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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (26/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de febrero de 2009 391483 g) Conducir la elaboración de los calendarios de compromisos y programaciones de gastos, a fi n de asegurar la asignación de los recursos presupuestarios por cada fuente de fi nanciamiento, así como proponer sus modifi caciones y reprogramaciones correspondientes. h) Mantener un Sistema de Información de Proyectos, en el marco de las políticas dictadas por la Ofi cina General de Estadística e Informática - OGEI, que refl eje los avances logrados en la ejecución de los diferentes Programas y proyectos ejecutados por el PAPT y los resultados fi nales alcanzados, información que deberá estar disponible en el Sistema de Información de Agua y Saneamiento - SIAS. i) Planear, desarrollar y actualizar los sistemas de información que permitan la consolidación de la información de manera periódica relativa a la programación y control de los proyectos, componentes y actividades del programa. j) Desarrollar e implementar sistemas informáticos de soporte a la toma de decisiones gerenciales y participar en todas las iniciativas de los otros órganos en materia de su competencia. k) Las demás, que en el ámbito de su competencia, le sean asignadas por el Director Ejecutivo. TÍTULO VI ÓRGANO DE APOYO UNIDAD DE ADMINISTRACION Artículo 16.- La Unidad de Administración, es responsable de la administración de los recursos fi nancieros, materiales y humanos del PAPT. Esta a cargo de un Jefe, que depende orgánica y funcionalmente de la Dirección Ejecutiva. Artículo 17.- La Unidad de Administración tiene las siguientes funciones: a) Conducir, implementar y aplicar el cumplimiento de la normatividad de los sistemas administrativos. b) Administrar, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, materiales y económicos del programa. c) Ejecutar presupuestalmente los recursos económicos asignados al PAPT. d) Formular y presentar oportunamente los Estados Financieros y de situación económica, al término de cada ejercicio fi scal y cuando lo requieran las Entidades Financiadoras y Cofi nanciadoras. e) Realizar las transferencias fi nancieras y contables de los proyectos del PAPT, que se requiera previa verifi cación del cumplimiento del procedimiento establecido. f) Efectuar la verifi cación fi nanciera, en el lugar de ejecución de las obras, para comprobar el buen uso de los fondos transferidos. g) Regular la custodia y verifi cación de las Cartas- Fianzas otorgadas a favor del PAPT. h) Realizar las acciones propias para consolidar, formular, ejecutar, evaluar, controlar y modifi car el Plan Anual de Contrataciones de bienes y servicios, en coordinación con las demás unidades orgánicas del PAPT y la Ofi cina General de Administración de VIVIENDA. i) Conducir los procesos de selección en concordancia con el Plan Anual de Contrataciones aprobado, con excepción de aquellos procesos que correspondan a los Equipos Especializados en Procesos de Selección de las Unidades de Saneamiento Urbano y Rural. j) Disponer las acciones administrativas necesarias para la implementación del Plan Anual de Capacitación defi nido en el marco del Sistema de Fortalecimiento de Capacidades. k) Formular el Plan de Cuentas del programa. l) Administrar y cautelar los bienes patrimoniales y existencias, manteniendo actualizado los correspondientes inventarios y Margesí de Bienes. m) Administrar los almacenes del programa. n) Administrar los contratos relacionados a las actividades y proyectos a su cargo hasta su respectiva liquidación. o) Administrar, cautelar y conducir el archivo de contratos y archivo en general del PAPT. p) Administrar las sub cuentas y cuentas bancarias del programa para el manejo de los recursos fi nancieros del Tesoro Público, endeudamiento externo, donaciones y transferencias; constituyéndose como la Ofi cina Giradora del PAPT. q) Las demás, que en el ámbito de su competencia, le sean asignadas por el Director Ejecutivo. La Unidad de Administración para el cumplimiento de sus funciones, tiene a su cargo los Equipos de Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Recursos Humanos y de Administración Documentaria, cada uno de los cuales esta a cargo de un Jefe de Equipo que depende del Jefe de la Unidad de Administración. TÍTULO VII ÓRGANOS DE LÍNEA UNIDAD OPERATIVA DE SANEAMIENTO URBANO Artículo 18.- Es el órgano responsable de la ejecución de los Programas y proyectos que incluyan localidades del ámbito urbano (consideradas aquellas poblaciones mayores de 15,000 habitantes). Esta a cargo de un Jefe que depende funcional y orgánicamente de la Dirección Ejecutiva. Artículo 19.- La Unidad Operativa de Saneamiento Urbano tiene las siguientes funciones: a) Asumir la ejecución, coordinación, supervisión o seguimiento según corresponda de los diferentes programas y proyectos priorizados por el Sector en localidades del ámbito urbano. b) Defi nir las estrategias de actuación, en el ámbito de su competencia, para la ejecución de los Programas y proyectos bajo su responsabilidad, en el marco de las políticas sectoriales y las estrategias defi nidas en la etapa de formulación de cada Programa. c) Organizar los equipos de trabajo que asumirán la responsabilidad de ejecución de los programas y proyectos asumidos. d) Evaluar y hacer el seguimiento del desarrollo y avances de los programas y proyectos bajo su y hacer los reportes correspondientes a la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del PAPT. e) Administrar el Registro de Especialistas cuyo funcionamiento será normado por la Dirección Ejecutiva. f) Velar por el estricto cumplimiento de las normas y procesos establecidos para cada una de las modalidades de ejecución defi nidas para cada Programa o proyecto. g) Proponer la suscripción de Convenios con Entidades u Organizaciones Nacionales necesarios para la ejecución de los programas y proyectos. h) Formular la programación de desembolsos de los Contratos de Préstamos de acuerdo a los procedimientos establecidos en las Directivas correspondientes. i) Coordinar con los órganos competentes la programación de desembolsos de recursos por operaciones ofi ciales de crédito y donaciones. j) Efectuar las acciones necesarias para acreditar el cumplimiento de los convenios y/o Contratos de Cooperación Técnica y endeudamiento externo, en los aspectos que le corresponden. k) Prestar asistencia técnica en la formulación y ejecución de proyectos a cargo del PAPT. l) Coordinar con las entidades benefi ciarias de los programas y proyectos durante la ejecución de los mismos y la posterior transferencia de la infraestructura de saneamiento resultante. m) Proponer a la Dirección Ejecutiva las normas y/o directivas a seguir en materia de su competencia, que permitan una gestión efi ciente. n) Otras que le corresponda de acuerdo a Ley y/o las que le encargue el Director Ejecutivo. Artículo 20.- La Unidad de Saneamiento Urbano contará, entre otros, con los siguientes equipos: 21.1.- Equipo de Ejecución de Proyectos 21.2.- Equipo Especializado en Procesos de Selección Artículo 21.- El Equipo de Ejecución de Proyectos es el responsable de velar por la correcta administración técnica - económica de los proyectos que se ejecuten por administración directa o indirecta en el ámbito urbano. Esta a cargo de un Jefe de Equipo quien depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad Operativa de Saneamiento Urbano. Artículo 22.- El Equipo Especializado en Procesos de Selección es el responsable de conducir los procesos de selección para la ejecución de proyectos de inversión. Está a cargo de un Jefe de Equipo quien depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad Operativa de Saneamiento Urbano. UNIDAD DE SHOCK DE INVERSIONES Artículo 23.- La Unidad de Shock de Inversiones, es la responsable de las transferencias fi nancieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de las entidades ejecutoras, para la ejecución