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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de febrero de 2009 391288 y efi ciencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos; y, asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que, asimismo, el acotado Decreto Legislativo crea el Fondo de Compensación para el Ordenamiento Pesquero (FONCOPES) que estará destinado a fi nanciar exclusivamente los Programas de Benefi cios establecidos en la mencionada Ley y la operación y actividades de la institución del mismo nombre (FONCOPES), cuyos órganos de gobierno son: a) su Directorio, que es su órgano supremo, y b) su Gerencia, que tendrá a su cargo ejecutar las decisiones del Directorio, siendo que el Directorio estará conformado por ocho (8) miembros elegidos por períodos de tres (3) años renovables. Así, cuatro (4) de sus miembros representarán a los titulares de permisos de pesca a los que se hubiera atribuido un LMCE; dos (2) a los trabajadores de las empresas armadoras incluidas dentro de la medida; uno (1) al Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial-SENATI; y uno (1) al Ministerio que lo presidirá; Que, en dicho marco, mediante la Resolución Ministerial Nº 036-2009-PRODUCE de fecha 23 de enero de 2009, se designó a la representante del Ministerio de la Producción ante el Directorio del Fondo de Compensación para el Ordenamiento Pesquero – FONCOPES, y se formalizó la designación del resto de los miembros, entre los cuales fi gura el señor Jorge Castro León como representante del SENATI; Que, mediante el Memorando Nº 00575-2009- PRODUCE/DVP el Viceministro de Pesquería da cuenta de la comunicación cursada por el Presidente del Consejo Nacional del SENATI, mediante la cual indica que dicho órgano acordó en sesión de fecha 30 de enero de 2009, designar al señor David Lemor Bezdín, miembro del Consejo Nacional del SENATI, para conformar el Directorio del FONCOPES, en reemplazo del señor Jorge Castro León; Que, en tal sentido, corresponde dictar el acto administrativo por el cual se disponga la reconformación del Directorio del Fondo de Compensación para el Ordenamiento Pesquero – FONCOPES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1084 – Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; Con el visado del Viceministro de Pesquería y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la reconformación del Directorio del Fondo de Compensación para el Ordenamiento Pesquero – FONCOPES, en lo que concierne al Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial – SENATI, cuya representación estará a cargo del señor David Lemor Bezdín en reemplazo del señor Jorge Castro León, manteniéndose las demás disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial Nº 036-2009-PRODUCE, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 314857-2 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Acuerdo con el Gobierno del Japón relativo al proyecto “Mejoramiento de Programas de Televisión del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú” DECRETO SUPREMO Nº 018-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Japón relativo al proyecto “Mejoramiento de Programas de Televisión del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú”, fue formalizado mediante Intercambio de Notas, Nota Nº O-1-A/325/08 de fecha 21 de noviembre de 2008, de la Embajada del Japón y Nota Nº GAB 6-18 del 21 de noviembre de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Japón relativo al proyecto “Mejoramiento de Programas de Televisión del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú”, formalizado mediante Intercambio de Notas, Nota Nº O-1- A/325/08 de fecha 21 de noviembre de 2008, de la Embajada del Japón y Nota Nº GAB 6-18 del 21 de noviembre de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 315627-3 Autorizan a los Ministerios de Transportes y Comunicaciones y de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 084-2009-RE Lima, 20 de febrero de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 097-2009-MTC/09.01, de fecha 9 de febrero de 2009, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de cuotas del año 2009, a diversos organismos internacionales de los cuales el Perú es país miembro; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas del año 2009 a los mencionados organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a efectuar el pago de las cuotas del año