TEXTO PAGINA: 30
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de febrero de 2009 391476 y ejecutar las políticas, estrategias y planes de desarrollo relativos a la gestión de las redes viales del país y de la infraestructura de transportes; Que, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN, el Ministerio del Interior, es un organismo público rector de las actividades relativas al Gobierno Interior, Seguridad Interna, Función Policial, Identifi cación, Movimiento Migratorio, Naturalización y otras que la ley le asigne; Que, en el marco de sus funciones, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Ministerio del Interior, con fecha 5 de setiembre del 2008, suscribieron un Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional con el objeto de efectuar acciones destinadas a garantizar un efi ciente control y fi scalización del servicio de transporte terrestre de competencia de el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como del tránsito terrestre en las redes viales nacionales y regionales; acordando que dicha cooperación se ejecutará mediante Convenios Específi cos; Que, en el marco del Convenio suscrito con fecha 5 de setiembre de 2008, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Ministerio del Interior han acordado celebrar un Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional, cuyo objeto es efectuar acciones destinadas a garantizar un efi ciente control y fi scalización del tránsito terrestre en las redes viales nacionales y regionales, a través de planes operativos coordinados entre la Dirección General de Transporte Terrestre y la Dirección de Protección de Carreteras DIRPRCAR - PNP; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el mencionado Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Ministerio del Interior; De conformidad con las Leyes Nºs. 27791 y 27444, así como el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el texto del Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Ministerio del Interior, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. ENRIQUE JAVIER CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, Y EL MINISTERIO DEL INTERIOR CONVENIO ESPECÍFICO Nº 001 -2009-MTC/01 Conste por el presente Convenio que fi rman: 1. El MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, en adelante EL MTC, con Registro Único de Contribuyente Nº 20131379944 y domicilio en Jirón Zorritos Nº 1203, Cercado de Lima, departamento de Lima, representado en este acto por su Ministro, señor Enrique Javier Cornejo Ramírez, identifi cado con DNI Nº 08201280, designado mediante Resolución Suprema Nº 332-2008-PCM. 2. El MINISTERIO DEL INTERIOR, en adelante EL MININTER, con Registro Único de Contribuyente Nº 20131366966, y domicilio legal en la Plaza 30 de agosto s/n, Urb. Corpac, San isidro, departamento de Lima, debidamente representado por su Ministro, señor Remigio Hernani Meloni, identifi cado con DNI Nº 44171014, designado mediante Resolución Suprema Nº 274-2008- PCM ; Se suscribe el presente Convenio en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL • Constitución Política del Perú. • Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. • Ley Nº 27238, Ley de la Policía Nacional del Perú, modifi cada por la Ley Nº 28078. • Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre. • Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. • Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009. • Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. • Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transportes • Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del MTC. • Decreto Supremo Nº 003-2004-IN modifi cado por la Ley Nº 28895, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior. • Decreto Supremo Nº 008-2000-IN, Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú. • Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, Reglamento Nacional de Tránsito y sus modifi catorias. • Decreto Supremo Nº 023-2008-MTC, que modifi ca los Decretos Supremos Nºs. 010-96-MTC y 024-2001-MTC referentes al Consejo Nacional de Seguridad Vial. • Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG, Aprueban Normas de Control Interno. • Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional suscrito entre EL MTC y EL MININTER, el 05 de setiembre de 2008. CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES Con fecha 5 de setiembre del 2008, se suscribió el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre EL MTC y EL MININTER, que tiene por objeto efectuar acciones destinadas a garantizar un efi ciente control y fi scalización del servicio de transporte terrestre de competencia de EL MTC, así como del tránsito terrestre en las redes viales nacionales y regionales, para lo cual ambas partes desarrollarán Planes Operativos de Control y Fiscalización con el propósito de crear adecuadas condiciones de seguridad vial; el mismo que establece que dicha cooperación se ejecutará mediante Convenios Específi cos. De acuerdo a la Cláusula Octava del citado Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre EL MTC y EL MININTER, cuando ambas partes lo consideren conveniente los Convenios Específi cos podrán ser suscritos con terceros. CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONVENIO El presente Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional tiene por objeto efectuar acciones destinadas a garantizar un efi ciente control y fi scalización del tránsito terrestre en las redes viales nacionales y regionales, a través de planes operativos coordinados entre EL MTC a través de la Dirección General de Transporte Terrestre - DGTT y EL MININTER a través de la Dirección de Protección de Carreteras DIRPRCAR - PNP. CLÁUSULA CUARTA: OBJETIVOS DEL CONVENIO Los objetivos concretos perseguidos con la suscripción del presente Convenio son: 4.1 Promover el cumplimiento de la normativa de tránsito terrestre. 4.2 Cautelar las condiciones de seguridad de los usuarios de la red vial. CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES 5.1 DE EL MTC A través de la DGTT realizará las siguientes acciones: a. Coordinar con EL MININTER a través de la DIRPRCAR -PNP la elaboración de los Planes Operativos para su ejecución por ésta última. b. Entregar a EL MININTER a través de la DIRPRCAR- PNP los formatos de papeletas de infracción al tránsito en carreteras, obligación que será asumida económicamente por EL MTC. c. Proporcionar la plataforma informática a través del Sistema de Registro Nacional de Sanciones, que servirá