformidad con los artículos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2001-RE, de 03 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5° del Decreto Ley N° 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ofi cializar el evento “PERUMIN-29 CONVENCIÓN MINERA”, que se realizará en la ciudad de Arequipa, del 14 al 18 de setiembre de 2009. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCIA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 314274-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban contrato de adecuación al régimen de concesión única a celebrarse con Cable Visión Chachapoyas E.I.R.L. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 121-2009-MTC/03 Lima, 12 de febrero de 2009 VISTA: La solicitud de adecuación al régimen de concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones presentada el 4 de julio de 2008, con registro P/D Nº 071817, por la empresa CABLE VISIÓN CHACHAPOYAS E.I.R.L., titular de la concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 060-98- MTC/15.03 para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 060-98- MTC/15.03, del 5 de febrero de 1998, se otorgó concesión a la empresa CABLE VISIÓN CHACHAPOYAS E.I.R.L., para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende la ciudad de Chachapoyas, de la provincia de Chachapoyas, del departamento de Amazonas; suscribiéndose el respectivo contrato de concesión el 5 de mayo de 1998; Que, el 18 de mayo de 2006 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la Ley que establece la concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, Ley Nº 28737; la cual modifi ca diversos artículos del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28737 señala que los contratos de concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones suscritos antes de la vigencia de la citada Ley mantienen su plena vigencia en tanto sus titulares no opten por adecuar sus respectivas concesiones para la obtención de la concesión única; y que el Reglamento General