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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2009 (23/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de julio de 2009 399508 concepto de apertura de pliego matrimonial y certifi cado pre nupcial a los contrayentes que participen en el matrimonio civil comunitario a realizarse el próximo 01 de agosto de 2009. Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la División de Registros Civiles, Dirección de Servicios Sociales, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal, y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere; DECRETA: Artículo 1°.- Disponer la celebración de un Matrimonio Civil Comunitario en la jurisdicción del distrito de Bellavista, el sábado 01 de agosto de 2009; exonerando del pago de derechos y dispensando a los contrayentes de la publicación de los edictos matrimoniales correspondientes y de los plazos legales para la referida celebración. Artículo 2°.- Establecer como únicos requisitos para participar en el Matrimonio Civil Comunitario, los siguientes: • Partida de nacimiento de los contrayentes. • Fotocopia de los D.N.I. de ambos. • Declaración Jurada simple del domicilio de ambos. • En caso de ser militar: Certifi cado de Soltería emitido por su institución. • Dos testigos debidamente identifi cados • Declaración Jurada de soltería y de no tener impedimento legal para contraer matrimonio. • Examen Pre Nupcial – Gratuito (1 foto de cada contrayente). Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Dirección de Servicios Sociales y División de Registros Civiles el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese y comuníquese. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 375838-1 Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005 -2009-MDB-AL Bellavista, 17 de julio de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA CONSIDERANDO: Que, el 28 de julio del presente año, se celebra el 188º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Que, es deber del Gobierno Local incentivar la participación cívica de los vecinos del distrito, promoviendo los sentimientos de identidad nacional y amor a los símbolos patrios; Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere; DECRETA: Artículo 1º.- Disponer el embanderamiento general de todos los inmuebles del Distrito de Bellavista, hasta el 31 de julio del año en curso, con ocasión de conmemorarse el 188º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo 2º.- Recomendar a los vecinos del Distrito de Bellavista la limpieza y embellecimiento de las fachadas de sus predios. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía y a la Dirección de Protección y Seguridad Ciudadana velar por su observancia y cumplimiento. Regístrese y comuníquese. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 375422-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA Aprueban modificación de Ordenanza que aprobó el Plan de Zonificación y Usos de Suelo del distrito de Ayacucho ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2009-MPH/A Ayacucho, 6 de mayo del 2009 DADO EN EL PALACIO MUNICIPAL Y DESPACHO DE ALCALDÍA EL ALCALDE DE LA HONORABLE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 065-2009-MPH/CM, de fecha 30 de abril del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomías política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 2768, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización; Que, las municipalidades cumplen su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, los cuales de conformidad con el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú tienen rango de Ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia y las Normas Regionales de carácter general; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2008- MPH/A, de fecha 24 de marzo del 2008, se ha aprobado el “Plan de Zonifi cación y Usos de Suelos el Distrito de Ayacucho”, el mismo que debe ser modifi cado y/o derogado conforme a la propuesta presentada por la Sub Gerencia de Planeamiento y Catastro Urbano de la Municipalidad Provincial de Huamanga, a efectos de adecuar la instalación y funcionamiento de servicios que no están previstos en la precitada ordenanza municipal; por lo que, es pertinente la modifi cación y/o derogar la Ordenanza Municipal Nº 013-2008-MPH/A, por las consideraciones que se expone en los siguientes considerandos; Que, según lo estipulado por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 en su artículo 40º, primer párrafo señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que las municipalidades tienen competencia normativa; y, que además en su artículo 79º, referido a la organización del espacio físico y Usos del Suelo; numerales del 1, 1.1 al 1.6, del mismo cuerpo normativo señala que dentro de las funciones específi cas y exclusivas de las municipalidades provinciales es de aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales, las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; asimismo de aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas; el Plan de