Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2009 (26/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA

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conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Metropolitanas N° 1117-MML, N° 341-MML y N° 836-MML; asimismo, indica que la Municipalidad Distrital, no ha cumplido con requerir el Estudio de Impacto Ambiental ­ EIA, aprobado por la autoridad competente, en el presente procedimiento de Habilitacion MORDAZA, de acuerdo a lo establecido en el Anexo N° 03, de la Ordenanza N° 1117-MML; Que, mediante Informe N° 012-2009-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 19 de enero del 2009 (fs. 236 al 265), el Area Legal de esta Subgerencia senala, que el terreno materia del presente tramite de Habilitacion MORDAZA se encuentra inscrito en la Partida N° 42241849, del Registro de Predios de la MORDAZA Registral N° IX ­ Sede MORDAZA (fs. 03 al 12), a nombre de los copropietarios MORDAZA AMODEO SARTESCHI y la sociedad conyugal conformada por MORDAZA MORDAZA AMODEO y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA PHILIPPS, acreditando en tal sentido la calidad de propietarios; en cuanto al incumplimiento advertido por el area tecnica, por parte de la Municipalidad Distrital de Lurin indica que de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 13 ° y literal C.2 del Anexo N° 03, de la Ordenanza N° 1117-MML, publicado el 12 de enero del 2008, las nuevas instalaciones industriales a localizarse deberan contar obligatoriamente con el Estudio de Impacto Ambiental ­ EIA, aprobado por la autoridad competente , siendo de responsabilidad de las Municipalidades Distritales controlar su cumplimiento; disposicion que en el presente procedimiento no se ha cumplido, al no requerirse el Estudio de Impacto Ambiental aprobado; consecuentemente dada la competencia de la Municipalidad Distrital de Lurin, para avocarse a la aprobacion de habilitaciones urbanas en su jurisdiccion, legalmente es factible recomendar a dicha Comuna, que en aras de no incurrir en responsabilidad administrativa prevista en el Art. 239° de la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444, de fiel cumplimiento a la citada Ordenanza; Que, de acuerdo a la evaluacion tecnica y legal, senaladas en los Informes N° 013-2009-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 16 de enero del 2009 y N° 0012-2009-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 19 de enero del 2009; la presente Habilitacion MORDAZA, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonificacion, vias y a los aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas N° 26878 y el Decreto de Alcaldia N° 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer La Conformidad de la Resolucion Gerencial N° 1662008-GDU/ML, de fecha 19 de noviembre del 2008, expedidas por la Municipalidad Distrital de Lurin; Con el visto MORDAZA de la Division de Revision de Diseno, del Area Legal y de la Asesoria de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y las Leyes N° 26878, N° 27444, Reglamento Nacional de Edificaciones Ordenanzas Metropolitanas N° 1117-MML, N° 341-MML, N° 836-MML, N° 786-MML, N° 812-MML, N° 916-MML, Decreto de Alcaldia N° 079 y Resolucion N° 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Articulo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolucion Gerencial N° 166-2008-GDU/ML, de fecha 19 de noviembre del 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Lurin, que resuelve Aprobar, de conformidad con los planos de Ubicacion y Localizacion U-01 y Lotizacion PL-01, Memoria Descriptiva, signados para efectos de Registros como Plano N° 015-2008-SGOP-GDU/ML, el Proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico, para Uso de Industria Especial ­ IE, en el terreno del 9, 600.00 m2, correspondiente al Sub Lote B, de la Ex Parcela B-65, Unidad Catastral N° 10586, ubicado en el Ex Fundo San MORDAZA, distrito de Lurin, provincia y departamento de Lima. Articulo 2°.- RECOMENDAR a la Municipalidad Distrital de Lurin, dar fiel cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza N° 1117-MML, publicada el 12 de enero del 2008, Articulo 13° y literal C.2 del Anexo N° 03, en sujecion a los Principios de Legalidad y Debido Procedimiento, en aras de no incurrir en responsabilidad prevista en el Art. 239 de la Ley N° 27444, conforme lo detallado en MORDAZA y tercer considerando de la presente Resolucion. Articulo 3°.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion al senor MORDAZA MORDAZA AMODEO Y OTROS; y a la Municipalidad Distrital de Lurin, para su conocimiento y fines. Articulo 4°.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 5°.- OFICIAR con la presente Resolucion a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX MORDAZA Registral Sede-Lima, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planificacion ­ IMP y Division Tecnica de la Subgerencia de Adjudicacion y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo 6°.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", a cargo de los administrados, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma

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MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Aprueban la creacion de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Los MORDAZA - CMAC Los MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 02-2009/CDLO Los MORDAZA, 19 de febrero de 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: Dictamen Nº 001-2009-MDLO/CAL de la Comision de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los organos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular que representan al vecindario fomentando el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion conforme a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, la misma MORDAZA, senala que los Gobiernos Locales son los Organos de Gobierno Promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a los articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Ley Nº 26702 establece en su Art. 282 numeral 4: "Caja Municipal de Ahorro y Credito: Es aquella que capta recursos del publico y cuya especialidad consiste en realizar operaciones de financiamiento, preferentemente a las pequenas y microempresas"; Que, conforme a lo establecido por la Ley Nº 26702 que aprueba la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, a la Resolucion SBS 10440-2008 que aprueba el Reglamento para Constitucion, Reorganizacion y Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financieros y de Seguros, y a la por Resolucion SBS 131-2002 que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, el Concejo Municipal se encuentra legalmente facultado para iniciar ante la Superintendencia un procedimiento administrativo de constitucion de una MORDAZA municipal de ahorro y credito, de acuerdo con las etapas, obligaciones y plazos previstos en dichas normas; Que, la Gerencia de Administracion y Finanzas con Informe Nº 003-2009-MDLO/GAF informa que se hace necesario contar con un aporte de capital de 3,750,000.00 Nuevos Soles, conforme al estudio de factibilidad alcanzado obrante en autos; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con Memoramdun Nº 16-2009-MDLO/OPP informa que el Proyecto "Construccion de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Los Olivos" ha sido incorporado al Presupuesto Institucional Modificado con cargo a mayores ingresos proyectados por la Sub Gerencia de Administracion Tributaria; Que, con Informe Nº 1398-2008-MDLO/OAJ la Oficina de Asesoria Juridica emite su pronunciamiento y acorde a los fundamentos de hecho y derecho que expone solicita se eleven los actuados al Concejo Municipal para que proceda, de considerarlo pertinente, a autorizar se realicen las acciones que correspondan ante la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y demas autoridades competentes para la creacion de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Los Olivos; Que, a fin de iniciar el procedimiento de constitucion de la MORDAZA Municipal de ahorro y credito, es necesario presentar a la Superintendencia las exigencias contenidas en el Texto

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