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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (18/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de febrero de 2009 391113 VISTO: El Ofi cio Nº 063-2009/DN/INC, de 30 de enero de 2009, del Instituto Nacional de Cultura (INC), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota 2009, al Fondo para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial; CONSIDERANDO: Que la República del Perú forma parte de los Estados que integran la “Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial”, adoptada en el marco de la 32º Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en la ciudad de París, República Francesa; Que la citada Convención en su artículo 25º establece un Fondo para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial”, cuyos requisitos están constituidos, entre otros, por las contribuciones de los Estados Partes; Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional. Que, en concecuencia es necesario autorizar el pago de la cuota 2009 al Fondo para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Cultura (INC); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Cultura a efectuar el pago de US$ 2,461.00 (Dos mil cuatrocientos sesenta y uno y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) al Fondo para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, correspondiente al pago de la cuota 2009. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Cultura (INC). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 314277-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 077-2009-RE Lima, 17 de febrero de 2009 VISTO: El ofi cio Nº 64-2009-MTPE/1, de fecha 26 de enero de 2009, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota 2009 a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS); CONSIDERANDO: Que, la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), es un organismo internacional, técnico y especializado de carácter social que tiene como fi nalidad promover el bienestar social y económico de los países iberoamericanos, mediante la coordinación, intercambio y aprovechamiento de las experiencias mutuas en seguridad social; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en tanto es miembro de pleno derecho de la mencionada organización internacional, con efectos desde el 1° de abril de 2006, de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), asumiendo el compromiso de pago de una cuota fi ja anual de US$ 5,000.00 (cinco mil dólares de los Estados Unidos de América) que se devengarán desde el primero de enero de 2009, la cual debe ser cancelada dentro del primer cuatrimestre del ejercicio; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a efectuar el pago por concepto de la cuota anual correspondiente al ejercicio 2009 a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS); Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a efectuar el pago de US$ 5,000.00 (CINCO MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), por concepto de la cuota anual 2009. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 314277-8 Modifican artículo de la R.S. Nº 113- 2004-RE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 078-2009-RE Lima, 17 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 113-2004-RE, de fecha 31 de marzo de 2004, se conformó la Secretaría de Coordinación encargada de realizar las acciones necesarias para lograr el establecimiento del Mecanismo Multisectorial de Gestión y Seguimiento que prevé el artículo 5º del Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación en materia de Vigilancia y Protección de la Amazonía, suscrito entre los Gobiernos de la República del Perú y de la República Federativa del Brasil, el 25 de agosto del 2003; y, ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 021-2004-RE, de fecha 24 de febrero de 2004; Que, el mencionado dispositivo establece que dicha Secretaría de Coordinación estará conformada por representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Defensa; Que, mediante los Ofi cios Nº 0316-2008-DM/MINAM y Nº 0317-2008-DM/MINAM, de fecha 3 de noviembre de 2008, dirigidos a los Titulares de Relaciones Exteriores y de Defensa, respectivamente, el señor Ministro del