TEXTO PAGINA: 7
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de febrero de 2009 391097 DEFENSA Amplían autorización de viaje de cadete naval a EE.UU. en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 071-2009 DE/MGP Lima, 17 de febrero de 2009 Visto el Ofi cio N.1000-2445 del Director General de Educación de la Marina de fecha 18 de diciembre de 2008; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 227-2008 DE de fecha 27 de junio de 2008, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios al entonces Cadete Naval de 1er. Año Italo Antonio ARANDA Cetraro, para que participe en el Curso de Formación de Cadetes, a impartirse en la Academia Naval de Annapolis -ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por el período del 30 de junio al 31 de diciembre de 2008; Que, de acuerdo a lo indicado en la parte considerativa de la mencionada Resolución Suprema, el referido curso tiene una duración de CUATRO (4) años que incluye los años académicos 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012, debiéndose expedir para tal efecto la ampliación de autorización de permanencia en el extranjero del citado Cadete Naval, aplicando el gasto en el respectivo período presupuestal; Que, la citada ampliación se encuentra incluida en el Plan Anual de Viajes Priorizado del Sector Defensa - 2009, Rubro 1: Formación / Califi cación / Especialización, Item 50, aprobado con Resolución Suprema N° 028-2009- DE de fecha 19 de enero de 2009; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales ampliar la autorización del viaje al exterior en Misión de Estudios del Cadete Naval de 2do. Año Italo Antonio ARANDA Cetraro, para que continúe participando en el Curso de Formación de Cadetes, a impartirse en la Academia Naval de Annapolis - ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2009, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, el numeral 17.1 del Artículo 17° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; JUNÍN Huarmaca Lalaquiz LORETO San Miguel del Faique Hunacabamba MADRE DE DIOS Sondor Sondorillo MOQUEGUA LIMA Cañete TOTALIDAD Barranca TOTALIDAD Lima TOTALIDAD Cajatambo TOTALIDAD PASCO Callao TOTALIDAD Canta TOTALIDAD Huaura TOTALIDAD PUNO Oyón TOTALIDAD Huarochirí TOTALIDAD SAN MARTÍN Yauyos TOTALIDAD Huaral Aucallama Huaral Ihuari TACNA Chancay San Miguel de Acos Huaral Lampian UCAYALI Atavillos Alto Atavillos Bajo Sumbilca 27 de Noviembre Pacaraos Andamarca Cajamarca San Ignacio TOTALIDAD Cajamarca TOTALIDAD Chota TOTALIDAD Hualgayoc TOTALIDAD Cajambama TOTALIDAD Celendín TOTALIDAD Contumazá TOTALIDAD Cutervo TOTALIDAD Jaén TOTALIDAD San Marcos TOTALIDAD San Miguel TOTALIDAD San Pablo TOTALIDAD Santa Cruz TOTALIDAD 313774-1