Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2009 (26/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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Canje de Notas de fecha 13 de MORDAZA de 2000, Minuta de Acuerdo sobre los Detalles del Procedimiento y demas documentos complementarios. El Proyecto en mencion, estara a cargo de un Equipo de Trabajo el cual sera dirigido por un Jefe de Equipo; y estara bajo el ambito de competencia de la Unidad Operativa de Saneamiento Rural. Cuarta.- Para efecto de la determinacion de los niveles remunerativos del personal del PAPT, se debera tener en cuenta lo siguiente: a) El nivel de Jefe de Unidad de Apoyo, Asesoramiento y Linea, sera equivalente al de Directores. b) El nivel de Jefe de Equipo sera equivalente al de Jefes. c) Los niveles de profesionales, tecnicos y auxiliares, mantendran la misma equivalencia. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Deroguese la Resoluciones Ministeriales Nº 067-2007-VIVIENDA y 073-2008-VIVIENDA, asi como las demas disposiciones que se opongan al presente.

PCM, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002ED; y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DAR POR CONCLUIDO a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion el encargo de funciones de la Oficina de Asesoria Legal de la Biblioteca Nacional del Peru, al abogado Fredi MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- DESIGNAR a partir del dia siguiente de emision de la presente Resolucion a la abogada MORDAZA MORDAZA Blondet Cepero en el cargo de Directora General de la Oficina de Asesoria Legal de la Biblioteca Nacional del Peru, Nivel Remunerativo F-4, cargo considerado de confianza. Articulo Tercero.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional (http://www.bnp.gob.pe). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional

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ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Directora General de Oficina de Asesoria Legal de Biblioteca Nacional del Peru
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 034-2009-BNP
MORDAZA, 10 de febrero de 2009 El senor Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Peru, CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Peru, es un Organismo Publico Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, por el cual se aprobo la calificacion de Organismos Publicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, de acuerdo a lo indicado en el articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional del Peru tiene autonomia tecnica, administrativa y economica que la facultan a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 188-2002-ED, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de la Biblioteca Nacional del Peru; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 0252009-BNP, de fecha 30 de enero de 2009, se encargo al Abogado Fredi MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General de la Oficina de Asesoria Legal de la Biblioteca Nacional del Peru, cargo considerado de confianza; Que, mediante Resolucion Ministerial o Resolucion del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia y se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargos de confianza; en concordancia con lo dispuesto en el articulo 7º de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION
la la

TRIBUTARIA
Fijan Factores Monetaria de Conversion

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 101-2009-SUNAT/A
MORDAZA, 25 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, senala que para la declaracion de la base imponible de los derechos arancelarios y demas tributos aduaneros, los valores se expresaran en dolares de los Estados Unidos de America; Que asimismo el tercer parrafo del citado articulo senala que en el caso de valores expresados en otras monedas extranjeras, estos se convertiran a dolares de los Estados Unidos de MORDAZA debiendose establecer un mecanismo de difusion que permita a los usuarios conocer con suficiente anticipacion los factores de conversion monetaria: Que teniendo en cuenta lo senalado anteriormente resulta necesario actualizar los factores de conversion establecidos en la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 010-2009-SUNAT/A, considerando los factores fijados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; Que de conformidad con el numeral 3.2 del articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se ha considerado innecesaria e impracticable la prepublicacion del proyecto de la presente MORDAZA, ya que su contenido se MORDAZA en los factores fijados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP cada treinta dias aproximadamente, por lo que debe ser exceptuado de tal requisito. En uso de las facultades conferidas por el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, por el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM; Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT, y Resolucion de Superintendencia Nº 049-2009-/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijese los factores de conversion monetaria a utilizarse en la declaracion de la base imponible a que se refiere el tercer parrafo del articulo 12º del Reglamento de

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