TEXTO PAGINA: 47
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de julio de 2009 399501 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de julio del 2009, el Dictamen Nº 117-2009-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE ATE APROBADO POR ORDENANZA Nº 1099-MML Artículo Primero.- Modifi car el Plano de Zonifi cación del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 12 de diciembre del 2007, de Gran Industria (I3) a Comercio Zonal (CZ) e Industria Liviana (I2), a los predios de propiedad de la Empresa WV Contratistas Generales S.A., señora Betty Saba Semán Vda. de Sabal y la sociedad conyugal conformada por el señor Guillermo Aoki Aoki y señora Felícita Tominica y Tominaga, ubicados en la Urbanización Santa Angela, Parcela 3-A y 3-A1 de la Sección C, y en parte del Fundo Vásquez, Secciones 1A, 1B, 2, 3, 6 y 7, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Disponer que en el proceso de habilitación urbana, los propietarios deberán cumplir con: 2.1 Respetar la sección vial aprobada para la Carretera Central, así como la implementación del Pasaje Santa María, con una sección correspondiente a una vía local de carácter industrial. 2.2 Elaborar los Estudios de Impacto Vial e Impacto Ambiental, tal como se establece en el artículo 3º de la Norma A.070 del Reglamento Nacional de Edificaciones, que permitan establecer las condiciones arquitectónicas y urbanísticas que regulen, entre otros, el ingreso y salida de vehículos (público y carga) para el centro comercial propuesto, principalmente sobre la Carretera Central. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, para que ejecute las acciones que correspondan para inscribir las exigencias a que se refi ere el artículo anterior en los Registros Públicos, como carga de los mencionados inmuebles. Artículo Cuarto.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del distrito de Ate, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los 16. JUL. 2009. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 375410-1 Ordenanza que promueve la racionalización en la nomenclatura y numeración de las vías en la provincia de Lima ORDENANZA Nº 1274 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de julio del 2009, el Dictamen Nº 143-2009-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PROMUEVE LA RACIONALIZACIÓN EN LA NOMENCLATURA Y NUMERACIÓN DE LAS VÍAS EN LA PROVINCIA DE LIMA Artículo Primero.- Ratifi car el procedimiento para modifi car la nomenclatura y numeración de las vías de nivel metropolitano de la Ciudad de Lima, en consonancia con el Sistema Vial Metropolitano de Lima aprobado por la Ordenanza Nº 341-MML del 06 de diciembre del 2001 y sus normas complementarias, el cual se ofi cializa exclusivamente a través de Ordenanza aprobada por el Concejo Metropolitano de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- Disponer que la modificación de la nomenclatura y numeración de las vías de nivel local, en consonancia con el Sistema Vial Metropolitano de Lima, se oficializa exclusivamente a través de Ordenanza aprobada por el Concejo de la Municipalidad Distrital que corresponda, previo Dictamen favorable de la Sub Comisión de Nomenclatura de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a la cual se integra un Regidor de la Municipalidad Distrital que propone la modificación. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única.- Determínese un plazo de noventa (90) días útiles, a fin que la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en coordinación con las Municipalidades Distritales que correspondan, la SUNARP, SERPOST, SEDAPAL, las Empresas de Servicios Eléctricos, la Policía Nacional y otros organismos del Estado pertinentes, identifiquen las vías de nivel metropolitano que presentan casos de repetición o semejanza de nombres y numeración y que causan confusiones en la denominación de las mismas, a fin de proponer las medidas correctivas a seguir. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Infórmese a la Superintendencia de los Registros Públicos – SUNARP, los alcances de la presente Ordenanza, a fin que se sirvan disponer lo conveniente para el estricto cumplimiento de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los 16 JUL. 2009. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 375411-1 Ordenanza que faculta a la Municipalidad Metropolitana de Lima a intervenir en los procesos de licencias de habilitación urbana y de edificación si se denuncian transgresiones a la normativa oficial ORDENANZA Nº 1275 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de julio del 2009 el Dictamen Nº 144-2009-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: