Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2009 (26/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de febrero de 2009

de su solicitud, en el extremo referido al procedimiento de permiso de pesca para operar la nueva embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula PL-22595-CM; por tanto en conformidad con la normatividad y considerando que el mismo no afecta el interes publico, procederia aceptar dicho desistimiento; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 060-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, Ley N° 26920, demas normas complementarias y el Procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE, y demas modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- En virtud a la Resolucion Nº DIEZ del 4 de diciembre del 2008 del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de MORDAZA, se deja sin efecto la Resolucion Directoral Nº 060-2004-PRODUCE/DNEPP de fecha 28 de enero del 2004. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca presentado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, a traves del escrito con registro Nº 00032147 de fecha 18 de octubre del 2005. Articulo 3º.- Aceptar la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyugue MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA al permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-2753-CM otorgado por Resolucion Directoral Nº 372-2003-PRODUCE/DNEPP, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa. Articulo 4º.- Otorgar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, autorizacion de incremento de flota para construir una embarcacion pesquera de MORDAZA con capacidad de bodega de 99.64 m3, con acceso a la extraccion de los recursos hidrobiologicos para anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y sardina para consumo humano directo, via sustitucion de la suma total de capacidad de bodega de las embarcaciones pesqueras MORDAZA MORDAZA de matricula PL-2753-CM de 33.14 m3, MORDAZA MORDAZA 3 de matricula PL-4455-BM de 33.50 m3, y MORDAZA MORDAZA 4 de matricula PL-4456-BM de 33.0 m3, con permisos de pesca otorgados por Resolucion Directoral Nº 372-2003-PRODUCE/ DNEPP y Nº 033-98-CTAR-LL/DIREPE, respectivamente. Articulo 5°.- La autorizacion de incremento de flota otorgada tendra vigencia por un plazo de veinticuatro (24) meses, la misma que podra ser ampliada por veinticuatro (24) meses adicionales improrrogables. La referida ampliacion debe ser solicitada dentro del plazo original, y declarada expresamente por el Ministerio de la Produccion. Vencido el plazo inicial, o la ampliacion, si esta hubiese sido otorgada; y, de no haberse acreditado la construccion total de la embarcacion dentro del mismo, la autorizacion de incremento de flota caducara y sera declarada expresamente. La inspeccion tecnica efectuada por la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion acreditara el termino de construccion de la embarcacion pesquera, la referida inspeccion tecnica puede ser efectuada de oficio o a pedido del administrado, en este ultimo caso la solicitud debe presentarse, necesariamente dentro del plazo fijado. Articulo 6°.- El tramite para el otorgamiento de la autorizacion de incremento de flota es independiente del permiso de pesca. Sin embargo, dicho permiso de pesca debera solicitarse dentro de un plazo de un (1) ano, contado a partir de la acreditacion del termino de construccion. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caduca de pleno derecho. Mediante Resolucion Directoral se declarara la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada. Articulo 7°.- Cancelar los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras sustituidas y que se encuentran en la condicion de desguazadas, MORDAZA MORDAZA 3 de matricula PL-4455-BM, MORDAZA MORDAZA 4 de matricula PL4456-BM, y MORDAZA MORDAZA de matricula PL-2753-CM, otorgados por Resolucion Directoral Nº 033-98-CTAR-LL/

DIREPE y Resolucion Directoral Nº 372-2003-PRODUCE/ DNEPP, respectivamente. Articulo 8º.- Aceptar el desistimiento parcial de la solicitud formulada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, unicamente en el extremo referido al procedimiento de permiso de pesca para operar la nueva embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula PL-22595-CM, seguido con escrito de registro Nº 00024203 - 2008. Articulo 9º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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RELACIONES EXTERIORES
Cancelan Exequatur que reconoce a Consul General de MORDAZA en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 086-2009-RE
MORDAZA, 25 de febrero de 2009 Vista la Resolucion Suprema Nº 104-2007-RE, de fecha 30 de marzo de 2007, que reconoce al senor MORDAZA Zalaquett Sepulveda, como Consul General de MORDAZA en Lima; Vista la Nota Nº 079/2009, de fecha 29 de enero de 2009, de la Embajada de MORDAZA, mediante la cual se informa el termino de funciones del senor MORDAZA MORDAZA Zalaquett Sepulveda, como Consul General de MORDAZA en MORDAZA, a partir del 27 de febrero de 2009; Con la opinion favorable de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido que procede la cancelacion del Exequatur otorgado; De conformidad con lo establecido en el articulo 118º, inciso 11, de la Constitucion Politica del Peru; y en el articulo 25º, incisos a y b, de la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Cancelar el Exequatur que reconoce al senor MORDAZA Zalaquett Sepulveda, como Consul General de MORDAZA en MORDAZA, con efecto al 27 de febrero de 2009. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores

317072-16

SALUD
Modifican el Articulo 15º del Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Medicos de Apoyo
DECRETO SUPREMO Nº 003-2009-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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